22/12/2020
¿Cómo puedo integrarme a la ACCIÓN DE GRUPO de los pescadores artesanales del sector rio magdalena comprendido entre la represa del quimbo y la represa de Betania que padecieron un daño antijurídico imputable a la nación – ministerio de ambiente y desarrollo sostenible; y EMGESA S.A E.S.P a título de daño especial?
SEÑORES:
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD AFECTADA CON IDENTIDAD EN LA RECLAMACION GRUPAL DENOMINADA PESCADORES.
Ahora bien, la descomposición y daño ambiental durante el llenado y puesta en operación de la hidroeléctrica El Quimbo y la alteración de las calidades de agua abajo del río Magdalena, en detrimento de los derechos patrimoniales de los demandantes, es un daño que se presume, a la luz de la ley 1333 de 2009 y según el Parágrafo 1 del artículo 5 le corresponde al infractor desvirtuar.
Así mismo el numeral 8º del artículo 95 constitucional prescribe entre los deberes de las personas y de los ciudadanos: "velar por la conservación de un ambiente sano"; y si bien la empresa constructora de la represa El Quimbo, contó con licencia ambiental para el efecto con lo cual obtuvo autorización o permisos para el aprovechamiento, uso y afectación de los recursos naturales y de contera el deber de realizar compensaciones a quienes resultaran afectados, no por ello quedaba liberada de responsabilidades por daños padecidos por sujetos de derechos que así lo demuestren.
Asunto: INTEGRACIÓN A LA ACCIÓN DE GRUPO pescadores artesanales del sector rio magdalena comprendido entre la represa del quimbo y la represa de Betania.
Despacho: Tribunal Administrativo del Huila.
Expediente No. 41001233300020160017000 –(01).
Magistrado Ponente: Dr. ENRIQUE DUSSAN CABRERA.
Pretensión: Indemnización Colectiva de Perjuicios.
¿CÓMO PUEDO INTEGRARME A LA ACCIÓN DE GRUPO?
Pasos a seguir:
1. Cliente: Llamar a la ONG GARANTIAS Y ENFOQUE DIFERENCIAL Con el fin, de verificar, concretar y acordar todo lo relacionado con la Acción de Grupo. (Datos de contacto, se encuentran descritos al final de la publicación – CONTÁCTENOS).
2. Cliente: Consignar el valor del aporte $ 50.000 por Gestión en el banco caja social ( multi línea) al N. de cuenta Ahorros 24051563428. A nombre de la ONG GARANTÍAS Y ENFOQUE DIFERENCIAL.
3. Abogado: Una vez consignados los Honorarios. La Oficina envía al correo electrónico del cliente: (Poder y requisitos )
4. Cliente: Debe Imprimir, firmar y autenticar Poder Y aportar los documentos que se requieren.
5. Cliente: Enviar los documentos anteriores diligenciados en original. Junto con los siguientes:
• -Poder Original debidamente autenticado ante notario público.
• -Copia servible cedula ciudadanía ampliada al 150% (autenticada).
• -Copia servible Acreditación De pescador (carnet y/o documento de soporte que certifique su condición de pescador antes del 2015).
• -Copia servible registro del censo ante alcaldía local y/o departamental, gobernación, AUNAP y demás que certifiquen condición de pescador antes del 2015; “O que era pescador artesanal registrado ante la UNAP y pese a no hallarse inscrito a la asociación anterior, resultó afectado conforme a los hechos motivo de la demanda. Para esta finalidad lo puede demostrar cualquier medio de prueba legal”.
6. Abogado: Recibidos los documentos anteriores. El abogado en representación del cliente, radica en el término. Solicitud de Adhesión a la Acción de Grupo, ante el Tribunal de referencia o consejo de estado así mismo cuenta de cobro ante la defensoría del pueblo.
¿PERSONAL QUE PUEDE INTEGRARSE A LA ACCIÓN DE GRUPO?
• Pueden integrarse a la demanda, todos los Que se hallaban registrados ante la UNAP como pescador artesanal antes de junio de 2015.
• Que se hallaba o halla asociado a la “asociación agropecuaria de pescadores artesanales del sitio de tortugas municipio de Yaguará”.
• que era pescador artesanal registrado ante la UNAP y pese a no hallarse inscrito a la asociación anterior, resultó afectado conforme a los hechos motivo de la demanda. Para esta finalidad lo puede demostrar cualquier medio de prueba legal.
• Demostrar por cualquier medio probatorio legal que antes de junio y meses siguientes de 2017 se hallaba en plena actividad pesquera en el sector comprendido la represa El Quimbo y la de Betania.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO, FIN O PRETENSIÓN DE LA DEMANDA
EN ACCIÓN DE GRUPO?
La Acción de grupo busca una indemnización colectiva de perjuicios. Por ser, pescadores artesanales del sector rio magdalena comprendido entre la represa del quimbo y la represa de Betania que padecieron un daño antijurídico imputable a la nación – ministerio de ambiente y desarrollo sostenible; y EMGESA S.A E.S.P a título de daño especial.
Por otra parte, es preciso aclarar que el trámite de la indemnización de perjuicios, se encuentra en etapa de discusión. Por lo tanto, pueden conceder o negar la indemnización económica en el fallo judicial. No obstante, si sale favorable, solo serán beneficiarios el grupo de personas reconocidas como partes integrantes dentro de la Acción de Grupo. Como también, es preciso dejar claro que, el Personal que no logre hacerse parte integrante, no puede volver a demandar la indemnización colectiva de perjuicios a través del presente mecanismo de ACCIÓN DE GRUPO. Porque la sentencia hace tránsito a cosa juzgada absoluta. La Ley no permite presentar varias acciones de grupo por los mismos hechos, fines y pretensiones.
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