07/08/2026
¿Qué hago si mi arrendador quiere subirme el canon por encima del IPC?
Arrancamos agosto con una nueva serie dentro de "Qué hago si...", dedicada a los arriendos. Cada semana resolvemos un caso real, paso a paso, con fundamento legal.
Hoy: el reajuste del canon de arrendamiento solo puede hacerse una vez al año —contado desde el cumplimiento de los 12 meses del contrato, no desde el 1 de enero— y no puede superar el IPC certificado por el DANE (Ley 820 de 2003, art. 20).
Recuerda que si tu arrendador es renuente a ajustarse a la normatividad vigente, puedes solucionar la controversia por mecanismos como la Conciliación.
Guarda este post para tenerlo a mano cuando renueves tu contrato 📌🏠