30/07/2026
Legis al día.
No entregar oportunamente un bien vulnera garantía legal y da derecho al reintegro del dinero.
Consumidor puede exigir la devolución del dinero, que debe ser reintegrado en un plazo máximo de 30 días calendario.
Uno de los componentes principales de la relación de consumo es la entrega efectiva del bien o la prestación del servicio adquirido, pues una situación contraria vulnera los derechos del consumidor, en la medida en que no puede hacer uso real del bien o servicio y, por ende, no puede satisfacer la necesidad que motivó su decisión de compra.
Y es que la garantía mínima de calidad e idoneidad de un bien o servicio no se circunscribe solo a las condiciones intrínsecas del producto, sino también al cumplimiento de los términos, condiciones y obligaciones derivadas del contrato, dentro de las cuales está la entrega oportuna del bien. La no entrega o la entrega defectuosa o tardía vulnera los intereses legítimos del consumidor.
En ese sentido, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, si el productor o proveedor no hace entrega efectiva del producto en los términos convenidos inicialmente, el consumidor puede solicitar el reintegro del valor pagado en la compra, el cual deberá ser devuelto en un plazo que no supere los 30 días calendario posteriores a la solicitud.
En el caso bajo análisis, se declaró la vulneración de los derechos de un consumidor que solicitó el cambio de un producto por la referencia correcta, pero no se impuso condena debido a que la empresa demandada solucionó el reclamo otorgando un saldo a favor por el valor total de la compra, es decir, $ 424.656.
Ámbito jurídico: https://n9.cl/4c1wp