13/07/2017
Jurisprudencia LABORAL:
Corte de Apelaciones de Santiago establece que contratos a plazo fijo sucesivos constituyen una sola relación laboral para efectos de término de la misma. Esto cuando la relación laboral es en su naturaleza de duración indefinida, a pesar de estar constituida formalmente por varios contratos sucesivos a plazo fijo.
En consecuencias el vencimiento del último contrato a plazo fijo no justificaría el término de la relación laboral, pues la relación laboral ya se ha vuelto indefinida.
En la causa, el trabajador comenzó a prestar servicios el 21 de enero de 2012, laborando en forma continuada, sin interrupciones, hasta la fecha de su despido, el 3 de enero de 2016 mediando más de 10 renovaciones de su contrato de trabajo. Por esta razón demandó despido injustificado, el cual fue declarado así por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Debe se aclare que son hechos probados en esta causa que se suscribieron contratos por obra o faena entre el demandante y la demandada para efectuar una misma tarea en distintos proyectos; que la demandada pagó de manera continua y por meses completos las cotizaciones de seguridad social del demandante; que se firmaron distintos finiquitos ante un ministro de fe competente; y que el demandante fue despedido por la causal de vencimiento del plazo convenido en el contrato de trabajo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo.
La sentencia fue recurrida de nulidad por la empleadora, por estimar que incurría en ultra petita, y subsidiariamente por haber sido dictada con infracción a los artículos 159 N 5 y 177 del Código del Trabajo, todo lo cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Fuente: Pagina del Poder Judicial de Chile (www.pjud.cl)
Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Fecha del fallo: 24/05/2017