23/09/2020
Comenzamos (ya pasados unos días) el nuevo año judicial 2020/21 con nuevos y mejores cambios, renovando prioridades, reorganizando la agenda, el móvil, el email, los procedimientos... Los plazos!! Que aunque parece un tópico, es un hábito y costumbre cada septiembre: Cargar pilas y a por otro año judicial. Este inicio, como digo, cargado siempre de noticias buenas (porque no se puede comenzar nada desmotivado), tiene un especial significado para mí.
Cuando estudiábamos el máster de acceso a la abogacía, hace ya unos cuantos añicos, mi primera (que no única) preocupación era la importancia de ser como profesional de la abogacía, como Letrada, no solo buena profesional, sino prudente y cautelosa. Prudencia y cautela, palabras que deberían enseñarnos el primer día de carrera, porque lo que tenemos entre manos día a día, con cada asunto y cada procedimiento, son los intereses de nuestros clientes, y la responsabilidad no es pequeña.
Dicho esto solo me queda añadir que hace cinco años llegó a mis manos un asunto inusual e inaudito (que no debería ser así, pero bueno, para ello estamos nosotros para luchar por ello y 'equilibrar' la legalidad en juzgados). Pese a la complejidad y responsabilidad que conllevaba... decidí luchar por ello.
Hoy recuerdo cada instante, cada vista, cada escrito, cada solicitud de medida, y cada momento de empeño que puse en ello! Y puedo dar las gracias y decir que efectivamente, igual de idóneo y conveniente es la custodia a favor de una madre que de un padre, porque ante todo somos personas, no géneros. Y en situaciones similares a la que yo he llevado, judicialmente se decreta y se puede adoptar la guarda y custodia a favor del padre.
La Audiencia Provincial de Ciudad Real desestiman por "unanimidad" el recurso interpuesto por la madre y dan la razón a la abogada Irene Palop que se hizo cargo del caso aún sabiendo que son pocas las custodias que se otorgan al padre