21/09/2024
🧑🧑🧒🧒La asistencia familiar en Bolivia es un Derecho de los hijos y una obligación de los progenitores que debe cubrir la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta, por lo que es importante tener conocimiento de los siguientes puntos:
✅ La demanda será presentada ante el juez en materia familiar o en su defecto se puede firmar un acuerdo entre los padres (con reconocimiento de firmas) para su homologación por el juez.
✅ La asistencia familiar empezará a computarse a partir de la fecha de la citación con la demanda al obligado, para su cobro.
✅ La asistencia familiar se fijará en un monto no menor al 20% del Salario Mínimo Nacional (actualmente Bs. 500) pudiendo este incrementarse según los ingresos económicos mensuales del obligado a prestarla.
✅ La edad para solicitar la asistencia familiar es desde la concepción hasta los 18 años, pero puede ampliarse hasta los 25 años, siempre y cuando los beneficiarios estén estudiando, de forma regular y tengan resultados efectivos.
✅ En caso de incumplimiento en el pago de la asistencia familiar, se puede solicitar orden de apremio corporal para que sea trasladado al recinto penitenciario hasta que cumpla con el pago total de lo adeudado.
✅ La cesación de la asistencia (Dejar de pagar la asistencia familiar) procede a solicitud del Obligado y será viable cuando el beneficiario ya no lo necesite o el solicitante se encuentre imposibilitado de cumplir.
✅ El monto de la asistencia familiar es variable y no definitivo, este puede ser incrementado o disminuido de acuerdo al aumento de las necesidades del beneficiario y posibilidades del obligado.
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