23/09/2026
🚨 ¿Tu empresa te dijo que no te paga la liquidación porque no devolviste la dotación?
Hablemos claro: la dotación legal no es un préstamo que automáticamente tengas que devolver al terminar el contrato, ni debería utilizarse como condición para retener lo que te corresponde en tu liquidación.
El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo establece la obligación del empleador de suministrar gratuitamente el calzado y vestido de labor a los trabajadores que cumplan los requisitos legales.
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Tres fechas de entrega durante el año:
📌 30 de abril
📌 31 de agosto
📌 20 de diciembre
Y recuerda: la dotación debe destinarse al uso en las labores contratadas.
Ahora bien, una cosa es la dotación legal y otra los uniformes, elementos de protección o elementos entregados en calidad de préstamo. En esos casos el análisis puede ser diferente
Así que si alguna vez te dijeron:
“No te pago la liquidación hasta que devuelvas la dotación”...
¿Te ha pasado?