ALI Abogados

ALI Abogados Real Estate and Business Law Group A service oriented law group where every client is top priority.

Our portfolio of clients range from small to large, including hotels, home owners associations and small business owners.

04/01/2022

Property and Corporate Tax Schedule for 2022

Luxury Tax - January 15
Corporate tax - January 31
Income Tax – March 15
Property Tax – March 31
Final Beneficiary and Shareholder´s Registry – April 30

Al included dates are the final filing or payment date. Fines will apply if done after

04/01/2022

For 2022, and after more than a year of delays, the "Inactive" corporations are finally under the obligation to file "Income Tax" thru an abbreviated D-101 form that is available in the Tax Administration website. Please do take into consideration that there could be important fiscal implications on how you file this form, therefore, we advise to have a CPA review the best strategy for your specific case

11/12/2020

Tax Update

Please be informed that Costa Rican Tax Authorities published Resolution No. DGT-R-075-2019, related to the obligation of “inactive companies & entities”, establishing regulations of an annual report detailing all assets, liabilities and equity, through the Income Tax Form (D-101 Form). Therefore, companies must file the first return next year.
The deadline is due March 15th, 2021.

Article 2 of this Resolution establishes as following: "Legal entities that have not carried out lucrative or substantive activities in the fiscal year must submit the Income Tax Form D-101, which establishes in article 20 of the Income Tax Law, No. 7092 and its reforms. For this purpose, they must include the information on assets, liabilities and equity in accordance with the International Financial Reporting Standards (IFRS) and resolution DGT-R-029-2018 (...)"
According to the aforementioned, it is necessary to maintain the proper support documentation of the following:
Assets: fixed assets, investments, bank accounts, among others.
Liabilities: bank debts, loans, among others.
Equity: shareholder's equity, additional paid in capital, revaluations, among others.

This specific compliance obligation indicated above, should be satisfied annually, within two months and fifteen calendar days following the end of the fiscal year (due date for fiscal year of 2020 would be March 15th of 2021). All data must be duly confirmed even if there was no variation within the year.

We recently had the opportunity to represent Mr. Sawyer in his vacation house acquisition
08/10/2019

We recently had the opportunity to represent Mr. Sawyer in his vacation house acquisition

26/09/2018

Tax Reminder

Before November 30th 2018 Annual Income Tax Return form D151 (first form to be filed) period 2018 Period to be filed from October 1st, 2017 to September 30th 2018. Must be filed showing your expenses/incomes permitted by the law.

Before December 15th 2018 Annual Income Tax Return form D101 (second form to be filed) period 2018 Complement of the form D151 covering the same period. The financial statements of the company must be presented.

Before January 31st 2019 Luxury Tax period 2019 Created to help social house program. This tax is based on the Property Construction Value Study every three year. For three years the payment is based on the same amount.

Corporation Tax period 2019 Covering period from January 1st 2019 to December 31st 2019. Amounts between $ 370 / $ 185 to $ 112 and $ 37 depending on corporations registered or not registered with the Ministerio de Hacienda.

Before March 31st 2019 Property Tax period 2019 This tax can be paid annually or divided into 4 quarters (First pmt. March 31st, Second pmt. June 30th, Third pmt. September 30th, and Fourth pmt. December 31st of each year).

Education & Culture Tax period 2019 This tax must be paid annually; the amount can be from $1.5 to $20 depending of the net capital of the company.

Info courtesy of admicon.

En ALI Abogados estamos orgullosos de la reciente graduación como Licenciada en Derecho de nuestra colaboradora Dinia Qu...
17/08/2018

En ALI Abogados estamos orgullosos de la reciente graduación como Licenciada en Derecho de nuestra colaboradora Dinia Quiros Astua.

26/10/2017

New Requirement for Corporations in Costa Rica (D-140 Form)

The New Tax on Corporations is now in effect, and it includes a one-time only requirement for ALL Costa Rican corporations, including inactive ones, to file a D-140 tax registration before the Tax Administration Department (DGTD). The deadline for filing this D-140 is based on the last number of your corporate ID number.

For corporate ID numbers ending in 1 or 2, the deadline is OCTOBER 31, 2017.
For corporations ending in 3 or 4, deadline is Nov. 30, 2017.
For corporations ending in 5 or 6, deadline is Dec. 31, 2017.
For corporations ending in 7 or 8, deadline is Jan. 31, 2018.
For corporations ending in 9 or 10, deadline is Feb. 31, 2018.

The D-140 form needs to be signed by the legal representative of the company, or by someone with a special power of attorney to do so. If you are outside of Costa Rica, or not available to sign this form, we can assist you in granting a limited power of attorney to a certified accountant, in order to be able of filing the tax form.
In order to file the D-140, your corporation has to be current with the payment of the previous Tax on Corporations, as well as with the payment of the prorated Tax on Corporations for 2017. Shall you need assistance with getting this paid, you can get in contact with us and we will assist with this.

31/05/2017

Ley de lmpuesto a las Personas Juridicas

Aspectos relevantes:

DEFINICIONES (art. 1)

Entre las definiciones que se ofrecen en un primer artículo , destacamos:

RUT: Registro Unico de Contribuyentes de la Dirección General de Tributación.

Contribuyentes no inscritos en el RUT: son aquellos contribuyentes en otros impuestos distintos al de personas jurídicas o contribuyentes de primera inscripción en el RUT que no han tenido aún la obligación de presentar declaración en el Impuesto sobre la Renta. El concepto se menciona en relación a las sociedades que en el tarifario del impuesto pagarán el monto mínimo, a saber, un 15% del salario base establecido en la Ley 7337.

Sociedades Inactivas: son aquellas obligadas tributarias que no hayan tenido obligación de declarar en el Impuesto sobre la Renta en los veinticuatro meses anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, y que según el Transitorio III, podrán realizar traspasos de bienes muebles e inmuebles exentos del pago de impuestos de traspaso y de timbres y derechos registrales, por una sola vez, a favor de otras personas jurídicas o de personas físicas.

Domicilio fiscal: Para los obligados tributarios que no tengan obligación en otros impuestos, el término domicilio fiscal que deberán completar en el formulario D.140, equivaldrá al lugar que señalen para atender notificaciones.

INSCRIPCIÓN DE OFICIO EN EL REGISTRO UNICO TRIBUTARIO (RUT) (art.5)

Se establece en el art. 5 que las obligadas tributarias del impuesto, es decir las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera y las empresas individuales de responsabilidad limitada a que se refiere la Ley, serán inscritas de oficio, sin necesidad de notificación alguna en el RUT, por la sola constatación de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.

En el caso de aquellas sociedades que ya estén inscritas en el RUT por ser obligadas tributarias de otros impuestos o deberes formales, de oficio se les asignará la nueva obligación tributaria.

En cambio, las sociedades que estén siendo inscritas de oficio por primera vez en el RUT deberán presentar, en el plazo de un mes a partir de la fecha de su inscripción en el Registro, el formulario de Declaración de Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes D 140, indicando su domicilio fiscal, correo electrónico y demás datos que requiere dicho formulario. El incumplimiento de esta declaración dentro del plazo establecido será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.”

PAGO DEL IMPUESTO POR PARTE DE SOCIEDADES EN VIAS DE CONSTITUCIÓN (art. 6)

Se indica en uno de los “Considerandos” que: “… el Legislador no tomó en cuenta que las sociedades no nacen a la vida jurídica antes de su inscripción y que los medios con que cuenta la Dirección General de Tributación para generar una deuda requieren, por el sistema de validación, el número de cédula del obligado.” Por consiguiente, se dispone en el art. 6 del Reglamento, que los obligados tributarios que se encuentren en trámite de inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional deberán pagar el impuesto dentro de los treinta días hábiles siguientes a su inscripción y no dentro de los treinta días naturales a la presentación de la escritura al Registro según aparece dispuesto en el art. 4 de la Ley.

Vemos así que a diferencia de la Ley 9024, las sociedades en proceso de constitución no pagarán el impuesto a las personas jurídicas conjuntamente con los demás timbres necesarios para su constitución, sino que deberán hacerlo una vez que cuenten con el respectivo número de cédula jurídica.

Importante advertir eso sí que el hecho generador del impuesto, según lo dispone el art. 2 de la Ley, será el día de presentación de la escritura de constitución al Registro y no el día de su inscripción definitiva, es decir, que el importe a pagar del impuesto deberá calcularse a partir de la efectiva presentación del documento al Registro y no de la inscripción de la sociedad.

Aunque ya el pago del impuesto no sea requisito de admisibilidad de la escritura de constitución, conviene que los notarios adviertan a sus clientes sobre el costo que les implicará la atención de este impuesto tan pronto quede inscrita la sociedad.

En Master Lex Cálculos estamos introduciendo una opción que le permitirá a los usuarios poderle indicar a sus clientes el importe que deberán pagar del impuesto partiendo de que el mismo se tasará de forma proporcional al tiempo que reste entre la fecha de presentación de la escritura ante el Registro y el final del período fiscal.

AJUSTE DEL IMPORTE A PAGAR (ART. 7)

Cuando cambien los ingresos brutos en la declaración de las utilidades correspondiente, ya sea por una declaración rectificativa o por una determinación de la Administración Tributaria, la Administración ajustará el importe a pagar por concepto del Impuesto en el período afectado en forma automática, y lo notificará al interesado. Asimismo lo notificará al Registro Nacional cuando el cambio genera una deuda a cargo del obligado tributario. En caso de que la modificación se dé después de que el obligado tributario hubiere cancelado el impuesto respectivo, automáticamente se generará una deuda o un crédito, según corresponda, por la diferencia correspondiente. En caso de generarse una deuda, devengará intereses conforme al artículo 40 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

MEDIOS DE PAGO (Art. 9)
Unicamente se señala que el pago del impuesto se realizará a través del sistema de pago por conectividad bancaria.

BASE DE DATOS DE MOROSOS (ART.11)

Para que los funcionarios registrales puedan cumplir con la obligación de verificar las sociedades morosas en el pago del impuesto a las personas jurídicas a efecto de no inscribir documentos a favor de ellas o de emitir certificaciones, la Dirección General de Tributación establecerá por resolución de alcance general, los medios y la forma para acceder a la base de datos que contendrá la información de los contribuyentes deudores del Impuesto. La citada base de datos será de acceso público. También será de necesaria consulta por parte de los notarios públicos, quienes deberán consignar la condición de morosidad en las certificaciones de personería jurídica y certificaciones literales que expidan.

CALENDARIO PARA PRESENTACIÓN FORMULARIO D.140 (Transitorio I)

Se establece en un Transitorio I que los obligados tributarios del Impuesto que estén siendo inscritos de oficio por primera vez en el RUT, como es el caso de las sociedades nuevas constituidas,así como aquellas que estando inscritas en el Registro de Personas Jurídicas antes de la vigencia de la Ley no estaban obligados a su inscripción en el RUT por cuanto no tenían obligaciones tributarias, deberán presentar el formulario de Declaración de Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes D.140, dentro de los plazos que se establecen a continuación:

a) Cédulas jurídicas que finalizan en l y 2: Durante el mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley.

b) Cédulas jurídicas que finalizan en 3 y 4: Durante el segundo mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley.

c) Cédulas jurídicas que finalizan en 5 y 6: Durante el tercer mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley.

d) Cédulas jurídicas que finalizan en 7 y 8: Durante el cuarto mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley.

e) Cédulas jurídicas que finalizan en 9 y 0: Durante el quinto mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley.

CONDICIÓN PARA RENUNCIA DE REPRESENTANTES LEGALES, DIRECTORES Y FISCALES (Transitorio III)

Para que los representantes legales, los miembros de la Junta Directiva y los fiscales puedan renunciar a sus cargos de forma unilateral, según lo dispone el transitorio IV de la Ley, se establece la condición de que las sociedades a las que deseen renunciar, deberán encontrarse al día con el impuesto a las personas jurídicas generado bajo la Ley N º 9024, es decir, el de los períodos 2012-2015. Además se señala que el documento notarial apto para dejar constancia en los supuestos de renuncias de domicilios desconocidos en sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera y empresas individuales de responsabilidad limitada, será el acta notarial.

07/04/2017

The new Corporation Tax Law

The new tax on Costa Rican corporations has been approved and published in the official Gazette.

When is the Tax due?
January 30th of every year.
For 2017 the prorated amount shall be due in August 2017.

How much is the Corporation Tax 2017?
The new Tax is based on the annual base salary, and varies depending on the Corporation´s Income(2017 that base salary is 426,200 Colones)
Inactive company: 15% of the base salary (approximately US$115)
Active companies:
Gross income of less than $91,675 - 25% of the base salary (approximately US $192)
Gross income between $91,675 and $213,909 - 30% of the base salary (approximately US $233)
Gross income of more than $213,909 - 50% (approximately US $388)

If you want to check whether your company is active or inactive, you can do so at the following link: http://196.40.56.20/consultasic/index.aspx

Transitory provisions of the Law.
Waiver of fines and interest on past due corporation taxes (Effective for 3 months from the date the law comes into effect)
Property transfer into your personal name without paying transfer taxes for 1 year after the new Law comes in effect.
If you have a management position (or you have legal representation in the Company) you can resign if you want to be removed from the board or management of a corporation. Your resignation must be recorded in the National Registry. There is a 2 year term to do so.

Ministerio de Hacienda - Sistema de Identificación de Contribuyentes -SIC- .

Dirección

Ocean Plaza, Office 14
Herradura

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 17:00
Martes 08:00 - 17:00
Miércoles 08:00 - 17:00
Jueves 08:00 - 17:00
Viernes 08:00 - 17:00

Teléfono

+50626431602

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