09/08/2026
Sala Primera sienta jurisprudencia sobre cuándo se puede desalojar a un inquilino en Costa Rica
Autora: Arianna Villalobos Solís
Aspectos clave de la resolución:
Tema principal: La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia definió el alcance de la terminación unilateral en los contratos de alquiler y precisó cuándo un propietario puede solicitar el desalojo de un inquilino antes del vencimiento del plazo pactado.
Plazo legal mínimo vs. plazo pactado: Los magistrados señalaron que el plazo legal mínimo de protección para un arrendamiento en Costa Rica es de tres años (según la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos - LGAUS). Una vez transcurrido dicho periodo mínimo, adquieren plena validez y aplicabilidad las cláusulas de terminación unilateral acordadas en el contrato.
El caso concreto:
Un propietario original firmó en 2018 un contrato de arrendamiento por 10 años con su esposa (para la ocupación de sus hijos), incluyendo una cláusula de resolución unilateral con aviso previo de un mes.
Posteriormente, la propiedad fue puesta como garantía fiduciaria para un crédito de $200.000, el cual se incumplió, pasando la finca a una nueva sociedad propietaria en 2022.
La nueva sociedad inició un proceso de desalojo invocando la cláusula de terminación unilateral.
Al haber transcurrido más de los tres años de protección legal mínima desde 2018, la Sala Primera determinó que la nueva propietaria sí podía dar por terminado el contrato unilaterally aplicando dicha cláusula sin contravenir la ley.