01/04/2025
El juicio de partición y Herencia.
-El juicio de partición es un procedimiento judicial de carácter forzoso, el cual tiene como finalidad poner fin al estado de indivisión o de una comunidad de herederos, para lograr la división y liquidación de los bienes en favor de los herederos.
-Es un procedimiento de arbitraje forzoso, vale decir, solamente pueden ser conocidos por la justicia arbitral. Así lo indica el artículo 227 del Código Orgánico de Tribunales.
-Es un juicio en que, la voluntad de las partes, tiene enorme influencia, pues prima sobre la voluntad del juez.
-Se trata de un juicio doble, en el sentido de que cada interesado desempeña, al mismo tiempo, el rol de demandante y el de demandado.
-Es un juicio universal, pues comprenden la totalidad del patrimonio de una persona; y El juicio de partición, no tiene una tramitación preestablecida, pues se desarrolla en los comparendos que sean necesarios para cumplir el objeto del mismo.
Requisitos:
-Que exista una comunidad hereditaria. Que todos los bienes de la persona causante se encuentren inscritos a nombre de la comunidad hereditaria, (que se haya realizado la posesión efectiva que corresponda).
-Que se reúna la documentación necesaria para realizar la partición.
-El derecho a pedir la partición de herencia, es irrenunciable, y puede solicitarla cualquiera de los herederos o herederas.
-La partición, puede efectuarse de común acuerdo por las partes, (herederos y herederas), o a través de un juez partidor, (juez árbitro)
-Cuando, no se puede consensuar, entre todos los herederos, el reparto de los bienes de la herencia, se deberá solicitar el juicio de partición.
-Repitamos. La partición de la Herencia, es un procedimiento que tiene por objetivo, poner fin a la comunidad que recae sobre la herencia que quedó al fallecer una persona, reemplazando la cuota, que cada heredero o heredera tiene en la misma, por bienes determinados que se entregan a cada uno de ellos.
Documentos mínimos requeridos:
-Certificado de nacimiento del presunto heredero o heredera.
-Certificado de defunción de la persona causante.
-Certificado de nacimiento de los herederos y herederas. Nombre completo, domicilio y profesión u oficio de todos los herederos y herederas.
-Certificado de dominio vigente de propiedades (a nombre de la sucesión).
-Certificado de vehículo motorizados (a nombre de la sucesión).
Otros documentos que acrediten dominio sobre bienes de la sucesión.
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