30/08/2026
"Somos 3 hermanos y está mi mamá. ¿Cuánto le toca a cada uno?"
Es probablemente la consulta que más recibimos en materia de herencias. Y la respuesta no se puede dar de inmediato, porque antes hay que responder tres preguntas.
La primera: ¿la persona que falleció estaba casada?
La segunda: si lo estaba, ¿el matrimonio era en sociedad conyugal?
Y la tercera: ¿los bienes se adquirieron dentro del matrimonio o antes de casarse?
Tomemos el escenario más frecuente en Chile: el padre estaba casado, lo estaba en sociedad conyugal, y la propiedad se adquirió durante el matrimonio.
Lo primero que hay que tener presente es que la mitad de esa casa ya pertenecía a la cónyuge. No la recibe por herencia: era suya desde antes del fallecimiento, por el solo hecho de estar casados bajo ese régimen.
Eso significa que el causante era dueño únicamente del 50% de la propiedad. Y por lo tanto lo que se hereda lo que efectivamente se distribuye entre los herederos es esa mitad, no la casa completa.
Puede parecer un tecnicismo, pero en la práctica cambia toda la conversación familiar. Buena parte de los conflictos entre hermanos que nos llegan al estudio nacen precisamente de este malentendido: se sientan a repartir un bien que nunca fue íntegramente del que falleció.
Si está en esta situación, escríbanos y revisamos su caso.
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