Ab. Leandro Reinoso

Ab. Leandro Reinoso Abogado por la Universidad de Cuenca. Enfoque en la intersección entre Derecho Penal, Psicología del Testimonio y Prueba.

Analizo cómo la memoria y la verdad procesal funcionan o se contraponen.

21/03/2026

¿Percibimos la realidad tal como es?

Para comprender cómo una persona construye su testimonio, es necesario distinguir entre sensación y percepción.

La sensación es el proceso mediante el cual recibimos información del entorno a través de los sentidos: ver, oír, sentir.
Es el primer contacto con la realidad.

La percepción, en cambio, es el proceso mediante el cual el cerebro organiza, selecciona e interpreta esa información.

Es decir, no solo recibimos estímulos: les damos sentido.

Esto implica que lo que una persona percibe no es una copia exacta de lo ocurrido, sino una interpretación construida a partir de múltiples factores.

En el ámbito judicial, esta distinción es fundamental, ya que el testimonio no se basa únicamente en lo que se “vio” o “escuchó”, sino en cómo esa información fue procesada por la mente.

Esto plantea una cuestión relevante:

¿El testimonio refleja los hechos tal como ocurrieron, o la forma en que fueron interpretados?

03/03/2026

¿Qué es la prueba testimonial?

En el proceso penal ecuatoriano, el testimonio es el medio probatorio mediante el cual el juzgador conoce la declaración de personas —procesado, víctima o terceros— que hayan presenciado o conocido las circunstancias de la infracción penal.
Esta definición contiene dos verbos que no son equivalentes: presenciar y conocer.

Presenciar implica una percepción directa del hecho a través de los sentidos. Sin embargo, percibir no significa registrar la realidad de forma neutra. Toda percepción supone un proceso mental: seleccionamos, interpretamos y organizamos la información según factores internos (emociones, memoria, creencias), externos (contexto, iluminación, estrés) y estructuras cognitivas previas.

Como advertía Kant, no accedemos a la realidad “en sí misma”, sino a través de las condiciones de nuestra mente. Por ello, el testimonio nunca es una copia exacta del hecho, sino una reconstrucción.

Conocer, en cambio, no necesariamente implica haber observado directamente la conducta nuclear del delito. Puede referirse al conocimiento de circunstancias relevantes: lugar, tiempo, modalidad de ejecución, relaciones entre los intervinientes o consecuencias del hecho. Se trata de información que contribuye al esclarecimiento del contexto fáctico, aunque su fuente no sea una percepción inmediata del acto principal.

Distinguir entre presenciar y conocer no es un detalle semántico. Es una distinción conceptual que permite comprender el alcance, los límites y el valor epistemológico de la prueba testimonial.

24/02/2026

¿Percibimos la realidad tal como es, o solo una interpretación de ella?
Desde la filosofía, Platón planteó que los seres humanos pueden confundir las sombras con la realidad, creyendo que aquello que perciben es necesariamente verdadero.

Esta idea permite comprender que el conocimiento humano no siempre constituye una reproducción exacta de los hechos, sino una reconstrucción basada en la percepción, la experiencia y la memoria.

En el ámbito judicial, esta característica adquiere especial relevancia, ya que el testimonio no representa el hecho en sí mismo, sino el conocimiento que una persona ha construido sobre ese hecho.

Esto plantea una cuestión fundamental:

¿El testimonio refleja la realidad tal como ocurrió, o la forma en que fue percibida?

18/02/2026

¿Cómo sabemos que lo que creemos conocer es realmente conocimiento?

Cuando en un proceso judicial se valora un testimonio, no solo se analiza lo que una persona dice recordar, sino también qué tan confiable puede ser ese conocimiento.

Aquí es donde surge la necesidad de herramientas que permitan analizar cómo se construye el conocimiento, cuáles son sus fundamentos y cuáles son sus límites.

Desde la filosofía del conocimiento, la epistemología estudia precisamente estos aspectos. En términos generales, puede entenderse como la disciplina filosófica que analiza cómo se construye el conocimiento, cómo evoluciona desde formas simples hacia formas más rigurosas y cómo puede aspirar a un carácter objetivo basado en la razón y en el desarrollo del conocimiento científico colectivo.

Comprender estos elementos resulta esencial cuando se busca aproximarse a la verdad dentro de un proceso judicial.

Entonces surge una pregunta clave:

¿cómo podemos diferenciar entre un recuerdo sincero y un conocimiento confiable?

¿Qué pasa cuando no hay pruebas directas en un proceso penal judicial?En el ámbito judicial, la naturaleza dinámica de l...
09/02/2026

¿Qué pasa cuando no hay pruebas directas en un proceso penal judicial?

En el ámbito judicial, la naturaleza dinámica de la memoria se convierte en un desafío fundamental, especialmente en aquellos casos donde la obtención de medios de prueba directa es limitada o inexistente.

En estos contextos, el testimonio de la víctima y, por ende, su memoria, se establece como el punto de partida esencial para obtener información relevante y reconstruir los hechos.

En el proceso penal, la prueba tiene como finalidad llevar al juzgador al convencimiento sobre los hechos y la responsabilidad de la persona procesada, debiendo existir un nexo entre los hechos investigados y quien es sometido al proceso.

Entonces surge una pregunta inevitable:

¿Cómo debe valorarse un testimonio basado en la memoria humana?

¿La memoria humana dice la verdad?Solemos creer que recordar un hecho es volver a vivirlo tal como ocurrió. Sin embargo,...
03/02/2026

¿La memoria humana dice la verdad?

Solemos creer que recordar un hecho es volver a vivirlo tal como ocurrió. Sin embargo, la memoria humana no funciona como una grabadora.

La memoria es un sistema dinámico: se reconstruye, se modifica y se transforma con el tiempo. Por ello, cualquier coincidencia entre lo que recordamos y lo que realmente ocurrió no siempre es exacta.

Como señala Antonio L. Manzanero:

“La memoria humana es un sistema dinámico y, por tanto, en continua transformación. Tanto es así que cualquier parecido de algunos de nuestros recuerdos con la realidad es pura coincidencia” (2010, p. 65).

Esto plantea una pregunta clave en el ámbito judicial:

¿Qué tan confiable es un testimonio basado en la memoria humana?

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