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10/06/2019
COMO SE PRUEBA UN CONTRATO VERBAL?
08/03/2018

COMO SE PRUEBA UN CONTRATO VERBAL?

El contrato de trabajo verbal es aquel en el que no existe ningún documento escrito que contenga las condiciones pactadas verbalmente (de palabra) entre el empleador y el trabajador.El contrato de trabajo verbal goza de los mismos beneficios y de la misma validez que confiere el código laboral al ...

QUE ES LA ALIENACION PARENTAL?La Alienación Parental, sucede cuando uno de los padres, generalmente quien tiene la custo...
27/02/2018

QUE ES LA ALIENACION PARENTAL?

La Alienación Parental, sucede cuando uno de los padres, generalmente quien tiene la custodia del hijo, se empeña en infundirle sentimientos de rechazo y hasta de odio hacia su otro progenitor.

Alejar a un hijo de un padre o una madre no custodio es muy frecuente y se conoce como interferencia parental. Esto consiste en hacer comentarios en contra de uno de los padres. El Dr. Roberto Sicard, Director de la Unidad de Sicología Jurídica y Forense del Colegio Colombiano de Sicólogos, explica que “el Síndrome de Alienación Parental, es un tipo de maltrato infantil, que está orientado a romper el vínculo con un progenitor no custodio, con el fin que esta persona desaparezca del panorama emocional del menor”.

Dejo este enlace para mas informacion

Cuando la mayoría de personas escuchan el termino Síndrome de Alienación Parental, no saben exactamente a lo que se refiere.

que son las capitulaciones Matrimoniales? acá un vídeo de la SNR.
31/01/2018

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Las Capitulaciones Matrimoniales es un contrato que celebran los futuros esposos antes de contraer matrimonio, en el que se relacionan los bienes que aportan...

Feliz miercoles, te animas a contestar estas 10 preguntas?
24/01/2018

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En los diferentes exámenes escritos que el CNM ha tomado sobre diferentes materias, encontramos preguntas de derecho civil, específicamente sobre la institución del divorcio, de las cuales hemos seleccionado las diez mejores para este post. 1 Los esposos Armando y María procrearon una hija dentr...

QUE ES UNA DEMANDA POR  INASISTENCIA ALIMENTARIA?¿Qué significa una demanda por inasistencia alimentaria?Es la instancia...
03/01/2018

QUE ES UNA DEMANDA POR INASISTENCIA ALIMENTARIA?

¿Qué significa una demanda por inasistencia alimentaria?

Es la instancia jurídica en la que una persona ejerciendo custodia en representación de un menor de edad o de otra persona mayor de edad que cumple unas condiciones especiales acuda ante un juez de la república para hacer valer sus derechos fundamentales como lo son los alimentos, entiéndase como alimentos, el derecho a la nutrición, a la salud, a la educación, al vestuario y recreación, obligación que se adquiere su condición de padres y se hace extensiva a tíos, hermanos, abuelos. Dicho compromiso en ocasiones para poderse exigir deben quedar plasmados en actas o acuerdos o sentencias judiciales lo que conlleva el cumplimiento y pago de una cuota alimentaria y dicho incumplimiento es el que genera el accionar de la administración de justicia que puede ejercerse en la jurisdicción de familia o en la penal cuando la parte que se compromete con ese deber económico de manera injustificada omite y vulnera el derecho que le asiste a quien le reclamo alimentos.

¿En qué momento es apropiado interponer una demanda de este tipo?

Es preciso iniciar las acciones pertinentes cuando se vea vulnerado o se evidencia el riesgo inminente de ausencia de los elementos básicos fundamentales para la subsistencia del ser humano, ya que en Colombia son miles los casos de menores que padecen la insistencia de alimentos por sus progenitores. Y es apropiado reclamar alimentos en el momento en que por voluntad propia quien está obligado a suministrarlos no lo hace.

¿Hay algunos pasos que se puedan llevar a cabo antes de acudir a una demanda?

Sí, en Colombia la ley otorga facultades y competencia para dirimir conflictos de familia, de custodias entre otros el de regulación y cuotas de alimentos a varias entidades públicas y privadas, es decir que para tramitar y constituir cuota alimentaria se puede acudir ante el instituto Colombiano de bienestar familiar por intermedio de sus defensores de familia se pueden realizar audiencias de conciliación en donde los progenitores pactan de mutuo acuerdo una cuota alimentaria , así mismo estas audiencias de conciliación se pueden realizar ante los centros de conciliación de las cámaras de comercio o ante los centros de conciliación de las notarías.

¿Cómo se debe hacer?, ¿ante qué entidad se puede interponer la demanda de alimentos?

Se puede interponer la demanda de alimentos ante un juzgado de familia, para el trámite de la radicación de la demanda se debe acompañar el registro civil de nacimiento del menor o de la persona al que se le debe suministrar alimentos con el fin de acreditar el parentesco de a quien se le va a reclamar, así mismo si con anterioridad se agotó la etapa de conciliación se debe anexar el acta o constancia de conciliación expedida por el funcionario que represento la entidad competente para agotar dicha etapa, es un trámite muy sencillo teniendo en cuenta que los jueces de la republica ante todo deben velar por el bienestar de los derechos del menor.

Para llevar a cabo una demanda de alimentos la persona puede estar representado por un abogado especial o defensor público en el proceso de alimentos en aras de garantizar el bienestar y la vida digna, se pueden solicitar medidas cautelares que garanticen tal fin, es decir que se pueden embargar los bienes de la persona que está obligada a suministrar alimentos.

¿Qué sucede si se incumple con la cuota establecida?

En Colombia, como en otros países, la obligación de suministrar alimentos se ha tipificado como una conducta penal, la inasistencia alimentaria como lo consagra nuestra legislación penal en su artículo 233 el que se sustraiga sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante, adoptivo conyugue o compañero permanente incurrirá en sanción penal, es decir que esta conducta es conocida por un juez penal, quien estará encargado de imponer al incumplidor la sanción penal que la ley ha establecido, de la actuación procesal se encargara la fiscalía general de la nación por intermedio de sus delegados y para accionar la administración de justicia basta con quien representa a quien se le debe a alimentos de manera directa o indirecta se acerque a las unidades de reacción inmediata de la fiscalía, e interponga la denuncia que puede ser en forma verbal o escrita.

QUIERO DIVORCIARME PERO MI PAREJA NO QUIERE Si usted desea separarse pero su pareja no lo admite, no está de acuerdo y n...
13/12/2017

QUIERO DIVORCIARME PERO MI PAREJA NO QUIERE
Si usted desea separarse pero su pareja no lo admite, no está de acuerdo y no lo permite, es necesario que usted tenga en cuenta lo siguiente:
en el que una de las dos partes no está de acuerdo. Éste sólo podrá ser resuelto mediante el juzgado de familia.

En primer lugar es necesario conocer cuáles son las causales de divorcio aceptadas por el ministerio, de manera que la pareja tenga pruebas y argumentos suficientes para que se efectúe la separación.

1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia

Una forma de lograr la separación, es que usted tenga cómo demostrar que hace más de dos años no vive con su pareja, de esa manera un Juzgado de Familia podrá liquidar definitivamente la sociedad conyugal

LAS DEUDAS TAMBIÉN SE HEREDAN?LAS DEUDAS TAMBIÉN SE HEREDAN? Al momento de morir, los fallecidos no sólo dejan en poder ...
11/12/2017

LAS DEUDAS TAMBIÉN SE HEREDAN?

LAS DEUDAS TAMBIÉN SE HEREDAN? Al momento de morir, los fallecidos no sólo dejan en poder de sus familiares los bienes y propiedades que obtuvieron a lo largo de su vida, en algunos casos también dejan deudas por las que se debe responder de alguna manera. Por supuesto no quiere decir que los familiares deban asumir completamente las deudas que dicha persona haya adquirido en vida de su bolsillo, pero sí existe responsabilidad de acuerdo con los bienes del difunto que le hayan sido asignados.

Cabe aclarar que las deudas predominantes a cancelar son las que nacen con el fallecimiento de la persona, por ejemplo, los gastos funerarios.

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