08/08/2026
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA - SALA PLENA.
CIRCULAR N° 01/2026 - 28 de mayo 2026
ASUNTO: LINEAMIENTOS SOBRE LA DETENCIÓN PREVENTIVA.
LO SUSTANCIAL QUE DICE EL TRIBUNAL SUPREMO:
1. LA REGLA ES LA LIBERTAD:
"La libertad constituye la regla y la privación cautelar de libertad la excepción"
O sea: nadie debería estar preso sin sentencia. Solo en casos excepcionales.
2. LA DETENCIÓN PREVENTIVA ES:
Excepcional + Subsidiaria + Instrumental + Provisional*
Solo se usa cuando no hay otra medida. Y solo para asegurar el proceso.
3. ¿CUÁNDO SÍ PUEDEN DETENERTE?
Únicamente cuando concurran de forma concurrente, motivada y objetiva los presupuestos del art. 233 y 234 del C.P.P.
Traducción: Riesgo de fuga + Riesgo de obstaculización. Y el juez tiene que fundamentar bien.
4. SE BASA EN:
- Art. http://115.II CPE: Debido proceso, defensa, justicia sin dilaciones
- Art. 180.I CPE: Principios de celeridad, probidad, verdad material
- Convención Americana DDHH art. 7.5 y 8.2
¿PARA QUÉ SIRVE ESTA CIRCULAR?
El TSJ le está jalando las orejas a todos los jueces de Bolivia. Les dice:
"Dejen de meter preso a todo el mundo. La cárcel no es para castigar antes de la sentencia"
`"La libertad es la regla, la detención es la excepción"`
5. LAS MEDIDAS CAUTELARES SON EXCEPCIONALES - Art. 7 C.P.P.
"La aplicación de medidas cautelares será excepcional"
Si hay duda, se aplica lo que sea más favorable al imputado.
Traducción: Si se puede con medidas sustitutivas, NO hay cárcel.
6. PLAZOS QUE AMARRAN AL FISCAL
- Etapa preparatoria*: Máximo 6 meses
- Si es caso complejo: Máximo 18 meses
- El fiscal debe informar cada 3 meses al juez qué está haciendo
O sea: no pueden tenerte años en investigación.
7. SI TE DAN DETENCIÓN PREVENTIVA - Art. 235 ter C.P.P.
El juez TIENE que poner:
1. Fecha exacta* de inicio y fin
2. Día y hora de audiencia para revisar tu situación
3. No necesita notificación extra. Ya quedas notificado ahí mismo.
Y si la detención era para un acto concreto, cesa en cuanto se hace ese acto.
8. EL JUEZ NO PUEDE FLOJEAR.
Debe controlar de oficio: excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.
Prohibido meterte preso con "fórmulas abstractas" o "peligro de fuga" sin prueba concreta.
9. LO MÁS FUERTE:
"La detención preventiva no puede constituirse en una pena anticipada"
No es para castigarte antes. Es solo para asegurar que vengas al juicio.
Deben hacer examen estricto de idoneidad, necesidad y proporcionalidad caso por caso. Y priorizar medidas sustitutivas.
EN BOLIVIANO
Esta circular es un freno a los jueces que meten preso por meter.
Ahora les exigen: fundamentar, poner fecha, revisar cada 3 meses, y usar cárcel solo si no hay otra.
Esto es jurisprudencia obligatoria para todos los jueces de Bolivia.
El TSJ dice que se usó mal la detención preventiva: recurrente, generalizada y desproporcional. Por eso ahora manda esto:
INSTRUCCIONES OBLIGATORIAS PARA TODOS LOS JUECES:
1. AL MOMENTO DE DAR CÁRCEL.
Deben aplicar estricto: necesidad, racionalidad, excepcional, subsidiario, provisional y proporcional.
La resolución TIENE que estar concreta, individualizada, objetiva y suficiente.
Prohibido poner "motivos genéricos" como "peligro de fuga" sin prueba.
1. USAR MEDIDAS MENOS GRAVOSAS.
Deben considerar primero: brazalete, arraigo, fianza, etc.
Menciona directo al Sistema ROMA-ARGO = brazalete electrónico con GPS.
Dice que es "idóneo y eficaz" y respeta más tus derechos.
1. REVISAR SIEMPRE LA CÁRCEL.
Los jueces deben revisar de oficio si sigue siendo necesaria la detención.
Si ya se cumplió el plazo o desapareció el riesgo, tienen que soltarte al instante.
SI YA SE CUMPLIÓ EL PLAZO.
Las detenciones preventivas vencidas deben revisarse. No pueden tenerte ni un día de más
LO SUSTANCIAL DE TODA LA CIRCULAR.
El TSJ le dice a Bolivia: "Basta de cárcel fácil"
1. Libertad es la regla.
2. Fundamenta o suelta - nada de copias y pegas.
3. Ponle fecha y revísalo.
4. Usa el brazalete ROMA-ARGO antes que la cárcel.
“Esta circular te sirve como espada para tu proceso penal. Cualquier juez que quiera detenerte tiene que chocar con esto primero”.
PUNTO 4 COMPLETO:
Cuando venza el plazo de la detención preventiva, el juez debe revisarla *de inmediato en audiencia.
Y si corresponde, cesarla sin dilación e imponer medidas menos gravosas.
Siempre respetando: excepcionalidad, necesidad, idoneidad, proporcionalidad, razonabilidad, temporalidad y mínima intervención.
O sea: no te pueden dejar ni 1 día más de lo que dice el auto.
PUNTO 5:
Ordena que esta Circular se difunda YA a todos los Tribunales Departamentales de Bolivia.
Y que se publique en redes y medios oficiales del Órgano Judicial.
Para que ningún juez diga "no”.
RESUMEN TOTAL DE LA CIRCULAR.
Esta circular es un manual anti-abuso para los jueces. Lo sustancial:
Qué dice. Qué significa para ti.
Libertad es la regla. La cárcel es lo último
Fundamenta o suelta. Nada de "peligro de fuga" sin prueba
Pon fecha y revisa Tienen que darte audiencia de control
Usa ROMA-ARGO Brazalete antes que cárcel.
Cesación inmediata Si venció el plazo, te sueltan.
⚖️⚖️⚖️ESTUDIO JURIDICO Justicia DIGNA PARA TODOS CON LA ESPECIALIDAD DE DEFENDER TUS DERECHOS ⚖️⚖️⚖️
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