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Y ahora vemos en redes sociales a colegas publicitándose con supuestas audiencias virtuales, las cuales evidentemente so...
25/10/2023

Y ahora vemos en redes sociales a colegas publicitándose con supuestas audiencias virtuales, las cuales evidentemente son armadas (son fake) en muchos casos, y solo las usan para que la población neófita en temas jurídicos escuche sus discursos y argumentos armados con anteleación.
No caigan en ese engaño, es más, muchas de esas seudo audiencias solo develan la falta de preparación del abogado.
Las estrategias de marketing deben ser otras estimados colegas..

Un nuevo proceso penal en el que volvimos a salir ganadores, brindando seguridad a nuestros clientes.Fue una causa larga...
13/07/2023

Un nuevo proceso penal en el que volvimos a salir ganadores, brindando seguridad a nuestros clientes.
Fue una causa larga y tediosa, donde la presión política intento sobreponerse a la justicia.
Felicitamos a nuestro socio y director del área penal el Dr. Montes

¡¡LOGRAN CONDENA DE RED FEMINISTA DEDICADA A CREAR FALSAS ACUSACIONES DE DELITOS SEXUALES CONTRA LOS PADRES!!El psicólog...
25/07/2022

¡¡LOGRAN CONDENA DE RED FEMINISTA DEDICADA A CREAR FALSAS ACUSACIONES DE DELITOS SEXUALES CONTRA LOS PADRES!!

El psicólogo forense Julio Bronchal logró la condena de una red feminista dedicada a crear falsas acusaciones de delitos sexuales contra los padres.

Junto a José Manuel Aguilar y el prestigioso psiquiatra José Miguel Gaona, Bronchal actuó como perito de parte en el caso de Teodoro L.R., un caso en el que se logró destapar el escándalo protagonizado por la Asociación Andaluza para la Defensa de la Infancia y la Prevención del Maltrato (ADIMA) que, tal y como ha quedado acreditado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dirigió la declaración del menor.

La evidencia en vídeos muestra desde coacciones a golpes en la mesa que terminaban asustando al niño e induciendo sus respuestas".

"Me impactó la brutalidad con la que se trató a esa criatura de apenas 8 años. La mujer se levantó y dio un manotazo en la mesa que tembló todo. El niño, tremendamente asustado, se echó para atrás y ella volvió a la carga…" ¿Me vas a decir tú a mí que tu padre no te mete la p*** por el c*lo?" preguntó de forma literal.

"Yo no daba crédito", reconoce el psicólogo. "Yo creo que hasta la Gestapo tenía métodos más elegantes".

Tras una peregrinación judicial, el Supremo terminó anulando la condena de 14 años de prisión que recayó en el padre, por considerar que el tribunal estaba "contaminado".

El juicio se repitió y Teodoro L.R. quedó absuelto, tras pasar, eso sí, más de tres años en prisión preventiva.

"La asociación decía que aquel caso era de los más claros que habían tenido nunca, así que imagínate cómo serán el resto. Para echarse a temblar", subraya Bronchal.

Este no es sino un ejemplo más de un sistema en el que las feministas parecen estar copando todos los ámbitos.

"Estamos hablando de asociaciones ultra feministas de las que no sale títere con cabeza: varón que entra, varón que es culpable y si no, ya se encargan ellas de que lo sea", denuncia el psicólogo.

Con todo, Bronchal llama a preguntarse "cuántos Teos habrá en España". En su caso, tal y como subraya el psicólogo forense, "tuvo la suerte de tener dos hermanas y una abogada que han luchado como leonas, pero si no, podría haberse pasado 14 años en el trullo por un delito que no cometió".

EL JUICIO A FRINÉEn el sistema legal de la Antigua Grecia no había abogados profesionales, estaban prohibidos por el tem...
20/07/2022

EL JUICIO A FRINÉ

En el sistema legal de la Antigua Grecia no había abogados profesionales, estaban prohibidos por el temor de que las personas hábiles en el arte de la oratoria pudieran sugestionar al jurado. Las personas tenían que defenderse a sí mismas. Cuando las mujeres eran las acusadas, podían requerir el servicio de un “orador” que las representase. Este fue el caso de Friné, una bellísima hetaira acusada del delito de “impiedad”.

Dicho delito consistía en no respetar los ritos que se debían realizar a los dioses. Junto al atrevimiento de compararse con la misma diosa Afrodita.

“Friné fue acusada ante un tribunal por un amante despechado llamado Eutias, por supuestamente hacer burla de los misterios de Deméter y hacer actos de sacerdotisa en nombre de Afrodita. Eutias exigía la pena de muerte para la hetaira”.

En la Grecia de aquel tiempo regía la justicia popular. El tribunal estaba compuesto por ciudadanos elegidos por sorteo y las partes debían defenderse a sí mismas, de acuerdo con la Ley de Solón.

Para los griegos, el mejor sistema de descubrir la verdad entre dos personas era poniendo a una frente a la otra, dejando que cada una contara el asunto a su manera, aportando las pruebas que considerasen relevantes, sin permitir que un tercero interviniese. A esta metodología la denominamos hoy careo.

Al jurado al que nos hemos referido lo denominaban Heliea y estaba compuesto por 6000 ciudadanos, aunque normalmente sus miembros variaban según los temas a tratar. Para un proceso privado solían ser 201, pero cuando era público su número variaba de 501 a 1501. Todos eran elegidos por sorteo.

Aquello debía ser inmanejable, se dirán ustedes. Debía de serlo, pero era la consecuencia del ejercicio de una democracia libre y directa. En detrimento del sistema hay que aclarar que la actividad de defensa era un puro ejercicio de elocuencia por el que se trataba más de conmover que de convencer.

Y como no todos los que tenían problemas legales habían nacido con el don de la oratoria, solían contratar los servicios de los logógrafos jurídicos, antecedentes directos de los actuales abogados, quienes, tras estudiar los casos, les daban forma y redactaban un discurso que luego, sus clientes, los memorizaban para exponerlo ante el jurado popular.

La acusación contra Friné era de las más graves que se podían articular contra nadie. La hetaira lo sabía muy bien. El gran filósofo Sócrates se vio obligado a suicidarse por una acusación similar.

Friné no se llamaba realmente Friné, ese era su “nombre artístico”. Su verdadero nombre era Mnesaréte, que significaba “conmemorando la virtud”. Pero debido a la tez amarillenta de su piel le pusieron el mote de Friné (sapo).

Esta mujer nació en el año 371 a. C. y se supone que inspiró a Apeles, el pintor, su obra “Afrodita emergente, saliendo del mar”, y al escultor Praxíteles -amante suyo- que la tomó como modelo para su estatua de Afrodita de Cnidos, seducido por su impresionante belleza.

Dada su complicada situación, Friné pidió ayuda a su amigo y amante Hipérides -uno de los mejores oradores del momento- para que la representara ante el Areópago.

A pesar de que Hipérides se preparó a fondo y de que fue una de las mejores intervenciones de su vida, no consiguió convencer al jurado con su conmovedor discurso.

Por ello se vio obligado a utilizar un último recurso, su “bala de plata”. O dicho de otro modo, el “plan B”.

Hipérides miró al jurado. Friné estaba de pie junto a él, cubierta con una vestimenta ligera, y en un momento dado, sorpresivamente, desnudó a Friné ante sus señorías.

El impacto debió ser brutal, teniendo en cuenta que el jurado estaba compuesto sólo por hombres.

“El defensor agregó que ese cuerpo tan perfecto solo podía haber sido creado por la misma Afrodita y que acabar con él sería traicionar a la propia diosa. Todos quedaron tan maravillados que no dudaron en declararla inocente”.

En realidad, se trataba de un recurso legal extremo: los griegos creían firmemente en la Kalokagathia (lo bello es bueno), como una verdad absoluta. Su base era que, si algo era totalmente bello, era imposible que pudiera albergar maldad alguna. Y funcionó.

Esta historia ha inspirado diversas obras de arte, desde pinturas (como la que acompaña éste post) hasta esculturas. Incluso poetas como Charles Baudelaire, Francisco de Quevedo y Rainer Maria Rilke escribieron pensando en ella, el francés Camille Saint-Saëns creó una ópera que lleva su nombre, “Friné”, y el italiano Mario Bonnard dirigió una película sobre ella, “Friné, cortesana de Oriente”.

📌 Existe otra versión sobre el desenlace del juicio, en la cual Friné, con toda su ropa puesta, habla con cada uno de los miembros del jurado y los convence de su inocencia.

🎨 “Hipérides desnuda a Friné ante el Areópago”, año 1861, obra de Jean-Léon Gérôme.

✍️ Juan Alarcón (JAZ)
📖 Historia Universal Para No Dormir
🌐 https://linktr.ee/historiauniversalpnd

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Otros tiempos, donde la Ley debía ser aplicada sobre todo sentimentalismo y no existía POPULISMO PUNITIVO.Shakespeare en...
01/04/2022

Otros tiempos, donde la Ley debía ser aplicada sobre todo sentimentalismo y no existía POPULISMO PUNITIVO.

Shakespeare en su obra nos presenta: 1.- Un negocio jurídico de préstamo; 2.- Un fiador que avala con su propio cuerpo el contrato de préstamo. 3.- Un tribunal que resuelve los litigios en Derecho al servicio de una ciudad próspera (Venecia)
La reflexión sobre la primacía de la Ley. - Tal y como afirma Antonio -el deudor-: «El Dux tiene que cumplir la ley, porque el crédito de la República (Venecia como centro de negocios) perdería mucho si no se respetasen los derechos del extranjero». Asimismo, la Ley no puede obviarse aunque sea dura, pues no pueden sentarse precedentes: «Ninguno puede alterar las leyes de Venecia. Sería un ejemplo funesto, una causa de ruina para el Estado. No puede ser». demostrándose de esta manera que el respeto de la norma debe primar, y no puede aplicarse la misma en beneficio de un grupo en particular, esto por el bien de todos.

Cuan distinta es ahora la realidad, la Ley es lo último que se respeta, y se pretende someterla a grupos y sectores, olvidando los valores de equidad y justicia.

Festejando a nuestros queridos compadritos.FELIZ DIA COMPADRES!!!
17/02/2022

Festejando a nuestros queridos compadritos.

FELIZ DIA COMPADRES!!!

De conformidad a lo previsto por el art. 180.I de la CPE, entre los principios que sustentan a la jurisdicción ordinaria...
11/11/2021

De conformidad a lo previsto por el art. 180.I de la CPE, entre los principios que sustentan a la jurisdicción ordinaria, se establece el de verdad material, cuyo contenido en esencia, propende superar la dependencia de la verdad formal que emerge dentro de los procedimientos judiciales a partir de la inflexible aplicación de la letra mu**ta de la ley, por la verdad material que se corresponde con la realidad, debe superar todo límite formal que pudiera influir en la percepción real de los hechos
La Sentencia Constitucional Plurinacional 1783/2014 de 15 de septiembre, pronunciándose respecto al principio de verdad material y la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal “El art. 180.I de la CPE, establece como principio jurisdiccional que rige la función judicial, el de verdad material, teniendo tanto jueces y tribunales el deber y la obligación de velar por su cumplimiento, a tiempo de emitir sus resoluciones. Al respecto, la SC 0713/2010-R de 26 de julio, manifiesta lo siguiente: ‘…la jurisdicción ordinaria se fundamenta, entre otros, en el principio procesal de verdad material, que abarca la obligación del juzgador, a momento de emitir sus resoluciones, de observar los hechos tal como se presentaron y analizarlos dentro de los acontecimientos en los cuales encuentran explicación o que los generaron; de ello, se infiere que la labor de cumplimiento de este principio, refiere a un análisis de los hechos ocurridos en la realidad, anteponiendo la verdad de los mismos antes que cualquier situación, aunque, obviamente, sin eliminar aquellas formas procesales establecidas por la ley, que tienen por finalidad resguardar derechos y garantías constitucionales’ (las negrillas nos pertenecen).
Acorde con dicho criterio, la SCP 0144/2012 de 14 de mayo, estableció que: ‘…la estructura del sistema de administración de justicia boliviano, no puede concebirse como un fin en sí mismo, sino como un medio para obtener el logro y realización de los valores constitucionales, por otra parte, impele a reconocer la prevalencia del derecho sustantivo sobre el derecho adjetivo o sobre las formas procesales, que a su vez y en el marco del caso analizado obliga a los administradores de justicia entre otros a procurar la resolución del fondo de las problemáticas sometidas a su jurisdicción y competencia dejando de lado toda nulidad deducida de formalismos o ritualismos procesales que impidan alcanzar un orden social justo en un tiempo razonable’.
Consiguientemente, el principio de verdad material consagrado por nuestra Norma Suprema, encuentra su materialización en la función de administrar justicia, en cuyo mérito no es admisible la presencia de extremadas formalidades en dicha función, siendo deber y obligación de las autoridades jurisdiccionales procurar que las decisiones sometidas a su consideración sean emitidas procurando la solución de los conflictos y, si bien conforme al derecho adjetivo existen formas que se deben cumplir, éstas no pueden ser aplicadas por encima del derecho sustancial o de la justicia material” (el resaltado corresponde al texto original”

La mañana de hoy tuvimos una ceremonia religiosa en la oficina, con la fe puesta en el ser supremo, en busca del mejor c...
11/11/2021

La mañana de hoy tuvimos una ceremonia religiosa en la oficina, con la fe puesta en el ser supremo, en busca del mejor camino para el equilibro necesario en pos de una sociedad justa y equitativa.

Si escogiste la carrera de derecho es porque siempre has tenido el deseo de que este mundo sea un lugar mucho más justo....
13/10/2021

Si escogiste la carrera de derecho es porque siempre has tenido el deseo de que este mundo sea un lugar mucho más justo. Hoy que es el día del abogado te saludamos cordialmente y esperamos que puedas cosechar muchos más éxitos en tu vida.
Feliz día del abogado..

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