08/08/2026
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Les dejamos a continuación, un resumen de sumario de un resolución destacada en materia de DERECHO DE FAMILIA. UNIONES CONVIVENCIALES: "La actora planteó una demanda en contra de su ex conviviente, pretendiendo la liquidación del patrimonio que consideraba común con quien fue su compañero de vida. La pretensión fue rechazada por el juez de primera instancia, por considerar que, la actora no había acreditado los aportes a la sociedad de hecho. La actora planteó un recurso de apelación. Finalmente, la Cámara acogió la demanda, aplicando la perspectiva de género.
1. Si para determinar si existió o no una sociedad de hecho entre actor y demandada, entre quienes existió una unión convivencial, valoramos la prueba de los aportes con criterios del derecho societario podríamos llegar a la conclusión que no existió. El tal caso, los hechos reconocidos por ambas partes deben ser juzgados dentro de la perspectiva de género, que lleva a considerar la posición de la mujer en una situación de inferioridad en relación a la del varón, como resultaría si se menospreciara su aporte a la vida familiar, por no haber contribuido con sumas de dinero significativas, sin considerar el rol que como madre y compañera del demandado realizaba, permitiendo que este se desarrollara en su actividad laboral, e incluso pudiera efectuar inversiones.
2. Cuando existe un proyecto de vida en común, cada parte aporta según el rol que desempeña en la pareja, en la familia. De esta manera si se tiene un hijo, y se convive, y uno de los convivientes realiza tareas remuneradas, o efectúa emprendimientos económicos, lo puede hacer en la medida que el otro conviviente se está ocupando de las tareas domésticas, del cuidado del hijo, en la medida que administra los gastos de manutención en común, e incluso también sacrificándose y economizando en dichos gastos, para que pudiera el demandado invertir. ..."
-Sucesiones -Divorcios -Cobranzas -Contratos -Despidos -Accidentes -Daños y Perjuicios -Uniones convivenciales -Escrituración -Tramites del Automotor -Amparo de Salud -Alimentos
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