03/11/2025
📘 Equilibrio entre los derechos del imputado y la protección integral de las víctimas de violencia de género
La Sentencia Constitucional Plurinacional 0017/2019-S2, emitida el 13 de marzo de 2019 por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, resolvió una acción de libertad interpuesta por Jhonathan Milton Márquez Loza contra una jueza de instrucción anticorrupción de El Alto, quien había suspendido en varias ocasiones la audiencia de cesación de su detención preventiva.
El Tribunal reconoció que hubo demora injustificada en el tratamiento de la solicitud de libertad; sin embargo, realizó un análisis integral del caso, considerando también los derechos de la víctima de violencia familiar. Se destacó que en delitos de violencia de género el Estado tiene la obligación de actuar con debida diligencia, conforme a la Ley 348 y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
La sentencia enfatiza que la carga de la prueba recae en el Ministerio Público, no en la víctima, y que la falta de colaboración de esta última no puede justificar un sobreseimiento, pues ello vulnera los principios de celeridad, protección y no revictimización.
Asimismo, la decisión constitucional resalta que los jueces y fiscales deben actuar con sensibilidad de género y resolver con base en la verdad material, privilegiando los derechos humanos por encima de los formalismos procesales.
El Tribunal reafirma el deber del Estado de actuar con debida diligencia en casos de violencia hacia las mujeres.
Determina que la carga probatoria pertenece al Ministerio Público, no a la víctima.
Se establece que la inasistencia o falta de colaboración de la víctima no puede ser motivo de sobreseimiento.
Se exige a las autoridades judiciales celeridad y perspectiva de género.
La sentencia impulsa un enfoque integral que equilibra los derechos del imputado y de la víctima, priorizando la justicia material y la protección de los derechos humanos.