27/08/2026
⚖️ La Resolución 2708 de 2026 fue expedida por el Ministerio del Trabajo el 20 de agosto y dispone derogar o dejar sin efectos once circulares emitidas entre 2025 y 2026.
Estas circulares abordan asuntos como jornada laboral, trabajo a destajo, estabilidad laboral reforzada, debido proceso disciplinario, libertad sindical, vigilancia privada, plataformas digitales y trabajo doméstico.
📌 Sin embargo, existe una precisión jurídica indispensable: el artículo 10 establece que la resolución rige desde su publicación en el Diario Oficial.
Al 26 de agosto de 2026, la búsqueda oficial no registra su publicación y tampoco aparece en los Diarios Oficiales 53.601 y 53.602, correspondientes al 24 y 25 de agosto.
Por tanto, todavía no puede afirmarse que las once circulares hayan sido efectivamente derogadas por esta resolución. Lo correcto es indicar que el Ministerio dispuso su retiro, pero la entrada en vigor continúa pendiente.
Incluso después de la publicación, no desaparecerán los derechos y obligaciones que tengan fundamento directo en la Constitución, las leyes, los decretos, la jurisprudencia o las convenciones colectivas aplicables. Tampoco se archivarán o anularán automáticamente las actuaciones administrativas en curso.
🔎 Antes de modificar reglamentos, matrices legales o procedimientos laborales, debe verificarse la fuente jurídica que sustenta cada obligación y la publicación oficial de la resolución.
Guarde esta publicación para consultar sus principales efectos y precauciones.
Contenido informativo. No sustituye el análisis del caso concreto.