01/05/2026
La responsabilidad médica exige probar culpa conforme a la lex artis, mediante evidencia técnica y no simples inferencias. La pérdida de oportunidad es un daño autónomo, indemnizable solo si la posibilidad frustrada es real, seria y actual. En el caso, el médico actuó diligentemente al brindar atención inicial y remitir al especialista. El Tribunal descartó incumplimiento normativo y validó la actuación conforme a criterios médicos. Además, negó el nexo causal al no demostrarse que una atención más temprana evitara el daño.
PONENTE: JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS
RADICADO: 05001 31 03 017 2020 00233 01
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