29/04/2026
¿INAMOVILIDAD LABORAL EN GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES ?
Entre mitos, cambios de poder y realidad constitucional
Cada cambio de gestión municipal trae consigo una escena que ya parece habitual: oficinas que se vacían, funcionarios que recogen sus pertenencias y una pregunta que queda flotando en el aire: ¿era inevitable su salida o se trató de un despido ilegal?
En este contexto, dos ideas se repiten casi como verdades absolutas. Por un lado, que con la llegada de un nuevo alcalde se reemplaza a todo el personal. Por otro, que todos los trabajadores municipales gozan de inamovilidad laboral.
La realidad jurídica, sin embargo, se encuentra en un punto intermedio, menos simplista y mucho más técnico.
La Sentencia Constitucional Plurinacional SCP 0477/2022-S4 introduce un elemento clave en este debate: la inamovilidad laboral dentro de los Gobiernos Autónomos Municipales no es uniforme, ni puede interpretarse de manera generalizada. Depende, en esencia, del tipo de función y del régimen laboral aplicable.
Así, existe un grupo claramente protegido: aquellos trabajadores amparados por la Ley General del Trabajo. En esta categoría se encuentran los trabajadores manuales, el personal técnico–operativo y administrativo, así como quienes forman parte de empresas municipales. Para ellos, la estabilidad laboral no es una expectativa, sino un derecho exigible. Su desvinculación arbitraria no solo es cuestionable, sino que habilita mecanismos como la reincorporación laboral, conforme al Decreto Supremo N° 0496.
Pero hay otro grupo, muchas veces invisibilizado en el debate público, cuya situación responde a una lógica distinta: el personal de libre nombramiento, los directores, jefes, asesores y profesionales designados por confianza. En estos casos, la permanencia no está vinculada a la estabilidad, sino a la afinidad funcional y política con la autoridad de turno. Su remoción, lejos de ser excepcional, forma parte de la dinámica propia de la gestión pública.
Este contraste revela una verdad incómoda pero necesaria: no todo despido en el ámbito municipal es ilegal, ni toda desvinculación está justificada por el cambio de autoridad. La clave está en comprender que la estabilidad laboral no depende del contexto político, sino de la naturaleza jurídica del cargo.
En tiempos donde la rotación de personal suele justificarse sin mayor análisis, es imprescindible recuperar el enfoque técnico. Porque detrás de cada desvinculación hay derechos en juego, pero también hay límites claros establecidos por la normativa y la jurisprudencia constitucional.
Comprender esa diferencia no solo ordena el debate:
protege derechos, evita abusos y aporta seguridad jurídica en la gestión pública.