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01/08/2023
01/05/2023

ES CORRECTO QUE UN FISCAL ANALISTA DESESTIME LA DENUNCIA PRESENTADA EN APEGO DEL ART. 55 DE LA LEY 260???

Cuando una persona considera que es víctima de un determinado delito, presenta su denuncia a plataforma de fiscalía, sin embargo muchas veces el/a fiscal analista desestima la denuncia, con argumento de que la relación factura es atípico o que no constituye delito, cuando lo correcto solo debería analizar aspecto formal y la competencia para el procesamiento.

Así lo establecido la SCP 0815/2019-S2 en sus fundamento III.2 sgtes.
(...) será arbitrario el disponer la desestimación por la atipicidad del hecho o por la falta de elementos de convicción necesarios..."

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Telf. 67485666

02/04/2023

LA IMPORTANCIA DE SABER DIFERENCIAR DOS TEORIAS.

Es importante saber dos teorías en materia penal que tanta falta nos hace en el ejercicio de la abogacía.
me refiero a la teoría del delito y a teoria del caso.

Podemos decir que el primero se enfoca en definir los elementos constitutivos de un delito en general?, o podemos decir que se refiere a la descripción y análisis de los elementos que conforman un delito; que dicen ustedes.

Por otro lado, podemos decir que el segundo se enfoca en aplicar esos elementos a un caso específico y desarrollar una estrategia legal basada en los hechos y circunstancias únicas del caso?, o podemos decir se refiere a la estrategia que se sigue en un juicio penal para probar la inocencia o culpabilidad de un acusado; que dicen, o estoy equivado ?

Objetivo: obtener mayor información para redactar acorde a las leyes, doctrina y jurisprudencia sobre estos dos teorías.


Interesante lina jurisprudencial
28/07/2022

Interesante lina jurisprudencial

ES POSIBLE LLEVAR AUDIENCIA DE CESACION EXISTIENDO APELACION CAUTELAR PEDIENTE POR RESOLVER CONFORME LINEAMIENTO DE SCP 0637/2017-S2.

El Juez puede conocer y resolver la segunda la solicitud de cesación a detencion preventiva, estando pendiente la apelacion de la primera, siempre y cuando la aludida solicitud se la realice sobre diferentes presupuestos establecidos en art. 239 del CPP, es decir si la apelación fue por el num.1 y la segunda solicitud de cesación es por num.2, no implica dualidad de resoluciones.

Por lo que el juez o tribunal no puede suspender la audiencia de consideración de cesación estando pendiente la primera ante tribunal de alzada cuando las causales son distintos, salvo que la apelación y la segunda cesación solicitada sea por el mismo causal del art. 239 CPP.

Así que ya saben amigos y colegas.
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La importancia de saber las etapas de inter crimines
30/06/2022

La importancia de saber las etapas de inter crimines

Consideraciones preliminares en Tentativa y las etapas de inter criminis en materia penal.

El hecho punible doloso recorre un camino más o menos largo llamado "inter criminis", que va desde que surge la decisión de comercio hasta la consecuencia de las metas últimas pretendidas con su comisión, padando por su ideacion, deliberación, preparación, comienzo de la ejecución, conclusión de la acción ejecutiva y producción dem resultado típico.
(Autor: Muñóz Conde Francisco y García Aran)

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SOBRE REGULACIÓN DE HONORARIOS DE ABOGADO EN LOS PROCECESOS JUDICIALES A TRAVES DE LA SCP 0834/2018-S2El Tribunal Consti...
08/05/2022

SOBRE REGULACIÓN DE HONORARIOS DE ABOGADO EN LOS PROCECESOS JUDICIALES A TRAVES DE LA SCP 0834/2018-S2

El Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0834/2018-S2, establecio prámetros para la regulación de honorarios profesionales de abogados en los procesos que patrocina, haciendo la distinción entre el honorario fijo y el porcentaje de la cuantía.
Asimismo hace la fundamentación sobre derecho a al trabajo y regulación de honorarios en art. 46-l de la CPE y srt. 23.l de la CIDH, donde el derecho al trabajo está protegida para todo trabajador.

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01/05/2022

FELIZ DIA DEL TRABAJADOR

La administración de la página , les hacemos llegar las felicitaciones a todos los trabajador@s del mundo, por recordar el Dia internacional del trabajador este 01 de mayo.
Dios los bendiga y proteja siempre por la gran labor que desarrollamos de diferwntws formas acorde a nuestros oficios.
Son los sinceros deseos de su página.

26/03/2022

SOBRE ARRESTO POLICIAL EN RIÑAS Y PELEAS

El Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido a través de la SCP 0591/2021-S3, respecto a la labor de la policía boliviana,
Que es arresto policial en riñas y peleas es constitucional si la misma tiene la finalidad de conservación del orden público, como inherentes a la prevención de seguridad y prevención del orden público, que conforme art. 251 CPE la policía boliviana tiene esa misión de defensa de la sociedad y co servicios de orden público; siempre y cuando no sea contrario a las normas, tampoco el arresto puede sobrepasar los 8 horas, incluso que la privación de libertad dure menos de 8 horas.

Así que ya saben, si le arresta el policía de la felcc o de tránsito por riñas y peleas o faltas de tránsito, no le 9yeden arrestar más de 8 horas, tampoco cobrar sumas de dinero.

&ASOC

Feliz día del Abogado
03/02/2022

Feliz día del Abogado

27/01/2022

DELITOS SANCIONADOS A PENA MAXIMA DE 30 AÑOS, IGUAL SALEN BENEFICIADOS.

¿es necesario modificar la ley para no continuar beneficiando a feminicidas, asesinos, violacion a menores, etc?

Si bien nuestra norma habla con sancionar a culpables a p***s maximas "sin derecho a indulto", pero la Ley 2298 sigue beneficiando con beneficios penitenciarios para acortar la pena.
No sería correcto que la Ley 2298 limite e indique "sin beneficios penitenciarios para delitos que no permiten indulto"
Solo así se puede endurecer las p***s para feminicidas, asesinos, infanticidas, parricidios, etc.
Cual el criterio de ustedes.

21/01/2022

La diferencia entre dolo y culpa.

Es necesario que un litigante sepa la diferencia de dolor y culpa en un delito y su respectiva clasificación.

Línea jurisdiccional en cesación a detencion preventiva en la Ley 548
25/12/2021

Línea jurisdiccional en cesación a detencion preventiva en la Ley 548

SOBRE LA CESACION A DETENCION PREVENTIVA EN LA LEY 548, APARTIR DE LA SCP 0659/2021

El Tribunal Constitucional Plurinacional ha realizado una fundamentación sobre la cesación a detencion preventiva a adolescentes en la Ley 548, si bien en su art. 291 habla sobre la cesación a detencion preventiva a infractores menores, el TCP a través de la SCP 0659/2021-S3 de 20 de septiembre, ha establecido de forma clara, precisa y objetiva que se debe reforzar y garantizar el interés superiores de menores de edad, dentro del mandato constitucional establecido en art. 60 de la CPE, asimismo ha citado a la SCP 818/2018-S1.
El deber del juzgador debe responder a las peticiones del acciones de manera clara fundamentada y motivada a fin de no vulnerar al derecho al debido proceso.

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