12/09/2026
LAS AUDIENCIAS TELEMÁTICAS EN ECUADOR YA TIENEN UN NUEVO MARCO OPERATIVO.-
La digitalización de la justicia no depende solo de herramientas tecnológicas. También requiere reglas claras para asegurar que una diligencia realizada a distancia conserve estándares adecuados de defensa, contradicción, publicidad, orden y seguridad jurídica. En esa línea, el Consejo de la Judicatura aprobó la Resolución 179-2026, que contiene un nuevo protocolo para la realización de audiencias telemáticas. Esta novedad tiene relevancia práctica para litigantes, empresas, departamentos jurídicos, funcionarios, peritos, testigos y usuarios del sistema judicial.
El valor de esta actualización no está únicamente en el uso de medios digitales, sino en la estandarización de aspectos que suelen generar problemas en la práctica: convocatoria, acceso, control de participación, publicidad, grabación oficial y respuesta frente a contingencias técnicas.
Desde una perspectiva empresarial y procesal, este tipo de regulación debe leerse con atención. Una audiencia virtual exige preparación jurídica y operativa. No basta con estar conectado: también es necesario verificar condiciones de comparecencia, documentos, acceso, roles de participación y cumplimiento de las reglas que rigen la diligencia.
Esto importa especialmente a organizaciones que mantienen litigios, cobranza judicial, controversias contractuales, procesos laborales o cualquier actuación en la que una diligencia telemática pueda incidir en el resultado procesal o en la correcta defensa de sus intereses.
La justicia digital puede mejorar eficiencia y acceso, pero también obliga a adaptar la estrategia procesal. Preparar adecuadamente una audiencia telemática ya no es una cuestión secundaria; forma parte de una gestión jurídica diligente. En Abogados Verdaguer podemos acompañar a empresas y personas en la revisión preventiva de actuaciones judiciales telemáticas, en la preparación de comparecencias y en el análisis de riesgos procesales vinculados con el uso de medios digitales.