30/04/2025
Tensión entre las funciones de la pena y las restricciones legales a beneficios penales en Colombia: una aproximación desde el derecho constitucional y comparado.
El derecho penal colombiano, como manifestación del ius puniendi del Estado, se rige por principios constitucionales y tratados internacionales que exigen que la pena cumpla fines legítimos, racionales y proporcionales. El artículo 4o del Código Penal establece funciones específicas para la sanción penal: la prevención general, la prevención especial, la retribución justa, la reinserción social del condenado y la protección tanto del condenado como de la sociedad. Sin embargo, en las últimas décadas, diversas reformas legislativas han consagrado restricciones absolutas a la concesión de subrogados penales o p***s sustitutivas, especialmente frente a delitos de alto impacto como los sexuales, los cometidos por servidores públicos o aquellos que comprometen la seguridad nacional. Esta situación plantea una tensión jurídica y política entre los fines humanistas del sistema penal, tal como lo concibe el ordenamiento constitucional colombiano, y una política criminal reactiva que privilegia el castigo por encima de la resocialización. El presente artículo analiza dicha tensión, confrontando el contenido normativo y jurisprudencial del artículo 4o con las disposiciones restrictivas del sistema penal, a la luz del derecho constitucional, internacional y comparado.
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