31/08/2026
¿Quién paga la pensión de jubilación causada ante la extinta CAJANAL?
La de la Corte Suprema de Justicia precisó que las obligaciones pensionales que se causaron en su momento en cabeza de CAJANAL —al haberse cumplido los requisitos antes del cese de actividades de la caja como entidad de previsión social— deben ser asumidas por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) como sucesora legal de esta, sin importar que para el momento de la reclamación administrativa la Caja Nacional de Previsión Social ya hubiera desaparecido.
La Sala condenó a la UGPP a reconocer y pagar la pensión de jubilación por aportes a un celador, que en los últimos 10 años de trabajó acumuló más de 519 semanas de cotización ante CAJANAL.
Consulte aquí la sentencia SL335-2026 👉: https://acortar.link/HH6uMz