05/08/2026
¿Está prohibido tener una relación sentimental en el trabajo? La respuesta corta es NO. Dos personas adultas que se relacionan de mutuo acuerdo ejercen su libertad, y eso no es delito ni falta.
Pero como abogada laboralista, quiero explicar la línea que muchos no ven:
El problema no es la relación en sí. El problema aparece cuando NO hay consentimiento —cuando el acercamiento es no deseado—, porque ahí deja de ser una relación y se convierte en acoso sexual laboral (Ley 2365 de 2024). Y también cuando existe una relación de poder de por medio: un jefe y su subordinado, donde el consentimiento queda en entredicho por la presión que impone la jerarquía.
En esos casos ya no hablamos de un romance, sino de conductas que pueden constituir acoso laboral (Ley 1010 de 2006) o acoso sexual, con consecuencias legales serias para el agresor y para la empresa que lo tolera.
Conocer la diferencia protege a todos. ⚖️