Notaría Vigésimo Cuarta del Cantón Quito

Notaría Vigésimo Cuarta del Cantón Quito Somos un organismo auxiliar de la justicia constituida al amparo de las leyes de la República del E

Visión y Objetivos

VISIÓN: Llegar al usuario con un servicio ágil, eficiente y seguro. Mantenerle informado y asesorado de sus trámites y controlar que éstos se realicen legal, correcta y adecuadamente. OBJETIVOS: Otorgar servicios notariales con seguridad jurídica, calidad, agilidad, oportunidad y calidez a personas que requieran nuestros productos. Constituye nuestro afán atenderle oportunament

e, en el menor tiempo posible y con total eficiencia. Acerca de Nosotros

Notaría Vigésima Cuarta del Cantón Quito es un organismo auxiliar de la justicia constituida al amparo de las leyes de la República del Ecuador. Nos responsabilizamos por la redacción del documento, se garantiza la legalidad de los mismos y su plena eficacia en el Ecuador, o país al cual se destine. Los servicios de Notaría 24 de Quito están orientados a cualquier persona que requiera expedir o legalizar un documento que deba tener la solemnización notarial, para su uso en el país o cualquier parte del mundo. Para que surta efectos en el exterior, el usuario puede Apostillar el documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores o Legalizarlo en un Consulado, dependiendo si el País al que se remite, es o no miembro de la Convención de la Haya. Para las personas- ecuatorianos o extranjeros- que requieran efectuar trámites en la República del Ecuador, NOTARÍA 24 QUITO, presta sus servicios de Asesoría Jurídica Imparcial Gratuita a través de profesionales honestos y probos, diligenciando sus documentos. Recuerde usted que el Notario, en su función de custodio de la fe pública da validez legal a la forma en la que se extiende el documento y certifica la comparecencia de quienes lo suscriben, constituyéndose en garante de la seguridad jurídica y buena fe en los actos y contratos jurídicos. 

19/06/2025
09/10/2024
Informamos a nuestra distinguida clientela que en  Notaría 24  atendemos normalmente al público en horario de 8am a 17h,...
25/04/2024

Informamos a nuestra distinguida clientela que en Notaría 24 atendemos normalmente al público en horario de 8am a 17h, gracias a qué contamos con una planta electrica propia.

20/01/2015

Estimados usuarios desde el día 2 de febrero entrará en vigencia el nuevo sistema notarial, en el cual se implementa un sistema proporcionado por el Consejo de la Judicatura, el mismo que brindará mayor seguridad a los usuarios, ya que cuenta con una base de datos entrelazado entre el Registro Civil y otras instituciones públicas, de igual forma entrará en vigencia la nueva tabla de aranceles notariales.

Dra. Flor de Maria Rivadeneira Jacome Notaria Vigésima Cuarta del Cantón Quito
22/04/2014

Dra. Flor de Maria Rivadeneira Jacome Notaria Vigésima Cuarta del Cantón Quito

22/04/2014

¿QUÉ ES UNA PROTOCOLIZACIÓN?

El Protocolo es el libro donde el Notario actúa, es decir, es el conjunto de instrumentos originales (o también el conjunto de escrituras) otorgados ante la fe del Notario. Ahora bien por ley fuera de su protocolo, o sea, fuera de una escritura, el Notario no puede actuar.

Por otro lado tenemos un documento privado, al cual le queremos dar certeza de su existencia y legalidad. Si una escritura hace prueba plena de existencia y legalidad (o sea, es un documento auténtico), entonces habrá que elevar el documento privado a la categoría de escritura y para ello habrá que protocolizarlo, es decir, tendrá que formar parte del protocolo o como el diccionario de la Real Academia Española dice: “protocolizar: Incorporar al protocolo una escritura matriz u otro documento que requiera esta formalidad”.

La Ley previene que al protocolizar un documento el Notario tiene 2 opciones transcribirlo en el acta que al efecto levante, o bien, anexarlo a dicha acta (legalmente se dice mandar al apéndice).

Sin embargo, en aras de la legalidad, el Notario está impedido para protocolizar documentos que forzosamente deban constar en escritura (contratos en general sobre bienes inmuebles, por ejemplo), además, al protocolizar todo documento debe estudiar su legal existencia, es decir debe hacer constar que fue creado conforme a la ley y las disposiciones que rigen al acto. Por ejemplo, tratándose de actas de asambleas de sociedades, el Notario debe dar certidumbre de que dicha asamblea se llevó a cabo conforme a los estatutos de la sociedad y llevándose a cabo todas las formalidades requeridas.

Consulte al Notario de su confianza, él es un profesional que podrá darle una mejor asesoría.

Nuestras Instalaciones
21/04/2014

Nuestras Instalaciones

17/04/2014

LEY NOTARIAL CON CONCORDANCIAS:

Dirección

Avenida República Del Salvador 1058 Y Naciones Unidas, Edificio "La Fontana", Mezzanine, Oficina 1
Quito
170515

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 17:00
Martes 08:00 - 17:00
Miércoles 08:00 - 17:00
Jueves 08:00 - 17:00
Viernes 08:00 - 17:00

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