15/09/2026
El fortalecimiento de la tutela judicial efectiva exige superar la simple denuncia para construir una dogmática aplicada en los tribunales.
Ayer, coincidiendo con la conmemoración de una figura histórica como Pedro Francisco Bonó, entregué formalmente mi investigación final ante la ENMP. El documento, «Las Garantías Procesales De Las Víctimas: Un Análisis A Su Autonomía De La Actuación En El Proceso Penal, Provincia De La Vega, 2024-2025», formará parte del acervo de la biblioteca institucional que honra su memoria.
Este trabajo representa una radiografía de nuestra praxis legal. Históricamente, la teoría dogmática relegó a la víctima a un rol secundario, asumiendo que el aparato estatal debía absorber por completo la persecución penal.
La realidad operativa bajo la Ley núm. 97-25 nos demuestra lo contrario. En el ejercicio de la representación legal, observamos que las garantías procesales solo se materializan cuando la defensa técnica asume una verdadera autonomía probatoria. Esto significa no esperar pasivamente la actuación ajena, sino promover evidencias, presentar dictámenes técnicos y sostener posiciones firmes que aseguren una justicia equitativa frente a las limitaciones orgánicas del sistema.
¿Cuáles identifican ustedes como los principales obstáculos institucionales que aún restringen el pleno ejercicio de la autonomía probatoria de la víctima en el litigio diario?
Yahairin Cruz Diaz
Abogada | Especialista en Derecho y Defensa Legal de las Víctimas | Magíster en Derechos Humanos