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04/05/2026

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🔴 La víctima, una adolescente, estuvo sometida durante más de tres años a través de Instagram y WhatsApp.

La Justicia condenó a un hombre a 20 años de cárcel por abuso sexual con acceso carnal cometido sin contacto físico, a través de medios digitales. El fallo, dictado por el Tribunal en lo Criminal N° 4 de Morón, marcó un antes y un después en la interpretación de los delitos sexuales en la era digital.

El acusado, Orlando Tristán Novillo, ya estaba preso en un penal bonaerense cuando sometió a la víctima, una nena que tenía 12 años al momento de los hechos.

Durante más de tres años, la mantuvo bajo un dominio psicológico feroz, utilizando redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas para manipularla, amenazarla y obligarla a realizar actos sexuales sobre su propio cuerpo.

Según la investigación, Novillo se hizo pasar por adolescente y utilizó identidades falsas en Instagram y WhatsApp para acercarse a la nena. El primer contacto se produjo en enero de 2020. Desde entonces, la sometió a un esquema de intimidación constante, amenazas de difusión de material íntimo y exigencias sexuales.

El fiscal de la causa, Claudio Oviedo, explicó al aire de TN: “El acusado fue quebrando la voluntad de la víctima a lo largo del tiempo, doblegándola con distintas y progresivas acciones. Así logró que siguiera sus instrucciones y cometiera los actos que él le pedía”.

El tribunal, integrado por los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez, entendió que el abuso sexual con acceso carnal no requiere necesariamente contacto físico.

El rol clave de una docente y la valentía de la víctima

El caso salió a la luz cuando la nena, después de años de sometimiento, confió en una docente y le contó lo que estaba viviendo. Esa intervención fue clave: “La docente no la juzgó, la orientó y junto a la familia pudieron hacer la denuncia”, destacó el fiscal, y sumó: “El mensaje es claro: las víctimas no están solas. Es fundamental que los adultos estén atentos y acompañen”.

La investigación reveló que Novillo no solo exigía imágenes y videos, sino que también extorsionó económicamente a la familia, obligando a la víctima a enviarle datos de tarjetas de crédito y débito. El perjuicio económico superó los $350.000, además de transferencias a billeteras virtuales.

Un fallo que marca un camino en la Justicia argentina

El TOC 4 de Morón consideró probado que la víctima estuvo “cautiva” en un verdadero cautiverio psicológico y digital durante más de tres años. En el celular del agresor, los peritos hallaron al menos 719 archivos con contenido de abuso sexual infantil.

Novillo fue condenado por abuso sexual con acceso carnal, producción y tenencia de imágenes de abuso infantil, promoción de la corrupción de menores, extorsión y defraudación mediante tarjetas de crédito.

El informe psicológico oficial concluyó que la adolescente tenía síntomas de trauma severo, baja autoestima y perturbaciones en el sueño.

El fiscal Oviedo insistió en la importancia de la denuncia y el acompañamiento: “Las instituciones educativas tienen protocolos y deben intervenir. Si la familia no actúa, los directivos están obligados a denunciar”.

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01/05/2026

Estudio Jurídico Núñez & Asociados les desea un muy feliz día del trabajador para todos y especialmente a nuestros clientes que nos dan día a día la oportunidad de continuar trabajando junto a uds! Que disfruten este día.

20/04/2026

El domicilio había sido clausurado en octubre de 2025 porque se comercializaban estupefacientes. Es la quinta construcción que se demuele desde que el gobierno provincial adhirió a la desfederalización.

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11/04/2026

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27/03/2026

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29/01/2026

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27/01/2026

EXCELENTE DECISIÓN DEL JUEZ MIRA👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻

🛑Fallo ejemplar: debe comprarle una casa a su hijo por no haberlo reconocido!🛑

SENTENCIA
Fallo ejemplar: debe comprarle una casa a su hijo por no haberlo reconocido

La Justicia de Tres Arroyos condenó a un empresario a pagar una indemnización histórica tras negar su paternidad durante 38 años
Por P.L.
LEGALES - 26 de Enero, 2026

La justicia argentina dio un paso fundamental en la protección del derecho a la identidad y la responsabilidad parental con un fallo que sienta un precedente histórico en la provincia de Buenos Aires. Un empresario fue condenado a indemnizar a su hijo biológico, hoy un hombre de 36 años, por el daño moral y material causado tras décadas de abandono y falta de reconocimiento legal. Lo que hace extraordinario a este veredicto no es solo la condena en sí, sino la magnitud de la reparación económica impuesta, que busca equiparar el patrimonio del demandante con el que habría tenido de haber sido criado como parte de la familia del demandado.

Durante más de tres décadas, el demandante, que se crió solo con su madre, que es trabajadora de casas particulares, vivió bajo la sombra de la incertidumbre, mientras su progenitor biológico desarrollaba una vida de solvencia económica y reconocimiento social en la región. El proceso judicial, que incluyó pruebas de ADN irrefutables, no solo confirmó el vínculo sanguíneo, sino que dejó al descubierto una conducta de desidia por parte del empresario, quien pese a conocer la existencia de su hijo, optó por ignorar sus obligaciones legales y afectivas. La sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 1 de Tres Arroyos llega para intentar subsanar, al menos desde lo material, una vida marcada por la exclusión.

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27/01/2026

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21/01/2026

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22/06/2025

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