12/08/2026
⏳ ¿Sabías que tu deuda podría estar prescrita?
Muchas personas siguen pagando o preocupándose por deudas que, según la ley, ya no son exigibles.
En Costa Rica, el paso del tiempo también juega a favor del deudor:
📌 4 años — deudas comerciales (tarjetas de crédito, pagarés, préstamos)
📌 10 años — deudas hipotecarias
📌 1 año — intereses (aunque el capital siga vigente)
⚠️ Ojo: si hacés un abono a la deuda, el plazo se interrumpe y vuelve a contar desde cero.
⚠️ La prescripción no opera sola — hay que alegarla formalmente en el proceso judicial.
Cada caso es distinto y depende de fechas, pagos y notificaciones. Por eso, antes de asumir que tu deuda prescribió (o de seguir pagando de más), lo mejor es una revisión legal.
¿Tenés dudas sobre una deuda pendiente?
Escríbeme por WhatsApp y lo revisamos juntos. 📲8631-8997