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13/06/2026

Con relación al código penal que entra en vigencia ahora en agosto, quiero señalar especificamente a la injuria penal. *¿Si Juan fue condenado por robo en el 2000 y fue sentenciado o fue absuelto, tengo yo el derecho de llamarlo ladrón públicamente ahora en el 2026?* Desde una perspectiva constitucional y de derechos humanos, existe también el principio de reinserción social. Una persona que cumplió su pena *no pierde para siempre* su dignidad ni su derecho al honor. El hecho de haber sido condenado no autoriza a otros a someterla permanentemente al escarnio público.
Por tanto, *la respuesta corta* es:
Que alguien recuerde o mencione una condena real no necesariamente es ilegal. Pero utilizar esa condena para hostigarte, humillarte o perseguirte públicamente puede generar consecuencias jurídicas dependiendo de las circunstancias concretas según el nuevo código.

Cuida tu lengua para que no caigas preso.

24/05/2026

Dirección

Avenida Coronel Rafael Tomás Fernández Domínguez, Plaza Gamar, Local 3B, Segundo Nivel, Brisa Oriental, Santo Domingo Este
Santo Domingo
11508

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:30
Martes 09:00 - 18:30
Miércoles 09:00 - 18:30
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