Despejaremos todas sus dudas, para precautelar que se respeten sus derechos, estamos al servicio de
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Alimentos en el embarazo
La constitución es clara y garantiza la vida del niño desde la concepción, por lo que las leyes ecuatorianas en concordancia con el principio fundamental de vida precautelan y dotan del derecho a acceder a los alimentos con el fin de garantizar las mejores condiciones para la madre y el hijo durante el embarazo.
Ley Orgánica de Niñez y Adolescencia
Art. 148.- Contenido.- La mujer embarazada tiene derecho, desde el momento de la concepción, a alimentos para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto, puerperio, y durante el período de lactancia por un tiempo de doce meses contados desde el nacimiento del hijo o hija; si la criatura muere en el vientre materno, o el niño o niña fallece luego del parto, la protección a la madre subsistirá hasta por un periodo no mayor a doce meses contados desde que se produjo la muerte fetal o del niño o niña.