Palop García Abogados

Palop García Abogados Servicio personalizado, adecuado a las necesidades del cliente e informando de la viabilidad real Trabajamos con transparencia.

Despacho de abogados:

Desarrollamos nuestra actividad en Albacete y Ciudad Real, tanto capital como provincia, con sedes en Albacete, Casas Ibáñez y Socuéllamos. Ofrecemos una forma de trabajar diferente, adaptada a las verdaderas necesidades del cliente, sin encarecer innecesariamente los presupuestos, ya que trasladamos la viabilidad o inviabilidad real de la situación y de las pretensiones al cliente.

Mañana, miércoles día 8 de mayo, a partir de las 10:40 horas aprox. En el 107.7 FM🎙Encantada de estar en Radio Socuéllam...
07/05/2024

Mañana, miércoles día 8 de mayo, a partir de las 10:40 horas aprox.

En el 107.7 FM🎙

Encantada de estar en Radio Socuéllamos, de la mano de Pope Aijón Oliva

Si tienes o has tenido hipoteca, te interesa. ¡No os lo perdáis!



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01/04/2024

📌Los procedimientos de ejecución a los que nos vemos obligados a acudir cuando falta el cumplimiento voluntario por parte del condenado, por ejemplo, al pago de alimentos, recuperación de créditos, o reclamaciones de cantidad, pueden verse frustrados si el ejecutado de forma deliberada se niega a atender los requerimientos dictados por el juzgado en la ejecución.

Lo que el ejecutado puede desconocer es que, con este tipo de conductas dirigidas a impedir el cumplimiento de lo dispuesto por el juzgado, puede incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad, tipificado en el artículo 556.1 del Código Penal, y ser sancionado con p***s de prisión de tres meses a un año, o multa de seis a dieciocho meses, y que persigue garantizar el orden público. Del mismo modo, aquellas empresas que no atiendan un requerimiento del juzgado, (por ejemplo, aportar datos relativos a salarios y/o nóminas de un trabajador) pueden ser sancionadas, puesto que la dejadez del requerido no exonera de responsabilidad penal.

Por ello, es importante tener especial cuidado con comportamientos rebeldes en los procedimientos de ejecución. Además de que tolerar conductas rebeldes frente a resoluciones judiciales que se dictan para ser cumplidas, supondría dejar al arbitrio de los particulares su cumplimiento, poniendo así en riesgo el principio de de autoridad y de seguridad jurídica.

⚖️Para estar bien informado, contacta con nosotros.

Una vez mas, la Audiencia Provincial de Ciudad Real da la razón a nuestra abogada, Irene Palop Fernández - Letrada , en ...
21/12/2023

Una vez mas, la Audiencia Provincial de Ciudad Real da la razón a nuestra abogada, Irene Palop Fernández - Letrada , en un asunto de nulidad de condiciones generales de la contratación, esta vez, en materia de cláusulas suelo con documentación privado de modificación de condiciones financieras (lo que las entidades financieras han denominado 'acuerdos privados').

Así, la Sentencia 279/23 de 2 de noviembre, desestima el recurso de apelación interpuesto por Globalcaja contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 4 bis de Ciudad Real, que estimó íntegramente la demanda interpuesta por la Letrada Palop contra la entidad bancaria.

El banco, finalmente, ha sido condenado a devolver todo lo cobrado de más en concepto de cláusula suelo, con sus intereses.

08/02/2023

➡️ Derecho de familia/Civil: Pensiones de alimentos, obligación de prestarlos a los abuelos.

El artículo 143 del Código Civil, en relación al artículo 142 del mismo texto legal, establece la obligación recíproca de dar alimentos a los cónyuges, ascendientes y descendientes, entendiéndose por alimentos “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”, comprendiendo también la educación mientras el alimentista sea menor, y después cuando no haya terminado su formación académica.

Es muy habitual en los juzgados ver procedimientos de esta índole, cuando el alimentista es hijo-descendiente, las famosas pensiones de alimentos en procedimientos de divorcio, medidas paterno-filiales o en modificaciones de medidas; Del mismo modo, pensiones compensatorias a favor del excónyuge, cuando existe un desequilibrio económico, tras una separación o divorcio.

Pero, ¿y en caso de personas mayores? Personas que se encuentran en una edad avanzada, cobrando pensiones de viudedad y/o de la seguridad social de cuantía mínima, que se ven dificultados para cubrir sus necesidades básicas, no haciéndose cargo voluntariamente los hijos de ellos. ¿Existe la posibilidad legal de iniciar un procedimiento judicial a favor de ellos, solicitando que se establezca una pensión de alimentos a su favor, que se determine judicialmente la obligación de los familiares de atender sus necesidades básicas? Dicho de otro modo, ¿puede un juez obligar a un hijo a pasar una ayuda económica a favor de su padre, o a hacerse cargo de él?

Esta cuestión se nos planteaba en nuestro despacho y, si bien es cierto que no existe numerosa jurisprudencia al respecto en la que apoyar estas pretensiones, el Tribunal Supremo ya se pronunció sobre ello. Más allá del artículo 229.1 del Código Penal, y de la obligación moral de los hijos de atender a los padres, encontrándose tipificado penalmente el abandono de personas; en el ámbito civil, la Sentencia de 30 de septiembre de 2016 del Tribunal Supremo abre esta vía posibilitando el pago de una pensión de alimentos a personas mayores / abuelos, que se encuentran en unas circunstancias y situación económico – social problemática.

⚖️✅ Desde nuestro despacho, Palop García Abogados , te ayudamos a encontrar la mejor solución a tus preocupaciones. Contacta con nosotros.

Hace un año La Tribuna de Albacete publicaba un artículo sobre la   por la que la abogada Irene Palop ( Irene Palop - Le...
13/11/2022

Hace un año La Tribuna de Albacete publicaba un artículo sobre la por la que la abogada Irene Palop ( Irene Palop - Letrada ), socia de nuestro despacho Palop García Abogados , lograba que un de condenara a a restituir el dinero que la Sra. Milagros abonó por un tratamiento fallido. Sentencia pionera.

En este caso, no únicamente el perjuicio fue económico, pues la paciente sufrió consecuencias médicas. Al menos, sí logramos hacer .

✅ Luchamos por lo que entendemos justo.
✅ Defendemos tus derechos.

➡️ Derecho de familia: pensión de alimentos y custodias compartidas.Ya hace bastante tiempo comentamos este tema, y de e...
07/10/2022

➡️ Derecho de familia: pensión de alimentos y custodias compartidas.

Ya hace bastante tiempo comentamos este tema, y de este modo venimos informando a nuestros clientes, el solicitar al juzgado modificaciones de medidas para que la custodia pase a ser compartida por ambos progenitores, no tiene porque eximir del pago de la pensión de alimentos al que viene obligado a abonarla.

Ahora, el Tribunal Supremo en su sentencia de 16 de septiembre, nos recalca este hecho: "la estancia paritaria de los menores en el domicilio de cada progenitor no exime del pago de los alimentos, cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges, ya que la cuantía de los alimentos es proporcional a las necesidades del que los recibe, pero también al caudal o medios de quien los da".

✅ Con nosotros, Palop García Abogados, puedes estar tranquilo porque te asesoramos con transparencia. Si tienes cualquier duda sobre este u otros temas legales, preguntanos.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha reestablecido la obligación de que un padre abone la pensión de alimentos en beneficio de su hija menor de edad a pesar de que, en segunda instancia, se suprimió tal cometido al instaurarse un régimen de custodia compartida. La sentencia, de 16 de sept...

➡️ Responsabilidad penal: soluciones previas a problemas futuros.Terminamos la última semana de septiembre con un tema d...
30/09/2022

➡️ Responsabilidad penal: soluciones previas a problemas futuros.

Terminamos la última semana de septiembre con un tema de lesiones leves, en este caso, la denunciada muestra signos de deficiencia psíquica, sin embargo al no encontrarse en la actualidad legalmente incapacitada, de nada nos sirve la eximente de responsabilidad penal que contempla nuestro Código Penal.

He ahí la importancia de, ante este tipo de circunstancias (me refiero a las personales) se actúe por parte de los familiares o personas más cercanas, y se proceda a realizar los trámites oportunos, poniendo así solución a circunstancias complejas futuras.

Además, tras la implementación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, que entró en vigor a principios de septiembre de 2021, se actualizan los paradigmas respecto a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, incorporando la figura de la curatela, transformando la tradicional incapacitación judicial en medidas de apoyo, que se solicitan ante el juzgado competente, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador.

✅ En Palop García Abogados, te ayudamos también con este tipo de trámites.

--> Modificaciones normativas: Violencia de género.Una cuestión muy importante en materia de   de   es la imposibilidad ...
16/09/2022

--> Modificaciones normativas: Violencia de género.

Una cuestión muy importante en materia de de es la imposibilidad de que una mujer que ha dado el paso de pedir ayudar, y ha ratificado su denuncia en sede judicial, se acoja después a la dispensa de no declarar en contra de su pareja/expareja.

Con esta modificación del 416 de la lo que se intenta es evitar que por el entorno social/familiar y el transcurso del tiempo hasta la celebración del juicio la mujer 'quite' importancia a lo ocurrido, logrando por los juzgados aminorar de este modo que se fundamentan esencialmente en la falta de , ya que en una gran mayoría de casos, la prueba de cargo esencial es la declaración de la víctima.

Por ello, es de suma importancia que los profesionales abogad@s asesoremos debidamente a la mujer antes de su ratificación en el juzgado, pues si con posterioridad se niega a declarar o declara en sentido contrario a lo ya manifestado ante el Juez, puede incurrir en un de a la justicia, incluso de .

Comenzamos (ya pasados unos días) el nuevo año judicial 2020/21 con nuevos y mejores cambios, renovando prioridades, reo...
23/09/2020

Comenzamos (ya pasados unos días) el nuevo año judicial 2020/21 con nuevos y mejores cambios, renovando prioridades, reorganizando la agenda, el móvil, el email, los procedimientos... Los plazos!! Que aunque parece un tópico, es un hábito y costumbre cada septiembre: Cargar pilas y a por otro año judicial. Este inicio, como digo, cargado siempre de noticias buenas (porque no se puede comenzar nada desmotivado), tiene un especial significado para mí.

Cuando estudiábamos el máster de acceso a la abogacía, hace ya unos cuantos añicos, mi primera (que no única) preocupación era la importancia de ser como profesional de la abogacía, como Letrada, no solo buena profesional, sino prudente y cautelosa. Prudencia y cautela, palabras que deberían enseñarnos el primer día de carrera, porque lo que tenemos entre manos día a día, con cada asunto y cada procedimiento, son los intereses de nuestros clientes, y la responsabilidad no es pequeña.

Dicho esto solo me queda añadir que hace cinco años llegó a mis manos un asunto inusual e inaudito (que no debería ser así, pero bueno, para ello estamos nosotros para luchar por ello y 'equilibrar' la legalidad en juzgados). Pese a la complejidad y responsabilidad que conllevaba... decidí luchar por ello.

Hoy recuerdo cada instante, cada vista, cada escrito, cada solicitud de medida, y cada momento de empeño que puse en ello! Y puedo dar las gracias y decir que efectivamente, igual de idóneo y conveniente es la custodia a favor de una madre que de un padre, porque ante todo somos personas, no géneros. Y en situaciones similares a la que yo he llevado, judicialmente se decreta y se puede adoptar la guarda y custodia a favor del padre.

La Audiencia Provincial de Ciudad Real desestiman por "unanimidad" el recurso interpuesto por la madre y dan la razón a la abogada Irene Palop que se hizo cargo del caso aún sabiendo que son pocas las custodias que se otorgan al padre

01/08/2020

Tan intenso ha sido el trabajo que desde enero de 2017 no he dado a basto para publicar 😅⚖️ ahora a disfrutar de las merecidísimas vacaciones... que aunque este agosto sea atípico, bien merecidas son!

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