11/11/2025
[Elecciones]¿QUÉ PASA SI NO VOTO EN ESTAS ELECCIONES?
A continuación te cuento todo el show...
El 139 bis de la Ley N° 18.700 dice:
Multa a beneficio municipal de *0,5 a 1,5 UTM*.
¿CUÁLES SON LAS CAUSALES POR LAS QUE *NO PODRÍA VOTAR*?
1. Encontrarme enfermo el día de la votación.
2. Estar fuera del país o estar a más de 200 km del local de votación.
3. Se preste funciones para el cumplimiento de lo que encomienda la Ley Electoral.
4. Poseer una discapacidad física o mental, acreditada.
5. Cualquier otra circunstancia grave calificada por el Juez de Policia Local.
_*¿ME PUEDO EXCUSAR ANTES DE IR A VOTAR?*_
No, la excusa se presenta cuando la falta se comete, es decir cuando no vaya a votar y sea citado a policia local.
_*¿QUÉ PASA SI ESTOY ENFERMO EL DÍA DE LA VOTACIÓN?*_
Debes adjuntar tu RAU de Urgencia o tu certificado médico que acredite la condición y la fecha sea la del día de votación.
_*¿QUÉ PASA SI ESTOY FUERA DEL PAÍS O ESTOY A MÁS DE 200 KM DEL LOCAL DE VOTACIÓN?*_
Debo acreditar aquello con carabineros si estoy en el país o en un consulado chileno en territorio extranjero si estoy fuera del país. Si estoy en faena, debo pedir a mi empleador una acreditación y presentarla a carabineros para hacer la constancia. Recuerda que la acreditación debe señalar a que distancia estás del local, no sirve la sola indicación de estar en faena.
_*¿QUÉ PASA SI PRESTO FUNCIONES A SERVEL?*_
Me puedo eximir de votar previa calificación de cumplir las funciones que encomienda la ley electoral.
_*¿QUÉ PASA SI TENGO UNA DISCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL?*_
Debo presentar al juez mi acreditación que emite el Registro Civil, es decir, mi credencial nacional de discapacidad. Si no tengo mi credencial también puedo presentar mi solicitud de certificación de discapacidad tramitada en COMPIN. También, puedo acreditar mi discapacidad física o mental presentando un certificado que acredite mi calidad de beneficiario de la pensión de invalidez.
_*¿QUÉ PASA SI NO ESTOY EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS O NO TENGO NADA DE LO ANTERIOR, PODRÉ EXIMIRME?*_
Es posible siempre y cuando los antecedentes que le presentes a tu juez de policía local sean los suficientemente graves.