04/08/2026
⚡🌄 En el Valle de Tenza, cada vez más propietarios reciben propuestas para instalar líneas de energía o servidumbres en sus predios. ¿Sabe realmente qué está firmando?
La Ley 56 de 1981 declara los proyectos de generación y transmisión de energía como de "utilidad pública", lo que les da prioridad frente al uso normal de la tierra. Pero eso NO significa que usted no tenga derechos.
📌 Lo que debe saber antes de firmar cualquier contrato:
➡️ La servidumbre debe constituirse mediante contrato elevado a escritura pública, para que sea oponible legalmente
➡️ Si no hay acuerdo con la empresa, la servidumbre puede imponerse por vía judicial — y es un juez, no la empresa, quien fija la indemnización
➡️ Usted tiene derecho a ser compensado por los daños y perjuicios que la servidumbre le ocasione
➡️ Revise siempre: área exacta afectada, duración, monto y forma de pago
⚠️ Muchos propietarios firman acuerdos verbales o documentos apresurados sin conocer el valor real de su tierra ni sus derechos. Una revisión legal antes de firmar puede evitarle pérdidas económicas importantes.
En Celemin Moreno acompañamos a propietarios del Valle de Tenza en la negociación y revisión de este tipo de contratos, de manera confidencial.
¿Le han propuesto instalar una línea de energía en su predio? Cuéntenos su caso en los comentarios o escríbanos directamente.
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