22/03/2026
🚨 ¿NO MOSTRAR EL DNI JUSTIFICA QUE TE ESPOSEN? EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RESPONDE
📃 Expediente N.° 00413-2022-PHC/TC
1️⃣ El Tribunal Constitucional del Perú precisó que el control de identidad policial no equivale a una detención. Negarse a mostrar el DNI no convierte automáticamente a una persona en sospechosa ni habilita el uso de la fuerza.
2️⃣ El uso de marrocas o reducción física solo es legítimo cuando existe riesgo real de fuga o agresión. Utilizarlas únicamente por un control de identidad resulta desproporcionado y contrario al principio de razonabilidad.
3️⃣ Si el intervenido no exhibe su documento, la Policía debe seguir el procedimiento legal para su identificación, pero no corresponde enmarrocarlo ni conducirlo por la fuerza a la comisaría sin flagrancia ni orden judicial.
📌 En síntesis: no mostrar el DNI no justifica esposar ni detener a una persona; hacerlo puede constituir una intervención arbitraria.
🔎 Resolución completa:
https://drive.google.com/file/d/1Co4CirEgeiJjcBpCujmtJMA2E88igQYH/view?usp=drivesdk
💬 ¿Han visto controles de identidad donde se exceda el uso de la fuerza policial?
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