Services Lawyers M&L

Services Lawyers M&L "La pasión por su defensa, solo será superada, por su deseo de libertad"

Especialista en Derecho Administrativo. Universidad Nacional de Colombia.

Amplia experiencia en litigación en Causas Penales - comprometidos con su libertad, como bien esencial

08/06/2025

Por ahí, en algún lugar de Colombia, está el ajedrecista sacrificando las torres, los alfiles y los caballos con tal de poner en jaque a la izquierda- ¡retornar al poder a cualquier precio!.

09/01/2025

Respecto de lo que sucede en venezuela , debo decir, que la historia de una sociedad organizada (Monarquía, Oligarquía, Tiranía, Democracia ...), ha exteriorizado un marco "egoista", tan repetitivo como vigente, de ser y gobernar común en los pueblos, que permite aseverar, que en el momento preciso, en que la influencia de la dictadura se agosta por el paso de los años y el color de la sangre del pueblo derramado por la incipiente revolución anega por completo todo rastro de felicidad, se gesta el momento preciso para que nazcan liderazgos con intereses encubiertos, que sin mayor dificultad más allá de un discurso bien estructurado, canalizan el encono colectivo, pero lejos de buscar un cambio estructural en la sociedad, únicamente dan paso a distintos mecanismos de dominación (...)

La tiranía llega matando, las democracias llegan mintiendo;

¿Cuál es la utilidad social y jurídica del Estado Moderno?

Comunicado, Área Servicios Públicos Domiciliarios;"Logramos con éxito, ante la empresa Surtigas S.A ESP (Cartagena) y la...
17/12/2024

Comunicado, Área Servicios Públicos Domiciliarios;

"Logramos con éxito, ante la empresa Surtigas S.A ESP (Cartagena) y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la aplicación del Art. 38 y 40 de la resolución Creg 108 de 1997 ("5 meses para la realización de investigación por desviaciones significativas"), y Art. 123 del Decreto 2150 de 1995 que subroga el Art. 158 de la Ley 142 de 1994 ("Silencio Administrativo Positivo"), que entre otras cosas, obligan a la Empresa, a "Resolver las peticiones, quejas y recursos que presenten los suscriptores o usuarios (...) dentro del término de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación".

"Bajamos de la nube" a la empresa de servicios públicos domiciliarios, quién incurriendo en "abuso de posición dominante", de manera arbitraria y a su total discreción, dispuso de los términos legales de respuesta pretendiendo "ampliarlos", sin contar, con que dicha posibilidad otorgada por el Legislador, debe ser demostrada a instancias del usuario, o de la Superintendencia.

Asimismo, que las razones que emita la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios, para argumentar la necesidad de ampliación de los términos iniciales, debe ser en CONCRETO y no en ABSTRACTO. Fijando como tesis, que no basta un oficio simple, ni mucho menos, un documento que adolezca de información precisa relacionada con las pruebas que faltan por practicar, o las acciones a cargo del suscriptos/usuario, que no han sido efectuadas (Hecho generador de la mora en la respuesta).

Es de recordar a las ESP, que el Legislador propugna, por la EQUIVALENCIA, de las cargas entre las partes del Contrato de Condiciones Uniformes (usuario/suscriptor y la ESP), evitando todo acto de "superioridad o ensañamiento", en que pueda incurrir esta última, "Abuso de Posición Dominante", ni mucho menos, aquellas acciones desleales que pretenda gestionar, tendientes a eludir las sanciones legales, equitativamente asignadas a las PARTES.

Desde la marca Legal Almeyda Lawyers CE, brindando servicios nacionales y a propósito de la temporada decembrina, le otorgamos una alegría a una Familia Cordobesa, absolviendo de pagar, VEINTISIETE MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL DIECIOCHO PESOS MCTE ($ 27.097.018)

Contacto: 317 3019965

09/09/2024
24/10/2023

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21/10/2023

El "mototaxismo" se ha convertido en una solución inmediata de transporte para los Bumangueses ante el COLAPSO del SITMM, por lo tanto el candidato al Concejo de Bucaramanga por el partido ADA 17 pone a disposición su nombre, para hacer realidad este proyecto macro de transporte, en que seamos pioneros en la movilización de pasajeros en medios motorizados que brinden condiciones de seguridad para pasajero y conductor. + seguridad + progreso + oportunidades (SI a la regularización NO mas retenes NO mas persecución NO mas inmovilización + Trabajo + Oportunidades)

Contáctanos: 3182700843

"Como es costumbre, a pesar de ser un trámite reservado, se ha hecho ya público que en la investigación adelantada por e...
24/08/2020

"Como es costumbre, a pesar de ser un trámite reservado, se ha hecho ya público que en la investigación adelantada por el caso de la masacre del Aro y otros, el magistrado César Reyes Medina dispuso escuchar, el próximo 16 de septiembre de 2020, en versión libre al Presidente Uribe. Esta actuación, a nuestro criterio, carece de soporte jurídico pues la Sala Especial de Instrucción perdió competencia para continuar con dicha investigación, desde el 18 de agosto de 2020, fecha en que el Senado aceptó su renuncia",

"El mencionado proceso, inició en los años noventa, dictándose el 28 de diciembre 2000 resolución inhibitoria a favor del doctor Álvaro Úribe Vélez, esto durante la administración del Fiscal Alfonso Gómez Méndez. Adicionalmente, con ocasión de la declaración recibida a Francisco Villallba, en el año 2008, la Comisión de Acusaciones también investigó los hechos, sin encontrar mérito alguno", Trinó en la Cuenta Oficial de Twitter el Profesional.

Si bien los abogados reciben un mandato para defender los intereses de sus clientes, todo en el marco del debido proceso y la dignidad humana, no por ello, deberían actuar en forma irreflexiva y subjetiva extremista, ya que ello denotaría cierta relación de amistad, la cual si bien no esta prohibida ni contemplada en el régimen de impedimentos ni recusaciones, si pondría en tela de juicio la ética, transparencia y justicia que este profesional juró defender con su licenciamiento.

La práctica ha demostrado que no hay nada más espinoso y de doble filo, que "ser amigo cercano o familiar de tu abogado" pues en últimas, sería complejo determinar la finalidad en el obrar del profesional y peor aún, los mecanismos utilizados para favorecer a su cliente. A Groso modo, estaría persiguiendo no obtener una verdad que beneficie o perjudique a su apoderado, sino una verdad o una mentira, que lo beneficie a toda costa. (Caso de Úribe con Abogado Cadena)

En el comunicado oficial en la cuenta del Dr. Jaime Granados, se hizo bastante énfasis en la incompetencia de la Corte, y ello no fue así, en términos llanos y castos como cualquier profesional del Derecho hubo de emplear, sino que aún antes de divisar siguiera el panorama del escrito, se sintió su recelo e indignación, casi como si él sufriese en primera persona, la citación para declarar.

Por lo demás, se debe decir sin mayor tapujos que al profesional le faltó más empatia y sentido de la humanidad por la memoria de las víctimas, que si bien, aún están en espera de la verdad, no por ello, les sería grato, toparse en Twitter, con un oficio suscrito por un "promotor de derechos humanos por génesis" y leer sus desesperados mensajes, para "ganar tiempo" o para "eludir determinadas facultades de la Corte" o hacer énfasis en una suponible "extinción del derecho de acción criminal", ¿Quizás estrategia de defensa?, no lo sabemos, lo que si sabemos es que las víctimas .en estos momentos, se están revolcando en sus tumbas, aquellas no que no fueron cubiertas de la tierra que ellas mismas pisaron y cultivaron, sino de la arenilla que otros sujetos sin alma, desenmarañaron con sus manos, y las cuales, incluso hoy día, no han podido limpiar.

En este punto valdría la pena cuestionarse, en realidad ¿Era necesario semejante oficio tan acalorado para debatir un aspecto tan claro y evidente, como que ya no tenía competencia la Corte para resolver la responsabilidad penal del Ex Senador? ¿No era suficiente un oficio minúsculo donde el profesional solicitara a la Corte, que el imputado no tenía ya la calidad de senador y que por ende, reenviara el expediente al ente competente?, bueno, asumamos que este es su sello propio y el que lo hace ser, hoy por hoy, uno de los abogados con más renombre de Colombia.

Respecto de la idoneidad o no, de la Fiscalía General de la Nación y de la muy reconocida, influencia que le ejercen los partidos de Gobierno no ahondaré, solo resaltaré la obligación Estatal de otorgar a las víctimas, el restablecimiento de sus derechos "Compromiso Histórico". Los invito a que permanezcan activos, informados y críticos, porque no solamente somos un solo país, sino un mismo sentimiento. Miles de milímetros cúbicos de lágrimas de nuestros hermanos han caído al suelo que pisamos por estos últimos 30 años, producto de la violencia política y criminal que se ha aferrado a Colombia.

“Comunicado a la opinión pública de la defensa del señor Presidente ”

              https://ivanalmeydaabg9.wixsite.com/misitio¿Cual es el sueño mayoritario en Bucaramanga?¿tener una casa pr...
23/08/2020



https://ivanalmeydaabg9.wixsite.com/misitio

¿Cual es el sueño mayoritario en Bucaramanga?

¿tener una casa propia?, estamos seguros y lo corrobora una encuesta ciudadana realizada, en la cual se obtuvo como resultado mayoritario que de cada 10 ciudadanos, 8 sueñan con cubrir esa extraordinaria adquisición.

¿Pero porqué no ha sido posible realizarlo en las 3 anteriores generaciones de las Familias Bumanguesas?

1. Mal manejo de los procesos "Macro Económicos" a Nivel Nacional, ello es aquel procedimiento de regulación, análisis, control y formulación de las actividades económicas en las que intervienen los particulares, productores nacionales, consumidores, entidades estatales, productores extranjeros, y el cual es realizado por los "Políticos" los cuales tienen en su haber funciones de gestión y manejo del presupuesto público u ordenación del gasto nacional. (El desarrollo local esta determinado por las decisiones del orden nacional)

2. Desviación Indebida de Recursos Públicos a Manos Delincuenciales de Grandes Empresarios.

Qué sucede si la riqueza esta contenida en una olla de sancocho comunitario, y la doña que la sirve, da más raciones al hijo consentido, a la vecina favorita y empaca a escondidas unos 5 litros de sopa para darle a sus familiares cercanos, ¿Creen que los vecinos que sí estuvieron presentes y pusieron dinero para la preparación del sancocho comieron igual? ¿Quedaron con Hambre? ¿Es justo que los que no estuvieron presentes ni aportaron a la causa común, se alimenten?

Consejo: Investiga que es Cooptación del Estado.

3. ¿Crees que el dinero que se podría recuperar de las manos de la corrupción, no alcanzaría para crear un programa macro de vivienda de interés social a nivel Nacional y Local, conforme lo idealizó el art. 58 y Siguientes de la Constitución Política de Colombia? "¿Los Colombianos tenemos derecho a una vivienda digna?" ¿Es una mera expectativa o un derecho?


Conclusiones-

Los malos no son los Gobernantes y/o Políticos "Corruptos", sino los ciudadanos que no nos involucramos conscientemente en las decisiones más trascendentales del país.

¿Has visto esas tomas cinematográficas en que el "villano" y el "protagonista" pelean por el arma letal tratando de poseerla y con ella, dar el tiro de gracia a su oponente?. En este instrumento dos facciones depositan el rumbo de sus vidas, y un guionista, el rumbo de su historia.

El voto popular es una arma reconocida en nuestra constitución de 1991, la cual por mucho tiempo ha tratado de ser recuperada por los protagonistas ciudadanos, pero lastimosamente, dicho esfuerzo parece ser infructuoso, los villanos al día de hoy, han sido reelegidos una y otra vez.

No necesitamos un empresario-político en el poder, sino un ciudadano que en aquel sancocho comunitario, excluya a la doña de su rol, y reparta para todos los presentes en una forma digna y equitativa.

Una Bucaramanga Vital.

Iván Almeydahace una hora3 min.ABOGADO DE ÁLVARO URIBE DESCARTA COMPETENCIA EN LA CORTE SUPREMA PARA JUZGAR LA MASACRE DEL ARO."Como es costumbre, a pesar de ser un trámite reservado, se ha hecho ya público que en la investigación adelantada por el caso de la masa...1 vistaEscribir un comentari...

Recuerdan lineamientos de defensa de los usuarios de servicios públicos en sede de la empresaDe acuerdo con lo previsto ...
06/08/2020

Recuerdan lineamientos de defensa de los usuarios de servicios públicos en sede de la empresa
De acuerdo con lo previsto en los artículos 154 y 159 de la Ley 142 de 1994, los usuarios de servicios públicos, independientemente de su naturaleza o condición, pueden controvertir algunas decisiones de los prestadores a través de un debido proceso de reclamación, que debe agotarse de forma individual y que permitirá, una vez resueltas las respectivas reclamaciones, interponer en una sola oportunidad los recursos de reposición ante el prestador y de apelación ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Presentada una petición, queja, reclamo o recurso, el prestador tendrá quince días hábiles para responder de fondo y cinco días hábiles más para iniciar el trámite de notificación de la respuesta, según lo señalado en los artículos 67 al 69 del CPACA. Si el prestador no contesta dentro del plazo indicado, responde pero no lo hace de fondo, omite notificar su respuesta o surte la notificación de forma irregular, se entenderá que la petición ha sido resuelta a favor del usuario y el prestador deberá reconocer lo solicitado dentro de las 72 horas siguientes al término señalado, so pena de que se le ordene lo pertinente y sea sancionado por desatender a las solicitudes de los usuarios.

http://www.legismovil.com/home3.asp?

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