03/07/2026
⏳ ¡El reloj corre! Tienes 60 minutos para salvar tu vehículo de los patios. 🛡️
¿Sabías que por ley existen ciertas infracciones de tránsito que te dan hasta 1 hora para subsanar la falta antes de que se lleven tu carro o moto en grúa?
El Artículo 125 del Código Nacional de Tránsito lo deja claro: si la falta se puede corregir en el sitio (en un plazo máximo de 1 hora), la autoridad debe esperar a que lo soluciones.
¿Qué aplica para subsanar?
✅ Llevar el documento vencido pero tener el nuevo digital ya pago.
✅ Que un tercero con licencia vigente llegue a conducir si tú no puedes.
✅ Corregir fallas menores de luces o placas que se puedan arreglar ahí mismo.
⚠️ ¡Ojo! Esto no te exime del comparendo (la multa), pero SÍ evita la inmovilización y el gasto de grúa y patios.
Si el agente no te respetó el tiempo de gracia, te presionó o ya te impusieron la multa injustamente, ¡actúa de inmediato!
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