08/07/2026
Derecho a la imagen ¿Pueden tomar tu foto sin permiso?📸
El Artículo Nro. 53 del Código Civil y Comercial dice lo siguiente:
📌Para captar o reproducir la imagen o la voz de una persona, de cualquier modo que se haga, es necesario su consentimiento, excepto en los siguientes casos:
a) que la persona participe en actos públicos;
b) que exista un interés científico, cultural o educacional prioritario, y se tomen las precauciones suficientes para evitar un daño innecesario;
c) que se trate del ejercicio regular del derecho de informar sobre acontecimientos de interés general.
✅La mención es precisa, nadie puede captar ni reproducir tu imagen o voz sin tu consentimiento. Que alguien tenga permiso para fotografiarte no implica que pueda publicar esa foto.
✅Ambos son actos separados y requieren un consentimiento especial cada uno de ellos. A su vez, en caso de personas fallecidas, pueden prestar el consentimiento sus herederos o el designado por el causante en una disposición de última voluntad. Si hay desacuerdo entre herederos de un mismo grado, resuelve el juez. Pasados veinte años desde la muerte, la reproducción no ofensiva es libre.
🤔¿Qué sucede si alguien vulnera tu derecho?
Se puede reclamar la prevención de daños como reparación.
🤔¿Alguna vez te sucedió esto?
Te leo en los comentarios.
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