24/06/2023
SEREMI de Salud de la RM autoriza a empresas que desarrollen funciones impostergables que, ante el corte de suministro de agua potable, puedan funcionar igualmente disponiendo para sus trabajadores de un mínimo de 30 lt de agua potable para cada trabajador por día.
Tener presente que esto se aplica solo mientras dura la suspensión de suministro de agua potable. Luego, vuelve la regla general, en dónde el empleador debe disponer de un mínimo de 100 litros por cada trabajador por día.