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Decreto de Emergencia 0242 de 2026: Blindaje al Usuario y Estabilidad en los Servicios PúblicosEl Decreto de Emergencia ...
27/03/2026

Decreto de Emergencia 0242 de 2026: Blindaje al Usuario y Estabilidad en los Servicios Públicos

El Decreto de Emergencia 0242 de 2026 introduce medidas fundamentales para mitigar el impacto de la crisis en los servicios de gas y energía eléctrica. Esta normativa no solo aborda aspectos técnicos, sino que se traduce en alivios financieros concretos y en una hoja de ruta clara para asegurar la continuidad y asequibilidad de los servicios esenciales en las zonas afectadas.

👉 Protección al Usuario Damnificado: El decreto establece una garantía de justicia tarifaria: no se podrá cobrar consumo ni cargo fijo de gas a los usuarios cuyos inmuebles permanezcan afectados por la emergencia. Esta medida asegura que el cobro sea proporcional a la realidad del servicio y a la seguridad de la infraestructura.

👉 Flexibilidad Financiera sin Intereses: Para los estratos 1 y 2, se ordena el diferimiento de deudas previas por 12 meses, ampliables hasta 36 meses en casos de daños en redes internas o medidores. Lo más relevante es la eliminación de intereses de mora, proporcionando un respiro financiero vital para la recuperación de los hogares.

👉 Seguridad en el Abastecimiento y Control de Tarifas: El gobierno, a través del Ministerio de Minas y Energía y la CREG, fija lineamientos para ampliar la oferta de gas y establecer mecanismos de compensación para plantas hidroeléctricas. Estas acciones preventivas buscan contener la presión sobre las tarifas y garantizar que la emergencia no comprometa la estabilidad energética del país.

En Bernal & Partners Abogados, analizamos con rigor estas disposiciones para traducirlas en orientaciones prácticas que protejan los derechos de los usuarios y fortalezcan la confianza en la prestación de los servicios públicos.

Reflexión Final: La solidaridad institucional y el rigor regulatorio son las mejores herramientas para superar la crisis. El Decreto 0242 de 2026 es un paso firme hacia la protección del mínimo vital y la sostenibilidad del sector energético en beneficio de todos los colombianos.

Decreto de 0241 de 2026: Adición Presupuestal como Motor de Garantía Social:El Decreto de Emergencia 0241 de 2026 repres...
18/03/2026

Decreto de 0241 de 2026: Adición Presupuestal como Motor de Garantía Social:

El Decreto de Emergencia 0241 de 2026 representa un hito en la gestión de la crisis, al incorporar recursos extraordinarios al Presupuesto General de la Nación. Esta medida no es solo un ajuste contable; es una decisión estratégica del gobierno para asegurar que la base jurídica y financiera respalde de manera efectiva la atención en las regiones afectadas.

👉 Garantía de Derechos Sociales: El decreto robustece programas fundamentales como Renta Ciudadana y Hambre Cero. Esta inyección de recursos permite que los hogares damnificados cuenten con rutas de acceso claras y exigibles, transformando la voluntad política en una realidad administrativa que protege el mínimo vital de las familias.

👉 Continuidad del PAE y Protección de la Niñez: Una de las disposiciones más relevantes es el blindaje financiero al Programa de Alimentación Escolar (PAE). En contextos de emergencia, asegurar que la atención alimentaria no se suspenda es una prioridad. El decreto otorga a las familias y comunidades una herramienta jurídica sólida para demandar la continuidad del servicio educativo y nutricional.

👉 Infraestructura y Servicios Esenciales: La asignación de recursos para salud, agua, vivienda y vías proporciona a las autoridades locales y a las comunidades una base presupuestal nítida. Esto facilita la ejecución oportuna de obras de infraestructura básica, garantizando que la respuesta estatal sea ágil, transparente y orientada a restablecer los servicios indispensables.

En Bernal & Partners Abogados, analizamos con rigor el alcance de estas adiciones presupuestales para traducirlas en información útil y práctica. Nuestra misión es orientar a la ciudadanía y a las instituciones en el aprovechamiento de estas herramientas normativas para el bienestar común.

Reflexión Final: La eficiencia en la ejecución presupuestal durante una emergencia es el mayor reflejo de la probidad administrativa. El Decreto 0241 de 2026 es una invitación a la gestión transparente y al fortalecimiento de la confianza en las instituciones del Estado.

Decreto de Emergencia 0240 de 2026: Oportunidades para la Normalización Tributaria.Lejos de ser una mera imposición, se ...
17/03/2026

Decreto de Emergencia 0240 de 2026: Oportunidades para la Normalización Tributaria.

Lejos de ser una mera imposición, se configura como una herramienta estratégica que abre vías significativas para la normalización de obligaciones tributarias. Este marco normativo refleja un enfoque propositivo del gobierno para facilitar la puesta al día de personas y empresas con la DIAN, bajo condiciones excepcionalmente favorables.

👉 Beneficios para Obligaciones en Mora: Hasta el 30 de abril de 2026, el decreto permite el pago del 100% del capital adeudado, con una tasa de interés preferencial del 4.5% y una reducción de hasta el 85% en las sanciones. Una oportunidad clave para sanear la situación fiscal con un impacto financiero considerablemente menor.

👉 Declaraciones y Correcciones con Sanción Reducida: Para aquellos que no presentaron una declaración o necesitan corregirla, el decreto ofrece un camino claro. Los omisos pueden presentar sus declaraciones y otros contribuyentes corregirlas con una sanción reducida al 15%, sin liquidar intereses de mora, dentro de los plazos establecidos. Un incentivo para la formalización y el cumplimiento.

👉 Normalización de Activos Omitidos y Pasivos Inexistentes: El decreto introduce el impuesto complementario de normalización tributaria para 2026, con una tarifa del 19%. Esta medida proporciona una vía estructurada para regularizar situaciones patrimoniales, permitiendo a los contribuyentes anticiparse a riesgos futuros y fortalecer su seguridad jurídica.

En Bernal & Partners Abogados, analizamos con rigor los decretos de emergencia para traducirlos en información útil, práctica y oportuna. Nuestro compromiso es guiar a nuestros clientes en la comprensión y aprovechamiento de estas ventanas normativas para una gestión fiscal eficiente y transparente.

Reflexión Final: La proactividad en la adaptación a los cambios normativos es un pilar fundamental para la estabilidad financiera y jurídica. El Decreto 0240 de 2026 representa una invitación a la regularización, fomentando la confianza y el cumplimiento en el ecosistema tributario.

Estructura de Precios 2026: Un paso hacia la estabilidad y continuidad del servicio público de combustibles.El Ministeri...
11/03/2026

Estructura de Precios 2026: Un paso hacia la estabilidad y continuidad del servicio público de combustibles.

El Ministerio de Minas y Energía, en conjunto con el Ministerio de Hacienda, ha expedido la Resolución 40131 de 2026, estableciendo los valores de ingreso al productor para la gasolina motor corriente y el ACPM que entró a regir a partir del 1 de marzo.

Aspectos clave de esta normativa para el sector:

👉 Garantía de Suministro: La resolución busca reconocer los costos de oportunidad en la distribución, asegurando que el combustible llegue a todas las regiones del país de manera ininterrumpida.
👉 Mecanismos de Estabilización: Se reafirma el uso del Fondo de Estabilización de Precios (FEPC) como una herramienta técnica para mitigar impactos bruscos en el bolsillo de los ciudadanos, bajo principios de eficiencia y progresividad.
👉 Uniformidad Nacional: Al fijar un ingreso al productor aplicable en todas las zonas del país, se simplifica la estructura operativa, facilitando la logística y la comercialización en beneficio de la cadena de valor.

En Bernal & Partners valoramos estas actualizaciones normativas como instrumentos necesarios para mantener el equilibrio entre la sostenibilidad fiscal del país y la seguridad energética que requieren los sectores productivos y la ciudadanía en general.

Reflexión: ¿Cómo contribuye la estabilidad en los precios de los combustibles al fortalecimiento de la competitividad y al bienestar social en las regiones de Colombia?

Adiciones contractuales: ¿un derecho adquirido o una medida excepcional?En la práctica se ha extendido una premisa que c...
04/03/2026

Adiciones contractuales: ¿un derecho adquirido o una medida excepcional?

En la práctica se ha extendido una premisa que conviene corregir: que, si hay “espacio” presupuestal y margen hasta el 50%, la entidad pública puede adicionar. Pero el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 fija un límite (no una invitación): el contrato no puede adicionarse en más del 50% de su valor inicial, expresado en salarios mínimos.

Puntos en el radar de toda entidad y contratista:

👉 Agotamiento del objeto (disciplina de cierre): si el contrato ya cumplió su propósito, o la necesidad es materialmente nueva, lo correcto es cerrar, liquidar y contratar de nuevo, no “estirar” el negocio con otrosíes.
👉 Riesgo penal (art. 410 C.P.), alerta preventiva: el otrosí puede ser el acto donde se materializa la elusión de requisitos esenciales, sobre todo si se usa para evadir licitación o desconocer límites. Véase sentencias SP153-2017 (Rad. 47100) y SP386-2023 (Rad. 62645).
👉 Causa sobreviniente (sin “imprevistos”): no es admisible llamar “imprevisto” a lo previsible que debió estar en estudios previos, riesgos y planeación. La modificación se soporta en hechos de ejecución, no en déficits de planeación.

En Bernal & Partners sostenemos que la buena gestión contractual se mide por la capacidad institucional de preservar la selección objetiva y justificar, con evidencia, por qué una modificación fue excepcional, necesaria y proporcional.

Antes de adicionar, un test mínimo: i) objeto agotado o vigente; ii) adición sin desfigurar el objeto; iii) causa imprevista verificable; iv) motivación técnica, presupuestal, jurídica completa; v) trazabilidad para control y auditoría.

07/01/2026

¿Te dicen que “subió el mínimo” y por eso la comida debe subir 23% o más? Ojo: no funciona así. IPC e IPP explicados fácil. ¿Qué producto te subieron sin explicación? 👇

31/12/2025
31/12/2025

¡No todo sube el 23.7%! 🛑
Aunque el salario mínimo aumentó en 23,7%, esto no obliga a que otros precios suban igual. El arriendo, los impuestos y los créditos se ajustan por indicadores como el IPC o la UVT. Antes de pagar aumentos excesivos, revisa las reglas de tu contrato, negocio o consúltanos.

La Corte Constitucional se pronuncia sobre los derechos de los jugadores.
01/06/2024

La Corte Constitucional se pronuncia sobre los derechos de los jugadores.

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