24/03/2026
HERENCIAS EN CHILE
SUCESIÓN INTESTADA.
La sucesión testada es aquella en que la persona, en vida, regula el destino de sus bienes mediante testamento. Sin embargo, no existe libertad absoluta para disponer de los bienes.
La ley protege a los herederos forzosos, que son los hijos, el cónyuge y los ascendientes.
La herencia se divide de la siguiente forma:
El 50% corresponde a la legítima, que debe destinarse a los herederos forzosos. Hijos, cónyuge sobreviviente y ascendiente.
El 25% corresponde a la cuarta de mejora, que puede favorecer a uno o más herederos forzosos.
El 25% restante corresponde a la cuarta de libre disposición, que puede dejarse a cualquier persona.
SUCESIÓN INTESTADA ( esta regulada por la Ley, según orden de sucesión).
En Chile existen dos formas de liquidar una herencia intestada:
En forma voluntaria, cuando los herederos están de acuerdo. Cuando hay acuerdo, el proceso es más rápido, más simple y evita mayores costos.
JUICIO DE PARTICION:
Cuando no hay acuerdo, debe iniciarse un juicio de partición, en el cual interviene un juez partidor que realiza la división de los bienes conforme a la ley, que es costoso y puede disminuir el valor de la herencia. Cuando no hay acuerdo, debe iniciarse un juicio de partición, en el cual interviene un juez partidor que realiza la división de los bienes conforme a la ley.
Este procedimiento implica tiempo, gestión y costos asociados
Error frecuente en las herencias
Un error común es pensar que, si uno de los herederos no quiere vender o no quiere liquidar, la comunidad hereditaria no puede terminarse.
Esto no es así.
Ningún heredero está obligado a permanecer en la comunidad.
Cualquiera de los herederos puede solicitar la partición de la herencia.
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