10/08/2026
Un gerente me preguntó esta semana: "Doctor, mis clientes no me pagan. ¿Es verdad que ahora puedo cobrar por arbitraje sin ir al juzgado?".
Le respondí: es verdad, y es nuevo.
✅ Desde el 27 de febrero de 2026, la Ley 2540 de 2025 permite pactar arbitramento ejecutivo: el cobro de obligaciones claras, expresas y exigibles se tramita ante un tribunal arbitral.
✅ El tribunal puede decretar embargos y secuestros, incluso antes de instalarse.
❌ Pero el que cobra asume los costos iniciales del tribunal: para carteras pequeñas no conviene.
❌ Y el arbitraje no arregla documentos flojos: sin contrato claro, factura aceptada o pagaré, y sin garantías, pierdes la ventaja.
La recuperación de cartera no empieza cuando el cliente deja de pagar: empieza en el contrato.
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— Leonardo Granados | LEGAL HELP, su departamento legal externo.