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El rigor, la seriedad y la disponibilidad de nuestros abogados para con nuestros clientes, constituyen nuestras señas de identidad.

🎉 ¡VICTORIA LEGAL Y JUSTICIA RESTABLECIDA!El Estudio Jurídico Guillén Cuéllar celebra la resolución absolutoria emitida ...
22/08/2026

🎉 ¡VICTORIA LEGAL Y JUSTICIA RESTABLECIDA!
El Estudio Jurídico Guillén Cuéllar celebra la resolución absolutoria emitida a favor de nuestro defendido dentro del proceso penal vinculado a los hechos de la asonada militar de junio de 2024.
Tras un trabajo técnico rigoroso, transparente e incansable, la justicia ha determinado la absolución de culpa y pena, demostrando la total falta de fundamento en las acusaciones presentadas contra nuestro defendido.
En el Estudio Jurídico Guillén Cuéllar defendemos con firmeza el debido proceso, las garantías constitucionales y la inocencia de quienes depositan su confianza en nuestro equipo. Agradecemos la confianza brindada para llevar adelante este caso tan complejo con la seriedad que nos caracteriza.
📰 Conoce más detalles sobre este fallo en la nota de prensa de Erbol:
👉 https://erbol.com.bo/seguridad/justicia-absuelve-de-culpa-tres-acusados-de-la-asonada-militar-de-2024
📍 Estudio Jurídico Guillén Cuéllar — Defensa legal con ética, firmeza y resultados.

Un tribunal de sentencia determinó absolver a tres acusados, dos militares retirados y un civil, por una presunta participación en la asonada militar del 26 de junio de 2024. Los absueltos son los militares retirados Marco Antonio Bracamonte y Mario José Tanaka, además del civil Bismarck Imaña....

13/08/2026

📲Info completa en los comentarios⬇️

Qué vehículos quedarían TOTALMENTE EXCLUIDOS del Proyecto de Ley de Nacionalización de "Autos Chutos"? 🚗⚖️A propósito de...
02/07/2026

Qué vehículos quedarían TOTALMENTE EXCLUIDOS del Proyecto de Ley de Nacionalización de "Autos Chutos"? 🚗⚖️

A propósito del debate generado en el país tras la propuesta del Proyecto de Ley 494/25, que plantea una regularización extraordinaria y por única vez para los vehículos indocumentados en Bolivia, es fundamental analizar los límites legales que establece esta iniciativa normativa.

Como firma legal, queremos aclarar un punto crítico que está generando confusión: este proyecto NO es un "perdonazo" a ciegas ni amparará la ilegalidad.

El Artículo 7 de la propuesta legislativa es categórico al establecer 5 causales de exclusión absoluta, determinando qué motorizados NO podrán ser nacionalizados bajo ninguna circunstancia:

❌ Vehículos con denuncia de robo vigente: Esta es la restricción más severa. Los autos que cuenten con reportes de robo —ya sea en Bolivia, Chile u otros países— quedan estrictamente fuera del proceso. Se prevé un cruce de datos en tiempo real mediante DIPROVE e INTERPOL. (¡Atención! Intentar registrar un vehículo robado derivará en el decomiso inmediato y el inicio de acciones penales).

❌ Vehículos vinculados a actividades ilícitas: Cualquier motorizado relacionado con la comisión de delitos.

❌ Fallas en la inspección técnica o emisiones: Unidades que no aprueben los controles mecánicos y medioambientales mínimos.

❌ Falta de condiciones mínimas de seguridad: Motorizados que pongan en riesgo la seguridad vial.

❌ Vehículos fuera del territorio nacional: La ley aplicaría únicamente a los que ya se encuentran dentro del país a la fecha de su publicación oficial.

Si bien este proyecto aún se encuentra en etapa de análisis técnico y político por las instancias competentes, la propuesta es clara en proteger el derecho de propiedad y la seguridad jurídica. Adquirir o intentar regularizar un vehículo con problemas de origen o reportes de robo acarrea serias sanciones administrativas y penales.

¿Tienes dudas sobre los requisitos de posesión o el estado legal de un motorizado?

El Proyecto de Ley 494 plantea una regularización extraordinaria, “por única vez”, para los vehículos indocumentados que ya circulan en Bolivia. Fija siete requisitos, cinco exclusiones y dispone que toda la recaudación vaya a carreteras. El sector automotor rechaza la iniciativa.

https://www.facebook.com/share/p/1DvydUqW8v/
02/07/2026

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🔴 IMPORTANTE
Ya se encuentra disponible el "Protocolo de Atención al Usuario" en el siguiente link 👇
https://tsj.bo/wp-content/uploads/2022/06/PROTOCOLO-DE-ATENCION-AL-USUSARIO.pdf

“𝗖𝗼𝗻 𝘁𝗿𝗮𝗻𝘀𝗽𝗮𝗿𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝘆 𝗲́𝘁𝗶𝗰𝗮 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗮𝗰𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗮 𝗹𝗮 𝗮𝗱𝗺𝗶𝗻𝗶𝘀𝘁𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝘀𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮 𝗮𝗹 𝘀𝗲𝗿𝘃𝗶𝗰𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗲𝗱𝗮𝗱”

En el Estudio Jurídico Guillén Cuéllar & Asociados, nos mantenemos a la vanguardia legal. El nuevo Protocolo de Actuació...
13/04/2026

En el Estudio Jurídico Guillén Cuéllar & Asociados, nos mantenemos a la vanguardia legal. El nuevo Protocolo de Actuación en Materia Familiar ya es una realidad, y su principal objetivo es garantizar procesos más ágiles, humanos y con un enfoque prioritario en el bienestar de los más vulnerables.

¿Qué significa esto para ti?
✅ Menos burocracia en trámites familiares.
✅ Tiempos de respuesta más rápidos.
✅ Mayor protección a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Si tienes un proceso pendiente o necesitas asesoría, nuestro equipo está listo para aplicar estas nuevas directrices en tu favor.

𝐋𝐚 𝐧𝐢𝐧̃𝐞𝐳 𝐞𝐬 𝐟𝐮𝐧𝐝𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐫𝐮𝐢𝐫 𝐮𝐧 𝐩𝐚𝐢́𝐬 𝐦𝐞𝐣𝐨𝐫, 𝐥𝐚𝐬 𝐟𝐚𝐦𝐢𝐥𝐢𝐚𝐬 𝐬𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐧𝐮́𝐜𝐥𝐞𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐫𝐨𝐭𝐞𝐠𝐞 𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐚 𝐧𝐢𝐧̃𝐞𝐳

El Tribunal Supremo de Justicia, publicó el Protocolo de Actuación en Materia Familiar, en una fecha significativa para la protección a la niñez, como es el día del niño boliviano.

El Protocolo de Actuación en Materia Familiar establece lineamientos de actuación judicial conforme a la CPE, la Ley N° 603 y los tratados internacionales de derechos humanos, orientados a garantizar la tutela judicial efectiva, el debido proceso, la celeridad y la protección integral de las familias.

Para la Autoridad jurisdiccional, consolida un rol activo en la dirección del proceso, limitando la observación de la demanda a defectos claros y subsanables, prohibiendo formalismos innecesarios y restringiendo la improponibilidad a supuestos excepcionales debidamente fundamentados; asimismo, dispone la concentración de actos procesales en la audiencia preliminar (conciliación, saneamiento, resolución de excepciones y fijación del objeto del proceso y de la prueba) y orienta la actividad probatoria bajo criterios de pertinencia, legalidad, conducencia y necesidad, permitiendo la iniciativa judicial solo en casos justificados.

Asimismo, establece que la sentencia debe emitirse en audiencia y ejecutarse de manera inmediata, y prioriza el uso de medios telemáticos para las notificaciones.

Para los sujetos procesales, el protocolo garantiza un acceso a la justicia menos formalista, evitando rechazos arbitrarios de la demanda y asegurando un proceso concentrado, previsible y orientado a la solución efectiva del conflicto; además, brinda claridad sobre los efectos y plazos de los recursos y reconoce la eficacia de acuerdos suscritos ante instancias administrativas (defensorías), siempre que cumplan condiciones mínimas y respeten el interés superior del niño.

Este protocolo promueve un proceso familiar más ágil, ordenado y centrado en la protección efectiva de derechos.

¡Tribunal Supremo de Justicia, acercando la justicia a su pueblo!

Consulta el documento en el enlace: https://surl.li/qshvbv

Dirección

Avenida 16 De Julio, Nº 1472, Edif. San Pablo, Piso 15, Of. 504/505
La Paz
77289518-69994405

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