30/10/2025
La revocatoria del poder y la regulación proporcional de honorarios profesionales
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, mediante auto notificado el 28 de octubre de 2025, al resolver un recurso de apelación dentro de un incidente de regulación de honorarios, analizó los efectos de la revocatoria del mandato judicial y los criterios para la fijación proporcional de los honorarios del abogado cesado, a la luz del artículo 76 del Código General del Proceso y del principio de buena fe contractual (art. 1603 C.C.).
La Sala precisó que la revocatoria unilateral del poder no extingue la obligación de remunerar al profesional por la gestión efectivamente ejecutada, y que la fijación de los honorarios debe responder a criterios objetivos de proporcionalidad, razonabilidad y equidad.
📌 Aspectos Relevantes
1️⃣ Naturaleza contractual del vínculo entre abogado y cliente.
El Tribunal recordó que la relación entre abogado y cliente tiene naturaleza contractual, configurándose como un contrato de mandato remunerado. Por ello, la revocatoria unilateral del poder no extingue automáticamente las obligaciones derivadas de la gestión ya cumplida, pues el principio de buena fe objetiva impone el deber de compensar al profesional por los actos jurídicos ejecutados válidamente mientras el mandato estuvo vigente.
2️⃣ Revocatoria del poder y subsistencia del derecho a honorarios.
La Sala enfatizó que, conforme al artículo 76 del CGP, el mandante puede revocar el poder en cualquier momento, pero dicha revocatoria no afecta el derecho del abogado a recibir la retribución proporcional por los servicios prestados. Este derecho subsiste incluso si el proceso no ha concluido, en tanto la labor profesional se haya desarrollado de manera diligente y efectiva dentro de los límites del encargo conferido.
3️⃣ Criterios de proporcionalidad en la regulación de honorarios.
El Tribunal señaló que la remuneración del abogado debe calcularse teniendo en cuenta la cuantía, complejidad y naturaleza del proceso, así como el grado de intervención procesal efectivamente desplegado. La proporcionalidad constituye un principio orientador que evita tanto el enriquecimiento injustificado del cliente como la remuneración excesiva del profesional.
4️⃣ Aplicación del principio de buena fe y equilibrio contractual.
Se destacó que la revocatoria del poder exige un manejo equilibrado entre los derechos del cliente y los del abogado. Si bien el mandante conserva la facultad de modificar su representación, debe hacerlo sin afectar injustificadamente el interés patrimonial del profesional. La equidad y la confianza recíproca son elementos esenciales del mandato judicial, cuya ruptura no puede generar desprotección para el apoderado que cumplió con diligencia sus obligaciones.
5️⃣ Carácter ético y funcional de la remuneración profesional.
La Sala resaltó que los honorarios del abogado constituyen no solo un derecho económico, sino una expresión del valor social de la profesión jurídica. Por tanto, su fijación debe reflejar la dignidad del ejercicio profesional y la contribución del abogado a la administración de justicia, evitando prácticas que lesionen la ética o la solidaridad gremial.
⚖️ Decisión
Se revocó parcialmente el auto que había negado la regulación de honorarios.
Se ordenó fijar los honorarios del abogado cesado en proporción al trabajo efectivamente realizado dentro del proceso.
Se dispuso remitir copia a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para verificar la observancia del deber de paz y salvo profesional por parte de la nueva apoderada.
Sin costas en la segunda instancia.
🔎 Conclusión
El Tribunal reafirmó que la revocatoria del poder no exime al cliente de la obligación de pagar los honorarios profesionales causados, pues el vínculo entre abogado y mandante se rige por los principios de buena fe, equilibrio contractual y proporcionalidad.
La decisión refuerza la función garantista del proceso civil y la protección de la dignidad del ejercicio profesional, asegurando que la revocatoria del poder se ejerza de manera legítima, sin derivar en perjuicios económicos ni en desconocimiento del valor jurídico y ético del trabajo del abogado.
Para descargar auto, ingresar al link: https://drive.google.com/file/d/1tfXY1BWEIH2_JORXLOYaFDoOAKlEsQn_/view?usp=drivesdk