16/12/2025
¿𝗖𝗼́𝗺𝗼 𝗔𝗳𝗿𝗼𝗻𝘁𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗣𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗠𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 (𝗣𝗠𝗥)❓ 𝘆 𝘀𝘂 𝗰𝗼𝗲𝘅𝗶𝘀𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗻𝗰𝗶𝗽𝗶𝗼 𝗱𝗶𝘀𝗽𝗼𝘀𝗶𝘁𝗶𝘃𝗼
𝗟𝗮 𝗣𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗠𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 (𝗣𝗠𝗥): Es una facultad clave del juzgador en el proceso civil ecuatoriano (Art. 168 COGEP). No es una segunda oportunidad para las partes, sino un mecanismo excepcional del juez para aclarar puntos oscuros o insuficientes antes de emitir sentencia. Saber cómo reaccionar es crucial.
𝗘𝗹 𝗣𝗿𝗶𝗻𝗰𝗶𝗽𝗶𝗼 𝗗𝗶𝘀𝗽𝗼𝘀𝗶𝘁𝗶𝘃𝗼 (𝗟𝗮 𝗥𝗲𝗴𝗹𝗮 𝗚𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹) (Art. 19 COFJ) Es la columna vertebral de nuestro sistema procesal civil, el proceso es, fundamentalmente, una cuestión de partes. Significa que la iniciativa, el alcance y la terminación del litigio dependen de ellas.
𝐈𝐦𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐂𝐥𝐚𝐯𝐞:
𝐈𝐧𝐢𝐜𝐢𝐚𝐭𝐢𝐯𝐚:El proceso se inicia solo a instancia de parte (Art. 141 COGEP).
𝐃𝐞𝐥𝐢𝐦𝐢𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧: Las partes fijan el objeto de la controversia y el alcance de la sentencia (el juez no puede fallar ultra petita ni extra petita).
𝐀𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐏𝐫𝐮𝐞𝐛𝐚 (𝐂𝐚𝐫𝐠𝐚 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐏𝐫𝐮𝐞𝐛𝐚): Son las partes, no el juez, quienes tienen la obligación de probar los hechos que alegan (Art. 169 COGEP).
Estas dos figuras jurídicas a pesar de las discordancias que generan dentro del ámbito jurídico son figuras coexistentes entre sí, las mismas que pretenden subsanar acciones u omisiones de las partes, para con ello desarrollar una administración de justicia transparente, eficaz y equitativa.
🟢 𝗦𝗶 𝘂𝘀𝘁𝗲𝗱 𝗲𝘀 𝗹𝗮 𝗣𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗔𝗰𝘁𝗼𝗿𝗮 (𝗗𝗲𝗺𝗮𝗻𝗱𝗮𝗻𝘁𝗲)
Como actor, su objetivo principal es que el juez no necesite la PMR, pues su prueba debe ser contundente. Si el juez la ordena, su estrategia debe ser de apoyo condicionado:
𝟏. 𝐀𝐧𝐚́𝐥𝐢𝐬𝐢𝐬 𝐑𝐚́𝐩𝐢𝐝𝐨 𝐲 𝐄𝐱𝐡𝐚𝐮𝐬𝐭𝐢𝐯𝐨:Revise inmediatamente la PMR ordenada. ¿Confirma un vacío que debió haber cubierto? ¿O se centra en hechos ya probados?
𝟐. 𝐀𝐜𝐞𝐩𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐓𝐚́𝐜𝐭𝐢𝐜𝐚: Si la PMR complementa su teoría del caso o aclara un punto vital, no se oponga. Permita que el juez obtenga la información que le dará la certeza para fallar a su favor.
𝟑. 𝐑𝐞𝐟𝐮𝐞𝐫𝐳𝐨 𝐀𝐫𝐠𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥: Si la PMR parece ir en contra de su pretensión o busca aclarar un punto que usted ya probó, prepare su argumento de cierre. Debe explicar cómo el resultado de la PMR se integra o, en su defecto, cómo no desvirtúa la suficiencia de la prueba que usted ya presentó.
💡 𝐓𝐢𝐩 𝐓𝐚́𝐜𝐭𝐢𝐜𝐨:Utilice el acto de práctica de la PMR para recordar al juez la finalidad de la prueba: no es suplir la negligencia, sino aclarar dudas en el iter de su convicción.
🔴 𝐒𝐢 𝐮𝐬𝐭𝐞𝐝 𝐞𝐬 𝐥𝐚 𝐏𝐚𝐫𝐭𝐞 𝐃𝐞𝐦𝐚𝐧𝐝𝐚𝐝𝐚 (𝐀𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐝𝐚)
Aquí la estrategia puede ser más agresiva, orientada a la oposición o a la debilidad procesal, buscando anular la PMR o restarle valor.
𝟭. 𝗢𝗽𝗼𝘀𝗶𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝗿 𝗜𝗺𝗽𝗲𝗿𝘁𝗶𝗻𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮/𝗜𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱: La PMR no puede ser prueba que las partes debieron aportar y no lo hicieron. Fundamente su oposición si considera que la orden viola los principios procesales. Argumente que la PMR:
a. Suple la Carga de la Prueba de la parte actora, que incumplió su deber.
b. Es impertinente porque no tiene relación con el objeto de la controversia.
c. Es ilegal porque fue obtenida fuera de los límites de la ley o su práctica vulnera el debido proceso.
𝟮. 𝗖𝘂𝗲𝘀𝘁𝗶𝗼𝗻𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗡𝗲𝗰𝗲𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱: Argumente que el expediente ya contiene suficiente prueba para resolver el caso y que la PMR es innecesaria, dilatoria, o evidencia una duda irresoluble por parte del juez, lo que debería interpretarse a favor de la parte cuya situación requiere menos prueba (ej. si el actor no probó su hecho).
𝟯. 𝗜𝗺𝗽𝘂𝗴𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗣𝗿𝗮́𝗰𝘁𝗶𝗰𝗮: Si la oposición es negada, asegúrese de que la PMR se practique respetando el principio de contradicción y su derecho a la defensa. Deje constancia de cualquier violación o irregularidad en su práctica.
💡 𝗧𝗶𝗽 𝗖𝗹𝗮𝘃𝗲: Enfatice que la PMR no puede violar la neutralidad del juez. Si se siente que el juez está "ayudando" a la contraparte a completar su caso, eso es motivo de oposición fundado.
𝐂𝐨𝐧𝐜𝐥𝐮𝐬𝐢𝐨́𝐧:
Para ambos lados, la PMR es una señal de que el juez aún no tiene una convicción total. El abogado que mejor prepare la argumentación de cierre (tomando en cuenta el resultado de la PMR) y el que sepa enmarcar legalmente la actuación del juez, será quien tenga la ventaja en la sentencia.