10/10/2026
NUEVA LEY DE FLAGRANCIA EN CHILE: MÁS FACULTADES POLICIALES Y NUEVOS PLAZOS DE DETENCIÓN
Este 10 de octubre de 2026 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N.º 21.845, que introduce importantes modificaciones al Código Procesal Penal, ampliando los plazos para considerar determinadas situaciones de flagrancia y estableciendo nuevas facultades para las instituciones policiales.
📌 ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES CAMBIOS?
🔹 Ampliación de la flagrancia: el plazo de tiempo inmediato aumenta de 12 a 24 horas cuando la detención es practicada por agentes policiales.
🔹 Autoridad Marítima: se establece un plazo de hasta 48 horas para determinadas detenciones efectuadas en el ejercicio de funciones de Policía Marítima.
🔹 Nuevas facultades policiales: se permite solicitar voluntariamente grabaciones de cámaras de seguridad, registros audiovisuales e información de georreferenciación vinculada a la investigación de delitos.
🔹 Ministerio Público: podrá autorizar determinadas diligencias investigativas mediante instrucciones generales, siempre dentro de los límites legales.
🔹 Gendarmería de Chile: se reconoce expresamente su participación en determinadas actuaciones, dentro del ámbito de sus competencias.
⚠️ IMPORTANTE: Estas modificaciones no autorizan detenciones arbitrarias ni eliminan las garantías constitucionales. Los nuevos plazos se aplican únicamente a determinadas hipótesis de flagrancia previstas en el artículo 130 del Código Procesal Penal.
📲 En este carrusel te explicamos los principales cambios y sus consecuencias prácticas.
📄 Revisa el texto oficial de la Ley N.º 21.845 aquí:
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2026/10/10/44571/01/2884604.pdf
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