17/08/2026
SENTENCIA ⚖️ RUIDOS
🏗️ Les informamos de nueva sentencia dictada por el Segundo Tribunal Ambiental que acogió la reclamación presentada por Moller y Pérez-Cotapos Construcciones Industriales S.A. por el procedimiento sancionatorio instruido contra la faena de construcción de edificio en la comuna de Providencia, por infracción a la norma de emisión de ruidos.
📌 Esta magistratura constató que la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, tardó más de 26 meses desde que se configuró el deber de iniciar el procedimiento sancionatorio por ruidos hasta el momento en que dio inicio efectivo a este. Además, dice la sentencia, durante ese tiempo el ente fiscalizador no llevó a cabo ninguna actuación o gestión útil que justificara la demora, “lo que resulta particularmente relevante en atención a la naturaleza del incumplimiento”.
📝 “De este modo, al haberse substanciado el procedimiento en un plazo que, con creces, excede el razonable, la consecuencia jurídica no puede ser otra que la pérdida de su eficacia y, por lo mismo, la sanción consiguiente, puesto que queda vacía de contenido y sin fundamento jurídico que la legitime. Deviene, además, en abiertamente ilegítima pues, como se expuso, son manifiestas las vulneraciones a los principios de derecho administrativo que se producen con la dilación indebida e injustificada al momento de originar un procedimiento administrativo sancionador”, dice el fallo.
🔎https://tribunalambiental.cl/sentencia-r-553-2025-ruido-lyon-luterano-sma