11/03/2024
¿Estás pensando en divorciarte, y piensas pedir compensación económica? Es relevante considerar que desde el año 2009, es posible pedir compensación económica con cargo a los ahorros contenidos en los fondos de pensiones del cónyuge.
En primer lugar, la compensación económica aplica cuando uno de los cónyuges se haya dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, y como producto de ello no haya podido realizar una actividad remunerada o lo hizo en menor medida de lo que podía o quería. De esta forma, la compensación económica aplica tanto a hombres como a mujeres, pero lo más común es que sea la mujer la que caiga en los presupuestos para que ella aplique.
En el fondo, esta compensación existe para resolver la diferencia que se produce en el desarrollo profesional o laboral de uno de los cónyuges en comparación con el otro, quien se dedicó al cuidado de los hijos o al hogar común, produciendo un detrimento patrimonial de uno a favor del otro.
Es importante tener en cuenta que la compensación económica no tiene como objetivo que él o la cónyuge que la recibe mantenga el nivel económico en el que se encontraba en el matrimonio, sino simplemente compensar el menoscabo económico causado por dedicarse al cuidado de los hijos o al hogar común.
En caso en que caigas en esta causal, la compensación económica se determina por el acuerdo entre los cónyuges, o es definida por el juez de familia, quien establece el monto y considera una serie de formas de pago que establece la ley: el pago de dinero, traspaso de bienes, entre otros.
Entre las formas de pago se encuentra el traspaso de fondos previsionales, por medio del cual se traspasa una porción de los ahorros en AFP desde una cuenta individual a otra. No se entregan los fondos en efectivo, sólo ingresan en la cuenta individual del solicitante de compensación económica.
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En resumen:
• ¿Qué es la compensación económica? Es un mecanismo para compensar a un cónyuge que ha sufrido menoscabo económico debido a dedicarse al hogar o a los hijos.
• ¿Quién puede solicitarla? Tanto hombres como mujeres, pero es más común que las mujeres cumplan con los requisitos.
• ¿Cómo se determina el monto? Por acuerdo entre los cónyuges o por decisión del juez de familia.
• ¿Qué formas de pago existen? Puede ser dinero, traspaso de bienes (tales como inmuebles, acciones, entre otros) o ahorros previsionales en AFP.
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