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🔎 ¿Tu conjunto residencial alquila zonas comunes o presta servicios como parqueadero al público?La DIAN aclaró que, si u...
07/07/2025

🔎 ¿Tu conjunto residencial alquila zonas comunes o presta servicios como parqueadero al público?

La DIAN aclaró que, si una propiedad horizontal realiza actividades comerciales ajenas a su objeto social, debe cobrar y declarar IVA, sin importar el estrato o tipo de conjunto.

👉 Esto incluye inscribirse en el RUT, facturar, declarar el impuesto y reportar al RUB.
💡 No es un nuevo impuesto: la norma ya existe, y la DIAN puede fiscalizar y sancionar.

La entidad precisó que los conjuntos residenciales están exentos de tributos nacionales únicamente cuando desarrollan actividades propias de su objeto social, como la administración de bienes comunes. Sin embargo, si realizan actividades comerciales o prestan servicios ajenos a dicho objeto se convierten en responsables del IVA, conforme a lo establecido en el Estatuto Tributario.

La empresa, fundada en 1923, y dedicada a las confecciones, reportó deudas por $31.416 millones. La Superintendencia de ...
03/07/2025

La empresa, fundada en 1923, y dedicada a las confecciones, reportó deudas por $31.416 millones.

La Superintendencia de Sociedades admitió la solicitud elevada por Everfit S.A. para entrar en proceso de liquidación judicial, en el marco del régimen de insolvencia contemplado en la Ley 1116 de 2006.

En la petición presentada, la compañía reportó un activo total por $37.777 millones y pasivos por $31.416 millones con corte al 31 de mayo del presente año, incluyendo un pasivo pensional correspondiente a 26 personas.

📣 ¡Importante fallo de la Corte Constitucional!Las entidades financieras NO pueden negar automáticamente productos como ...
25/04/2025

📣 ¡Importante fallo de la Corte Constitucional!

Las entidades financieras NO pueden negar automáticamente productos como cuentas o créditos a personas con antecedentes penales o investigaciones en curso. Cada caso debe evaluarse de forma individual y proporcional ⚖️

🔍 La Sentencia T-113/25 aclara que negar servicios financieros sin análisis objetivo vulnera derechos fundamentales como el trabajo, igualdad y mínimo vital.

✅ La Corte ordenó:

Análisis personalizado del perfil de riesgo.

Nada de restricciones automáticas.

Respuestas claras y justificadas.

Inclusión financiera con enfoque en prevención, no exclusión.

💡 ¡Tener antecedentes NO es razón válida para excluirte del sistema financiero!

En Colombia, la normativa de facturación electrónica establece que todos los responsables de facturar deben hacerlo de m...
10/03/2025

En Colombia, la normativa de facturación electrónica establece que todos los responsables de facturar deben hacerlo de manera electrónica, incluyendo a los pequeños negocios. Según el Artículo 7 de la Resolución 000165 de 2023 de la DIAN, están obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente por todas las operaciones que realicen

Personas Naturales que superen los ingresos brutos de 3500 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir $174.296.000 anual año 2025, o estén dentro de los requisitos del artículo 437 del Estatuto Tributario, están obligadas a facturar electrónicamente.

La Dian inmovilizó recientemente 4.000 cuentas bancarias de contribuyentes que no cumplieron con la obligación de facturar electrónicamente. Esta medida, refleja la firme determinación de la entidad por hacer cumplir la normativa y evitar prácticas que afecten la recaudación de impuestos.

Desde que la facturación electrónica se convirtió en un requisito obligatorio, muchos negocios han enfrentado dificultades para adaptarse a esta nueva realidad. Algunas han tardado en implementar los sistemas necesarios, mientras que otras han optado por ignorar la normativa, lo que ha llevado a sanciones. La Dian ha sido clara al respecto: no basta con tener un software o emitir algunas facturas digitales de manera esporádica. El cumplimiento debe ser total, constante y ajustado a los plazos y formatos establecidos.

⚽️🇨🇴En el fútbol colombiano, varios equipos han pasado por procesos de reorganización empresarial o liquidación judicial...
07/03/2025

⚽️🇨🇴En el fútbol colombiano, varios equipos han pasado por procesos de reorganización empresarial o liquidación judicial debido a problemas financieros. Algunos de los casos más destacados son:

Equipos en procesos de reorganización o liquidación:

*1. América de Cali*
 Estuvo en la Lista Clinton (1999-2013), lo que afectó gravemente sus finanzas.
 Inició un proceso de reorganización empresarial en 2011 bajo la Ley 1116 de 2006 (régimen de insolvencia en Colombia).
 Logró salir de la crisis y estabilizarse económicamente.

*2. Deportivo Cali*
 En 2023 entró en reorganización empresarial debido a deudas superiores a los 90.000 millones de pesos colombianos.
 La Superintendencia de Sociedades aprobó su admisión al régimen de insolvencia.

*3. Cúcuta Deportivo*
 Fue liquidado judicialmente en 2020 por incumplimientos financieros.
 En 2021, logró volver al fútbol profesional tras acuerdos legales y administrativos.

*4. Once Caldas*
 Enfrentó una crisis financiera que lo llevó a acogerse a la Ley 1116 de 2006 en 2017.
 Sigue en un proceso de reorganización para estabilizar su economía.

*5. Deportes Quindío*
 En 2013 entró en reorganización empresarial debido a deudas acumuladas.
 Ha logrado mantenerse en competencia, pero sigue bajo vigilancia financiera.

*6. Real Cartagena*
 Pasó por un proceso de insolvencia empresarial en 2013 debido a problemas financieros.
 Ha trabajado en su recuperación económica, aunque sigue en la segunda división.

💔La Ley 2442 de 2024, sancionada el 27 de diciembre de 2024, introduce en Colombia la posibilidad de divorciarse por la ...
06/03/2025

💔La Ley 2442 de 2024, sancionada el 27 de diciembre de 2024, introduce en Colombia la posibilidad de divorciarse por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges, sin necesidad de alegar causales específicas.

*Principales aspectos de la ley:*
• Nueva causal de divorcio: Se adiciona al artículo 154 del Código Civil el numeral 10, que establece como causal de divorcio "la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges".

• Proceso simplificado: Cualquiera de los cónyuges puede presentar la demanda de divorcio en cualquier momento, acompañada de una propuesta que contenga las medidas para regular los efectos derivados de la separación, como obligaciones alimentarias, situación de los hijos comunes y liquidación de la sociedad conyugal.

• Sin necesidad de justificación: Ya no es necesario demostrar causales específicas como violencia intrafamiliar, infidelidad o separación prolongada para solicitar el divorcio.

*Implicaciones y beneficios:*
• Agilización del proceso: La ley simplifica y acelera el trámite de divorcio, permitiendo una resolución más rápida de las situaciones matrimoniales.

• Protección de derechos: Se mantienen las garantías en términos de repartición de bienes, protección al cónyuge y a los hijos, asegurando que la disolución del matrimonio no afecte negativamente sus derechos.

• Respeto a la decisión individual: La ley reconoce y respeta la autonomía de cualquiera de los cónyuges para decidir sobre la continuidad del vínculo matrimonial, sin necesidad de justificar su decisión.

Hoy hablamos de las   en crisis por deudas con la DIAN en GUERRERO ABOGADOS y Jorgeandresabogado
27/02/2025

Hoy hablamos de las en crisis por deudas con la DIAN en GUERRERO ABOGADOS y Jorgeandresabogado

EMPRESA EN CRISIS POR DEUDAS CON LA DIAN

📢 ¡Atención   en Colombia! 🇨🇴📌                              A partir del 1º de julio de 2025, las compañías deberán asum...
20/02/2025

📢 ¡Atención en Colombia! 🇨🇴📌

A partir del 1º de julio de 2025, las compañías deberán asumir el pago de seguridad social de sus contratistas independientes. Esto incluye salud, pensión y riesgos laborales, descontando el aporte de los honorarios. ⚖️✅

Actualmente, los trabajadores independientes vinculados a través de contratos de prestación de servicios son responsables de realizar sus propios pagos a la seguridad social en virtud de la Ley 100 de 1993, pero con la Ley 2381 de 2024, denominada reforma pensional, se establecen nuevas obligaciones para las empresas en Colombia.

Las compañías contratantes deberán asumir la responsabilidad de pagar los aportes a la seguridad social de los contratistas independientes en el pilar contributivo

¿Reorganizar o liquidar ? Cuál es la mejor opción para tú empresa ? Hoy hablamos con GUERRERO ABOGADOS y Jorgeandresabog...
19/02/2025

¿Reorganizar o liquidar ? Cuál es la mejor opción para tú empresa ? Hoy hablamos con GUERRERO ABOGADOS y Jorgeandresabogado del tema 👇🏻

REORGANIZAR O LIQUIDAR ¿CUÁL ES LA MEJOR OPCIÓN PARA TU EMPRESA?

Sin necesidad de juicio de sucesión 👇Podrán entregarse directamente hasta $ 82’515.392 al cónyuge sobreviviente, al comp...
13/09/2024

Sin necesidad de juicio de sucesión 👇

Podrán entregarse directamente hasta $ 82’515.392 al cónyuge sobreviviente, al compañero permanente, a los herederos o conjuntamente. El beneficio se aplica a una cuenta corriente o de ahorros y a dineros representados en certificados de depósito a término (CDT) o cheques de gerencia, precisa la Carta Circular 60 del 2023 de la Superintendencia Financiera, monto que estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2024.

Generalmente el procedimiento estipulado por los Bancos es el siguiente:

los herederos deben acercarse al banco donde el fallecido tenía depositado su dinero para que realicen la solicitud de pago del saldo de la cuenta, preferiblemente por escrito.

Adicionalmente, debe(n) presentar los siguientes documentos:

a. Copia autenticada del registro civil de defunción del titular de la cuenta.
b. Copia autenticada del documento que acredite el vínculo con el fallecido, por ejemplo: registro civil de matrimonio, registro civil de nacimiento., (dependiendo de la relación que se tuviera con este).
c. Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos que están reclamando el dinero.
d. Declaración jurada de los interesados en la cual indiquen que no se ha nombrado administrador de los bienes del difunto. En algunos casos se exige que este documento sea autenticado.


Conoce las novedades del   👇📌El trámite incluiría a personas naturales no comerciantes y a pequeños comerciantes que su ...
21/08/2024

Conoce las novedades del 👇

📌El trámite incluiría a personas naturales no comerciantes y a pequeños comerciantes que su activo no supere los 1.000 SMLV y que cumpla con el numeral 1 del art 19 Código de comercio, es decir, con registro mercantil activo y vigente.

📌A partir del 1 de enero de 2026, los centros de conciliación de las universidades (consultorios jurídicos) y entidades públicas, el trámite será gratuito y además, el gobierno nacional reglamentará la autorización para los nuevos centros de conciliación que presten el servicio gratuito en insolvencia económica.

📌 Los requisitos para acceder al proceso, es tener dos o más acreedores con mora superior a 90 días, y que esa mora le represente el 30% de sus pasivos, se excluyen los créditos de la libranza.

📌Les da herramientas a los jueces, cuando a su juicio detecte o sospeche algún tipo de fraude e incluye la legítima expectativa del acreedor para satisfacer el crédito hasta donde sea posible, en los procesos de liquidación.

📌Les da posibilidad a los estudiantes de derecho, para que asesoren a los deudores cuya cuantía del capital de las obligaciones, no superen hasta 40 SMLV.

-📌Los acuerdos con personas comerciantes, se debe estipular el compromiso de estos de llevar a partir de la fecha, la contabilidad regular de los negocios y demás obligaciones mercantiles, so pena de decretarse el incumplimiento del acuerdo

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