Praxis Abogados Bogota

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Conformada por un equipo multidisciplinarios de abogados para la solución oportuna de sus problemas.

19/10/2024

Implementación de la cadena perpetua a violadores y asesinos de niños.

En lo últimos días se ha venido debatiendo en la Cámara de representante la implementación de la cadena perpetua para los violadores y asesinos de niños y niñas en Colombia, ante lo cual me permito hacer las siguientes consideraciones.

El argumento central de los ponentes en el proyecto de acto legislativo es que con la prision perpetua se protegerá a nuestros niños y niñas de las garras diabólicas de depravados y asesinos, evitando de una vez por todas que se presente la reincidencia en el delito, asegurándolos a buen recaudo en una cárcel de por vida.

La exposición de motivos puede ser loable, pero es muy débil frente a la protección de los menores, siendo que el derecho penal aparecerá cuando el perjuicio se haya causado o el delito consumado.
Parece más sensato ocuparse de intervenir en las causas del delito y prevenir que esas conductas se cometan es como realmente se protegen los derecho de los niños. Ahora si lo que se quiere es castigar al victimario que se diga de alguna manera en el acto legislativo que la idea es que paguen una pena o prision perpetua como castigo, pero que no se diga que con eso se está protegiendo los derecho de los niños.
El otro argumento falaz es la reincidencia de los victimarios, pues bien yo no creo que exista una sola evidencia empírica o ejemplo de que con la legislación vigente alguien ha reincidido en este delito, como bien lo dijo el maestro Yesid Reyes Alvarado: “en el 2005 se expidió una ley que castiga el abuso sexual y el homicidio de menores con prision de 60 años, con rebaja de trabajo y estudio se reduce a 45 años, pero si una persona fue condenada en el 2005, tan pronto salió la ley que aumentó las p***s, esa persona va a salir de la cárcel en el 2045” de tal manera que el único momento que vamos a conocer de una posible reincidencia es después de esta fecha

Se trasmite un equivocado mensaje a los colombianos pensar que si establecemos la cadena perpetua van a disminuir los delitos contra los menores, cuando el problema se resuelve aplicando de manera eficaz la legislación vigente y fortaleciendo el aparato de investigación criminal para quien cometa estos delitos no pueda evadir la acción de la justicia.
Por estas razones me opongo a la implementación de la cadena perpetua en Colombia.

Carlos Arturo Oliveros Estrada

La verdadera escasez...La vida muchas cosas me ha enseñado, pero este último año me explico que la escasez es una condic...
18/02/2024

La verdadera escasez...

La vida muchas cosas me ha enseñado, pero este último año me explico que la escasez es una condición mental.
Y no, no se trata de un texto tipo coaching financiero ni de éxito, se trata de mirar a tu alrededor y ver la abundancia en aquello que no puedes comprar.

Este servidor recibe en Bogotá hace ya varios años, acá donde los servicios públicos son una religión que debe ser cumplida a cabalidad. Pero por un menjurje de situaciones estrés, ocupaciones, y algo de descuido olvide pagar el recibo del agua.
Sorpresa... Llegar de trabajar pasada la media noche y sin agua, me habían cortado el servicio.
De inmediato procedo al pago online y en mi mente estuvo "nada, lo pago y mañana ya tenemos el agua" pues no. Luego de pagado, y verme en la publicación de hacer el reclamo me tocó esperar casi 5 días para que me reconectaran el servicio.

5 días sin el vital líquido en su tubería, ropa sin lavar, trastes sucios y la casa al borde del colapso. Y ahí, en ese preciso instante comenzamos a valorar lo valioso de algo tan básico y cotidiano como lo es el agua. Algo normal para mí, un tesoro para un niño sediento en África y que vivi solo el trailer de lo que es vivir en escases de este recurso natural.

Me estás diciendo entonces que levantarme y abrir la llave del agua es una bendición? Que soy afortunado por tenerle ? Si, diariamente estamos rodeados de abundancia y comodidades que no valoramos. Por eso la vida nos manda un poco de escasez para valorar la abundancia, de sequía para valorar la lluvia, de caos para disfrutar la calma.

Y Hoy aunque no esté donde quiero estar, puedo mirar a mi alrededor y valorar sobre todo aquello que con dinero no puedo comprar, la familia, los amigos, lo momentos felices, un saludo, un café por la mañana, porque ese carro viejo del que tejas a diario es el sueño del que tiene 30 años viajando en bus para ir al trabajo, esa casa que quizás no tiene los Miles de lujos es el sueño de quién duerme en las calles, ese trabajo regular es el anhelo del desempleado.

Y no, no digo que te conformes con lo que tienes hoy. Pero recuerda que la vida es un viaje en tren y debemos disfrutar el camino, mira por ese ventanita del vagón, aprecia el paisaje, siente la brisa en tu cara, saluda al pasajero de al lado, sonreírle al chófer, pueden ser actividades tanto o más gratificantes que viajar en los asientos de primera clase.

Vamos pa lante!

25/05/2021

Nueva Modalidad de atraco
Tenga mucho cuidado
Y todos a compartir! Puede ser un familiar o amigo a quien le salves la vida!

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06/05/2021

Educación Peec
✨ ¡NUEVA FECHA DE INICIO! ✨

Taller de argumentación jurídica escrita 👩🏻‍⚖️✍🏽✒️⚖️

⏺️ Fecha de inicio: 22 de mayo de 2021
⏺️ Fecha de finalización: 14 de julio de 2021

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El taller se plantea como objetivo central ofrecer una mirada inicial sobre las herramientas cognitivas y comunicativas que permiten proponer estructuras argumentativas y producir textos a partir de ellas en el marco de los principios lingüísticos y lógicos pertinentes al contexto jurídico. Este taller está dirigido para estudiantes de pregrado y postgrado de Derecho; abogados, jueces, fiscales y personal del área administrativa de juzgados fiscalías, ministerios, superintendencias, contralorías, etc.

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🔵 Para mayor información puedes escribir al siguiente correo: [email protected]


Celebramos el día del trabajador, TRABAJANDO!! Porque cada día lo damos todo por nuestros clientes!Feliz día a quienes h...
01/05/2021

Celebramos el día del trabajador, TRABAJANDO!! Porque cada día lo damos todo por nuestros clientes!

Feliz día a quienes hacen parte de este equipo de trabajo!

¿SABIAS QUE? Los acuerdos de pago por comparendos ANTIGUOS NO se pagan! Hay un fenómeno que se llama PRESCRIPCIÓN y nos ...
22/04/2021

¿SABIAS QUE? Los acuerdos de pago por comparendos ANTIGUOS NO se pagan!

Hay un fenómeno que se llama PRESCRIPCIÓN y nos permite por la ANTIGÜEDAD de la deuda conseguir que sea exonerada (JURÍDICAMENTE y SIN que vuelva a aparecer) .

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Sin importar cuanto sea el monto de la deuda, te la vamos a quitar de encima por solo $300.000 pesos.

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🙋‍♂️ Sabias que SE PUEDE SALIR DE DATACREDITO 🥳 sin necesidad de PAGARLE a las casas de cobranza? 🧑‍⚖ La Ley de Habeas D...
06/04/2021

🙋‍♂️ Sabias que SE PUEDE SALIR DE DATACREDITO 🥳 sin necesidad de PAGARLE a las casas de cobranza?

🧑‍⚖ La Ley de Habeas Data se pronuncia sobre la prescripcion, y la Corte Constitucional ha ratificado el límite al establecer una protección al buen nombre y al debido proceso

❌“Bajo ningún argumento ❌ una deuda puede estar reportada en una central de riesgo financiero por más de 10 años. Algunas casas de cobranza están cediendo entre sí las carteras, pretendiendo burlar el límite impuesto por la Corte Constitucional.”

La ley civil establece que la prescripción de la acción ordinaria ocurre en el término de 10 años, contados a partir de que se hace exigible la deuda. En este sentido, el límite temporal de dicha información, tratándose de aquellas en las cuales el deudor nunca paga, se extiende, como una manifestación de sanción, por un período de 4 años que se estimaran a partir del momento en que la obligación prescribe, en concordancia con la Ley del Habeas Data, por lo anterior se establece que la prescripción para aquello deudores que no pagan se extiende hasta 14 años.

Si este es tu caso, las casa de cobranza te aturden por deudas que tienen mas de 10 años desde que entraste en mora, no puedes acceder a creditos bancarios producto de tus reportes negativos?

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Contacto

La libertad condicional se encuentra regulada en el artículo 64 del Código Penal, modificado por el artículo 30 de la Le...
01/03/2021

La libertad condicional se encuentra regulada en el artículo 64 del Código Penal, modificado por el artículo 30 de la Ley 1709 de 2014. Dicha norma consagra que, el juez, previa valoración de la conducta punible, concederá la libertad condicional a quien haya cumplido los siguientes requisitos:

1) que la pena impuesta sea privativa de la libertad;

2) que el condenado haya cumplido las 3/5 partes de ella;

3) que su buena conducta en el sitio de reclusión permita colegir al funcionario judicial que es innecesario seguir ejecutando la pena y

4) que se demuestre arraigo familiar y social. Respecto de “la valoración de la conducta punible”, esta expresión fue declarada exequible bajo el entendido de que las valoraciones hechas por los jueces de ejecución de p***s y medidas de seguridad para decidir sobre la libertad condicional de los condenados, tengan en cuenta las circunstancias, elementos y consideraciones hechas por el juez penal en la sentencia condenatoria, sean estas favorables o desfavorables al otorgamiento de la libertad condicional.

¿Quieres saber mas ? ¿Algun familiar privado de la libertad a quien le hayan negado la solicitud de libertad condicional?

Contactanos! podemos ayudarte.!

AQUI te contamos todos los beneficios a los que tiene derecho una Empleada Domestica!1. Empleada interna a tiempo comple...
17/02/2021

AQUI te contamos todos los beneficios a los que tiene derecho una Empleada Domestica!

1. Empleada interna a tiempo completo: Ganará, como mínimo, $908.526, además de las prestaciones sociales: afiliación a salud, pensión, etc. En este caso el empleador no está obligado a pagar el subsidio de transporte.
2. Empleada a tiempo completo, externa: Su salario mínimo será de $1.014.980, equivalente al pago mínimo y el subsidio de transporte. No se deben olvidar las prestaciones sociales.
3. Trabajadora doméstica por días: El salario diario es de mínimo $35.331, que corresponde al salario de un día más la proporción del día de descanso obligatorio, además del subsidio de transporte, correspondiente a $3.548 por cada día que preste el servicio, más las prestaciones sociales proporcionales a los días trabajados. Lo que significa $233.274 SEMANALES y por supuesto tener en cuenta que no sea empleada permanente no exime al empleador de sus obligaciones en salud y pensión.

Los pagos de la prima, vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías tienen que realizarse con base en lo que estipula la ley y, en caso de que sea una trabajadora contratada por días, de manera proporcional al tiempo trabajado.

Si la empleada doméstica externa trabaja más de 8 horas diarias, o más de las 48 horas semanales, el empleador tiene que pagarle horas extras. En el caso de la empleada doméstica interna la jornada máxima es de 10 horas diarias y 60 horas semanales. Si excede ese tiempo en sus jornadas, le deben pagar horas extras.

Si la trabajadora presta sus servicios en día domingo o festivo, tendrá derecho a que le remuneren cada hora trabajada más un 75% adicional. En caso de las internas hay derecho a un día de descanso semanal.

Es obligación del empleador afiliar a la trabajadora a seguridad social en salud (EPS), pensión y riesgos laborales y para eso podrá deducir, del salario pagado, hasta el 4% para salud y 4% adicional para pensión; para riesgos laborales a la trabajadora no se le puede deducir de su salario. Los descuentos se realizan sobre el salario que la empleada gane, sin tocar el auxilio de transporte.

Necesitas asesoria? Contactanos!!

Todos nuestros abogados especializados están a tu disposición sea de manera presencial o virtual (whatsapp, zoom, meet) ...
11/02/2021

Todos nuestros abogados especializados están a tu disposición sea de manera presencial o virtual (whatsapp, zoom, meet) para resolver sus consultas jurídicas y brindarle soluciones oportunas a sus problemas.

¿Que esperas para encontrar las soluciones que buscas?

Tenemos abogados especialistas en derecho Civil, derecho Penal, Derecho de Familia, Transito y Transporte, Sucesiones, Laboral y seguridad Social, Especialistas en materia contractual, Abogados de Seguros, Negligencia Medica, entre otros.

NO contamos con abogados especialistas en temas migratorios.

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Si en su trabajo con ocasión del COVID 19 lo despidieron injustificadamente, le desmejoraron sus condiciones laborales, ...
01/02/2021

Si en su trabajo con ocasión del COVID 19 lo despidieron injustificadamente, le desmejoraron sus condiciones laborales, o lo su suspendieron sin causa, NO SE QUEDE CALLADO.

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