Estudio Jurídico Insaurralde & Asoc.

Estudio Jurídico Insaurralde & Asoc. Dedicados desde hace 20 años a prestar una amplia gama de servicios en las distintas áreas del derecho. Conciliación. Convenios colectivos de trabajo. Alimentos.

1) SOBRE NOSOTROS
El Estudio Jurídico Insaurralde – Gonzalez Becares & Asoc. se encuentra radicado en las ciudades de TANDIL y BAHIA BLANCA actuando en toda la zona de influencia a saber: Mar del Plata -Tres Arroyos, Azul - Benito Juarez – Rauch - Gonzalez Chaves – Ayacucho - Pedro Luro - Mayor Buratovich – Medanos – Coronel Borrego – Loberia - Balcarce
Somos un Estudio Jurídico joven que nace d

e la fusión del Estudio Jurídico del Dr. Gonzalez Becares de la ciudad de Bahía Blanca y del Estudio Jurídico del Dr. Javier Insaurralde de la ciudad de Tandil, dedicados desde hace 7 años a prestar una amplia gama de servicios en las distintas áreas del derecho, especializándonos en la problemática empresarial y específicamente en el recupero de cartera en mora. Nuestro principal compromiso es brindar a nuestros clientes asistencia legal en forma leal, adecuada y efectiva en relación con los costos, ayudándolos a lograr sus objetivos corporativos y a resolver con éxito los conflictos y transacciones.


2) RECUPERO DE CRÉDITOS

Nuestro estudio conforma una dinámica unidad de trabajo, basada en la EFICACIA, FIABILIDAD, CAPACITACIÓN, CONFIDENCIALIDAD y una profunda DEDICACIÓN AL TRABAJO, para así lograr un ejercicio responsable de la REPRESENTATIVIDAD de nuestros clientes y el mayor porcentual de recupero en la gestión de carteras en mora. Para ello hemos estructurado el mismo en SEIS áreas claramente diferenciadas, que actúan en forma coordinada por un objetivo en común: RESULADOS POSITIVOS. Las hemos clasificado de la siguiente manera: PRIMER INCUMPLIMIENTO; MORA TEMPRANA; COBRANZA PREJUDICIAL, COBRANZA JUDICIAL, COBRANZA EXTRAJUDICIAL Y CARTERA INCOBRABLE – TRATAMIENTO FISCAL

2.1.PRIMER INCUMPLIMIENTO

Proponemos políticas de cobranzas estratégicas para los casos en que el primer pago del crédito no sea realizado. Es este un segmento de cartera muy específico que requiere de un tratamiento especial e inmediato que evite dilaciones que tornen irrecuperable el dinero. La falta de cumplimiento en término, de la primera obligación parcial, denota con clara evidencia, una voluntad fraudulenta manifiesta. Es preciso actuar de modo rápido y oportuno, a fin de evitar consecuencia económicas nefastas para el acreedor. Para ello nuestro estudio cuenta con un equipo de trabajo especial para atender este sector particular de la cartera que exige medidas judiciales y extrajudiciales, simultáneas, inmediatas y complementarias entre sí. Este servicio constituye una verdadera novedad que asegura, en estos casos específicos, disminuir sensiblemente los niveles de irrecuperabilidad de cartera.

2.2.MORA TEMPRANA
Buscamos generar la recuperación de las carteras confiadas desde los primeros días de la mora, para lograr la pronta recuperación del dinero y encauzar la conducta incumplidora buscando así fidelizar al cliente de nuestro representado. La disciplina de pago es un hábito que es preciso generar y cuidar desde el inicio de la relación contractual, actuando prudencialmente. La tercerización de esta tarea, en el ESTUDIO JURIDICO INSAURRALDE – GONZALEZ BECARES & ASOC. incide de modo directo en una notable mejora de los costos internos de la empresa. Los beneficios:
• No se desvían recursos internos, para tareas de recuperación;
• Los gastos son trasladados de modo directo al cliente moroso;
• Mayor probabilidad de resultado exitoso atento a la capacidad y especialidad del Esudio.
• Contención de los índices de mora.

2.3.- COBRANZA PREJUDICIAL
Utilizamos recursos humanos, tecnológicos y estratégicos para reconvertir la cartera, logrando prontos resultados acordes a los objetivos fijados por el cliente y optando por la fidelización del deudor en caso de ser interés de la Empresa. La gestión prejudicial es concebida como una etapa previa y necesaria, anterior siempre a cualquier acción judicial, e incluso como un modo efectivo de evitar derivar en ésta. El proceso se inicia dentro de las veinticuatro horas de asignado el caso, con su carga en el sistema informático, y un análisis del lote en cuestión tendiente a desarrollar una estrategia acorde a la cartera. Esto implica necesariamente, segmentarla conforme a una serie de variables, entre las que se destacan: datos domiciliarios, telefónicos, laborales, montos de deuda y fecha de mora.


2.4.- COBRANZA JUDICIAL
Llevada a cabo por nuestro departamento legal, en caso de gestiones extrajudiciales infructuosas cabe utilizar esta herramienta de cobro, que resulta eficaz si se hace un manejo adecuado de ella. Es por ello que optimizamos los recursos para que la cobranza judicial sea efectiva, con resultados concretos no solo desde el punto de vista jurídico sino económico. Para que esto sea posible, realizamos previo al inicio de los procesos, un estudio técnico de factibilidad para evitar iniciar juicios que no tengan altos índices de posibilidades de cobro efectivo. Así mismo, conjuntamente con la promoción del expediente principal se inicia una medida cautelar preventiva, que tiende a lograr el aseguramiento de las resultas del juicio, aún antes de la notificación efectiva al deudor del inicio del proceso judicial en su contra. Es de destacar que l a información resultante de cada etapa de los procesos iniciados, será puesto a disposición de nuestros clientes de un modo ágil y sencillo, y la información será actualizada de manera permanente, cubriendo de este modo el vacío de información existente hoy en día, por el uso de la metodología tradicional.


2.5.- COBRANZA EXTRAJUDICIAL

Paralelamente al proceso judicial, acompañamos el mismo mediante una gestión extrajudicial con alto estándar ético que permita la resolución del proceso en forma anticipada y efectiva. El objetivo es coadyuvar a la acción judicial planteada ante los estrados judiciales competentes, con el objeto de lograr una solución amigable, anticipada y no traumática con el deudor. En tal sentido, y conforme las expectativas del cliente, se desarrollan en esta instancia herramientas de negociación que permitan al deudor solucionar el conflicto en forma pacífica, y manteniendo el carácter negocial de la cuestión

2.6.- CARTERA INCOBRABLE
Se efectúa luego de un plazo prudencial y se aplica a carteras que, fracasada la gestión extrajudicial, no calificaron para el inicio de las correspondientes acciones legales o cuyos documentos o plazos legales de cobro se encuentran prescritos. En base a las pautas que disponga cada cliente, el objetivo en esta instancia es recuperar parte del capital adeudado ofreciendo importantes quitas, descuentos y ventajosas condiciones de pago. Asmismo es de destacar que nuestro estudio documenta y avala toda la gestión efectuada a los fines del recupero crediticio, por ello la formación del legajo de cada uno de los deudores, cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Impuestos a las Ganancias, sus Decretos Reglamentarios y las Disposiciones de la AFIP, por lo cual nuestros clientes podrán deducir del pago de Ganancias los créditos no recuperados.


3.- ÁREAS DE PRÁCTICA

3.1.BANCOS Y FINANCIERAS

Papeles de Comercio
Concursos y Quiebras
Cobranzas
Litigios
Derechos del consumidor
Reparación de abusos
Anulación de cláusulas abusivas
Negociación y Refinanciaciones
Reingeniería financiera
Gestión de créditos
Revisación de la documentación
Leasing, Factoring, Underwritting, Fideicomisos
Tarjetas de Crédito
Comercio Exterior, Cartas de Crédito
Garantías bancarias y financieras
Fondos comunes de inversión


3.2.- NEGOCIOS - COMERCIOS - EMPRESAS

Asesoramiento de Negocios, comercios y empresas. Ingeniería y armado de negocios
Constitución, inscripción y registración
Auditoría y diligencia debida
Negociación
Compraventa de negocios, empresas, sociedades, fondos de comercio
Transacciones Comerciales
Instrumentación de los negocios
Contratos
Mandatos y Representaciones
Sociedades, Asociaciones, Cooperativas, Mutuales, Fundaciones
Agrupamientos de Colaboración Empresaria y Uniones transitorias de empresas
Paquetes accionarios,
Fideicomisos
Franchising
Concesión comercial, agencia y distribución comercial
Fusiones y adquisiciones
Liquidaciones


3.3.- DERECHO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Asesoramiento empresario. Discriminación. Resolución de contrato - Despido. lndemnizaciones laborales. Cargas sociales. Aportes a Obras Sociales y sindicato. Reclamos ante Administradoras de riesgos del trabajo. Enfermedades y accidentes profesionales. Seguridad e higiene del trabajo.

3.4.- IMPUESTOS

Asesoramiento. Refinanciación y moratoria de impuestos. Defensa en juicios de apremio. Impuestos nacionales, provinciales y municipales. Derecho penal económico. Desgravación impositiva

3.5.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Tramitaciones en general de Registros
Registración de marcas
Patentamiento de inventos
Contratos de licencia
Modelos y diseños industriales
Secretos industriales
Publicidad comparativa
Transferencia de Tecnología
Acciones Penales
Control y defensa del dominio
Derechos de propiedad industrial
Defensa de la competencia


3.6.- MEDIO AMBIENTE

Responsabilidad por residuos peligrosos. Responsabilidad por contaminación ambiental. Asesoramiento empresario. Asesoramiento por daños individuales, colectivos y corporativos
Daños a la salud. Contaminación de suelos, aguas y aire. Reclamos y defensas.


3.7.- LITIGIOS

Estudio y Diagnóstico
Búsqueda y Recopilación Informativa
Preparación Estrategica
Interposicion de acciones judiciales y administrativas
Preparación y desarrollo de defensas
Negociación y obtención de acuerdos judiciales
Presentación y desarrollo de la prueba
Impugnación de Prueba Documental - Pericias Caligraficas, quimicas y escopometricas
Impugnación de Prueba Contable - Pericias Contables
Pericias en general. Impugnaciones y defensas
Recurso de Apelación a Cámara de Apelaciones y Tribunales Superiores
Recursos ante la Corte Suprema de la Nación
Ejecución y cumplimiento de sentencias


3.8.- DERECHO DE FAMILIA

Ingeniería jurídica preparatoria del patrimonio, previo al casamiento
Tenencia de hijos - Régimen de visitas - Acuerdos de convivencia
Adopciones. Impugnación de paternidad. Reconocimiento de hijos. Divorcio vincular. Nulidad de matrimonio. Liquidación de la sociedad conyugal. Asesoramiento y representación en la administración de patrimonios derivados de la disolución conyugal. Rectificación de partidas, actas y/o registraciones en general


3.9.- DERECHO SUCESORIO

Ingeniería jurídica patrimonial para después de la muerte. Sucesiones. Testamentos. Legados
Administración del acervo sucesorio. Búsqueda e identificación del patrimonio hereditario. Recuperación de bienes en poder de terceros. Impugnación de actos simulados, fiduciarios y/o fraudulentos
Reconstrucción y registración del real patrimonio hereditario
Reconocimiento de la condición de heredero
Reconocimiento de la condición de acreedor del fallecido. Acuerdos de partición y división de bienes
Problemática de la inscripción registral - su tramitación
Conflictos sucesorios en general.

3.10.- NEGOCIOS INMOBILIARIOS

Asesoramientos, representación, negociación, e instrumentación
Compraventa inmobiliaria
Contratos de locación - Desalojos. Garantías inmobiliarias -Análisis de riesgos. Estudio de título, dominio y condiciones de inmuebles. Estudio de la solvencia de los participantes. Asesoramiento inmobiliario en general. Remates judiciales de inmuebles. Corrección de errores en la inscripción registral
División de condominios. Asesoramiento para el desarrollo de urbanizaciones.


3.11.- DERECHOS REALES Y DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

Acciones tendientes a recuperar la posesión - Desalojos. Acciones tendientes a impedir la realización de obras. Acciones tendientes a recuperar el dominio. Problemática entre copropietarios de edificios. Problemas de medianería y límites. Asesoramiento y representación de Consorcios de Propiedad Horizontal. Cobro de expensas ordinarias y extraordinarias. Adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo. Hipoteca, prenda y anticresis. Asesoramiento en préstamos prendarios e hipotecarios. Reconocimiento de servidumbres. Régimen legal de venta por "Tiempo Compartido". Asesoramiento, y ejecución del negocio de "Tiempo compartido"
Ejecuciones prendarias e hipotecarias.

3.12.- CONSTRUCCIONES

Contratos de locación de obra. Asesoramiento a empresas constructores. Reclamos en la construcción. Incumplimientos en el negocio de la construcción. Conflictos laborales. Cobertura de riesgos por la construcción de obras, para el propietario, para los profesionales, para los gremios y para los proveedores. Daños causados por la ejecución de las obras.

3.13.- SEGUROS

Reclamos ante Compañías de Seguros. Asesoramiento. Citación en garantía. Defensa ante reclamos. Ejecuciones por incumplimiento del asegurador. Seguros de vida. Seguros de incendio. Seguros de responsabilidad civil. Seguros en general. Responsabilidad por daños de automotores. Agentes de seguros - Su problemática y responsabilidad.


3.14.- CUESTIONES VINCULADAS A LA SALUD

Contratación de servicios médicos. Legislación regulatoria del ejercicio del servicio médico. Mala praxis y sus consecuencias. Daños a la salud por incumplimiento en la prestación del servicio médico. Cláusulas abusivas. Cláusulas discriminatorias. Incumplimiento en la prestación del servicio. Reconocimiento de beneficios. Impugnación de contratos.



4.- SISTEMA DE ASESORAMIENTO PARA PYMeS

Con este sistema pretendemos brindarles a nuestros clientes PYMeS un comodo asesoramiento, mediante el cual podran solicitar la presencia personal de los socios del estudio en las instalaciones de su empresa, sin necesidad de acercarse a nuestras oficinas. Del mismo modo aquellas empresas que se encuentren entre nuestros clientes podrán contar con nuestro asesoramiento telefónico y/o vía Email, sin ningún cargo, cuantas veces lo requieran. Su empresa podrá contratarnos para cada caso en particular o utilizando nuestro servicio de cobertura jurídica, mediante el cual por medio de un abono mensual se le brindara una amplia cobertura judicial y extrajudicial. Si quiere interiorizarse en nuestros planes y servicios, adaptándolos a su pequeña; o mediana empresa comuníquese con nosotros a nuestra dirección de correo electrónico. Todas sus consultas serán bien recibidas

NUEVA REGULACIÓN PARA TODA PUBLICIDAD DE BIENES Y SERVICIOS.La Resolución 446/2025 marca un avance en la política de pro...
04/11/2025

NUEVA REGULACIÓN PARA TODA PUBLICIDAD DE BIENES Y SERVICIOS.

La Resolución 446/2025 marca un avance en la política de protección del consumidor y lealtad comercial, estableciendo un régimen general para toda publicidad comercial y un régimen especial para juegos y apuestas. Los proveedores deberán revisar sus piezas gráficas, audiovisuales y digitales, así como sus políticas de comunicación y condiciones de difusión, para garantizar el cumplimiento de los nuevos estándares antes del 3 de diciembre de 2025, fecha de entrada en vigor.
La medida consolida un enfoque moderno de publicidad responsable: más clara, más simple y segura para los consumidores cumpliendo así con el art. 4 de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240).

Nuestro Estudio Jurídico  dispone de un equipo profesional especializado en gestión de cobro y recupero de deudas, somos...
16/04/2024

Nuestro Estudio Jurídico dispone de un equipo profesional especializado en gestión de cobro y recupero de deudas, somos la herramienta jurídica que Ud. necesita para lograr sus objetivos.

Poniendo a su disposición una amplia gama de servicios de cobranza integral, tendientes al recupero de morosos, tanto para usted como para su empresa.

Asegurar el flujo de pagos pendientes de los clientes es esencial para garantizar la liquidez de su empresa y respaldar sus operaciones. Ahora bien, la gestión de cobranzas no sólo se trata de recuperar el dinero adeudado, sino también de cultivar una cultura de pago responsable y generar rentabilidad para tu negocio.

Además, es una oportunidad para mantener a sus clientes y fomentar su fidelización, lo que a su vez impulsa el crecimiento y el éxito de su actividad.

¿Tenés dudas sobre sucesiones? ¡No te preocupes! Nos dedicamos a la materia desde hace más de 20 años. Brindamos una sol...
16/04/2024

¿Tenés dudas sobre sucesiones?

¡No te preocupes! Nos dedicamos a la materia desde hace más de 20 años. Brindamos una solución rápida, efectiva y transparente.

Las consultas son sin compromiso y los honorarios son conforme ley, evitando sorpresas y abusos comunes en la materia.

Trabajamos en conjunto con distintos profesionales necesarios en los procesos sucesorios, mediadores matriculados en caso de conflicto entre herederos; escribanos; martilleros y agencias de autos; lo que evita demoras y optimiza costos.

¿No sabés por dónde empezar? ¡No hay problema! Nuestro equipo de trabajo te guiará en todo momento, brindándote la asesoría necesaria para que este proceso sea lo más ameno posible.

Contactanos ahora y despeja todas tus dudas sobre sucesiones.

Si sufris una enfermedad o accidente laboral, debes comunicarlo a tu empleador/a quien debe realizar la denuncia ante la...
05/03/2024

Si sufris una enfermedad o accidente laboral, debes comunicarlo a tu empleador/a quien debe realizar la denuncia ante la ART ✔️

🔴 En caso que no la realice podes realizarla vos, hay diferentes maneras para hacerlo

👉Telefonicamente a la ART
👉En la clínica cuando te vas a atender
👉Completando un formulario en la página web de la ART

(Consulta en tu ART cual es el procedimiento adecuado para estar al tanto)

Deben brindarte la atención médica necesaria y en caso de requerir tratamiento deben otorgartelo en tu totalidad.

✔️Si te dan el alta temprana podes solicitar el reingreso.

✔️Si te dan el alta y no estás de acuerdo, podes firmar en disconformidad e iniciar el reclamo por el reconocimiento de la incapacidad.

✔️Si la ART no reconoce a la enfermedad como profesional o al accidente como laboral, podes iniciar el reclamo por el reconocimiento del mismo.

🗣️La única manera de hacer valer tus derechos es conociéndolos


Con esta frase nos damos cuenta  de la desinformación que podemos llegar a tener para desenvolvernos en nuestra vida.Hay...
04/03/2024

Con esta frase nos damos cuenta de la desinformación que podemos llegar a tener para desenvolvernos en nuestra vida.

Hay cuestiones básicas y no tan básicas, necesarias para llevar adelante cualquier tipo de asunto legal.

Hay muchísimas dudas y temas jurídicos ignorados, pero que TODOS debemos conocer para poder tomar decisiones libres y autónomas.

Entonces como equipo nos decidimos a divulgar información de manera simple y concreta relacionada al derecho, por esta red social.

Somos un Staff sumamente preparado, llevando adelante nuestro Estudio Jurídico. Estamos acá para ayudarte.

Dirección: 14 de julio Nro 609- Tandil
Contactos:
2494-586454
2495-358883

Somos un Estudio Jurídico de la ciudad de Tandil, dedicado desde hace 20 años a prestar una amplia gama de servicios en ...
29/02/2024

Somos un Estudio Jurídico de la ciudad de Tandil, dedicado desde hace 20 años a prestar una amplia gama de servicios en las distintas áreas del derecho. Nuestro principal compromiso es brindar a nuestros clientes asistencia legal en forma leal, adecuada y efectiva.

ÁREAS DE PRÁCTICA: Derecho de Familia (Divorcio – Alimentos); Derecho Sucesorio; Derecho del Trabajo y Seguridad Social; Bancos y Financieras; Derechos Reales y de la Propiedad Horizontal; Construcciones; Seguros; Defensa del consumidor.

El Estudio Jurídico Insaurralde & Asoc. se encuentra radicado en la ciudad de TANDIL actuando en toda la zona de influencia a saber: - Arroyos - - Juárez - - - - Luro - Buratovich - - Dorrego - - .

DIRECCION: 14 de Julio Nro. 909 – Tandil.

TRABAJADORES VACUNADOS DEBEN VOLVER AL TRABAJO PRESENCIAL.-Salvo ciertos trabajadores de riesgo médico, ahora hay una pr...
13/04/2021

TRABAJADORES VACUNADOS DEBEN VOLVER AL TRABAJO PRESENCIAL.-
Salvo ciertos trabajadores de riesgo médico, ahora hay una previsión especial para quien se haya aplicado la vacuna. Deben volver al trabajo 14 días después de ser inoculados.
Los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas. Esto independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos CATORCE (14) días de la inoculación. La norma dice que también están incluidos los dispensados, es decir, los de riesgo vacunados deben también regresar a la oficina. Estableciéndose para casos determinados la necesidad de contar con la segunda dosis.
Los invitamos a leer la nueva normativa:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242821/20210409

01/12/2020
Los contratos visuales son acuerdos vinculantes compuestos o coadyuvados, en mayor o menor medida, por herramientas visu...
05/11/2020

Los contratos visuales son acuerdos vinculantes compuestos o coadyuvados, en mayor o menor medida, por herramientas visuales. Estas visualizaciones pueden ser de lo más diversas. Sin embargo, y sólo para nombrar algunas, podemos enumerar tablas, imágenes, íconos, líneas de tiempo y diagramas. Básicamente, es dable utilizar en estos contratos cualquier herramienta visual que se adapte a sus usuarios y su objeto, ayudando a que las partes comprendan mejor el contrato y, en consecuencia, desarrollen más eficientemente su relación contractual.
Los contratos visuales ¿son válidos?
En Argentina, la forma y el contenido de los contratos, salvo contadas excepciones, son regidos por los principios de autonomía de la voluntad contractual, libertad de contratación y libertad de formas.
Para ponernos más técnicos, es el artículo 958 del Código Civil y Comercial el que establece el principio de libertad de contratación, al disponer que “Las partes son libres de celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres”.
Asimismo, el artículo 1015 del mismo cuerpo normativo establece el principio de libertad de formas, disponiendo que “Sólo son formales los contratos a los cuales la ley les impone una forma determinada”.
De este sucinto análisis surge que, en casi todos los contratos que se firman en nuestro país, las partes pueden elegir su forma y su contenido. En ese sentido, ¿por qué no se podrían incorporar herramientas visuales a dichos contratos? O, atreviéndonos a ir un poco más allá, ¿por qué no podríamos diseñar contratos enteramente visuales?
No obstante, debemos remarcar que podría surgir un problema al utilizar visualizaciones en nuestros contratos, consistente en la posible contradicción entre las mismas y el texto contractual.
Sin embargo, este eventual problema de discordancia entre el texto del contrato y las herramientas visuales utilizadas en el mismo es de fácil resolución, dado que podríamos incorporar una cláusula contractual que otorgue prioridad al texto contractual y/o a las visualizaciones empleadas en el mismo, según mejor se considere una u otra opción en el caso concreto.
¿Es suficiente con agregar imágenes a nuestros contratos tradicionales?
Imaginen que tomamos un contrato tradicional (por ejemplo, un contrato de transporte) e intentamos, sin ninguna reflexión adicional, agregarle imágenes.
Más allá de que probablemente sea un paso importante hacia la modernización del contrato en cuestión (y hacia la exaltación de nuestro ego de “abogados tecnológicos”), lo más seguro es que no se cumplirá con el objetivo real de un contrato visual: adaptar el instrumento a sus usuarios y a la relación comercial que subyace al mismo.
Sucede que, en realidad, esta aventura de crear contratos visuales consiste, en primer lugar, en volver a pensar estos acuerdos poniendo en el centro de su diseño al usuario de estos y su voluntad contractual.
Para ello, debemos comenzar por plantearnos algunos interrogantes esenciales: ¿Quiénes son los destinatarios principales del contrato? ¿Qué buscan lograr las partes al firmar el contrato? ¿Cómo se puede lograr que la relación entre las partes sea de cooperación?
Sin hacernos estas (y otras) preguntas previas, poco impacto tendrá el hacer nuestros contractos más atractivos y modernos al agregarles gráficos, imágenes o íconos, pues no habremos solucionado el problema de fondo, que es la falta de foco que ponen los abogados en las partes contractuales y sus objetivos al redactar contratos.
En consecuencia, sin reflexionar sobre esta carencia principal, no habremos logrado que el contrato pase a ser por y para las partes y sus objetivos contractuales, dejando de ser por y para el mercado jurídico. Como verán, se trata de un cambio de paradigma, no sólo de embellecer nuestros contratos.
¿Cómo rediseñar nuestros contratos?
Una vez que hayamos logrado el cambio de mentalidad al cual nos referimos en el punto anterior, podremos pasar a considerar a los contratos visuales o a las ayudas visuales para contratos como una posible respuesta a la pregunta sobre cómo lograr que los contratos sean más efectivos y eficientes.
La próxima vez que un contrato llegue a nuestras manos, deberíamos comenzar por los planteos básicos esbozados en el apartado previo. Una regla que personalmente me gusta recomendar es empezar la redacción contractual por responder a las cinco preguntas básicas del periodismo: “qué”, “quién”, “cuándo”, “dónde” y “por qué”.
El paso siguiente, una vez que hayamos entendido la esencia del contrato que tenemos entre manos, sería responder a la sexta pregunta básica del periodismo: “cómo”. En este punto, habríamos de dirimir si conviene o no realizar un contrato visual o incluir ayudas visuales en el mismo. Ello dependerá de la naturaleza del contrato, de los usuarios de este y del objetivo que se pretende alcanzar con su firma.
Si hemos determinado que será una buena decisión realizar un contrato visual o incluir ayudas visuales en el contrato, debemos continuar por decidir cuáles visualizaciones son las más apropiadas para el caso concreto: en este caso, ¿se debería aplicar un diagrama de flujo o una línea de tiempo? ¿las partes entenderán mejor la información en una tabla o en un cuadro sinóptico? ¿en cuáles cláusulas contractuales suelen existir problemas de interpretación?
Incluso cuando de este análisis surja que, en la situación concreta, no conviene utilizar herramientas visuales, es indudable que realizar este ejercicio de observación mejorará la redacción del contrato, haciéndolo más susceptible de lograr de manera eficiente la finalidad buscada por las partes. (Fuente: Derecho en zapatillas)

SE ENCUENTRA PRORROGA PROHIBICIÓN DE DESPEDIR SIN CAUSA Y SUSPENDER PERSONAL. Por decreto de necesidad y urgencia, se re...
14/10/2020

SE ENCUENTRA PRORROGA PROHIBICIÓN DE DESPEDIR SIN CAUSA Y SUSPENDER PERSONAL.
Por decreto de necesidad y urgencia, se renovó la limitación para desvincular persona. Hasta el próximo 30 de noviembre se prohíbe efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. También continúan prorrogada la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
QUÉ HACER ANTE UN DESPIDO SIN CAUSA
En caso de existir una desvinculación laboral sin justa causa, es decir, un telegrama de despido o despido verbal el trabajador puede responder el telegrama o dar cuenta del despido verbal mediante otro telegrama e invocar esta disposición. Para esto de inmediato debe acudir a un profesional abogado de su confianza que lo redacte. Han habido casos de medidas cautelar para que reinstalen en el puesto a una persona despedida en contravención a esta normativa de orden público.

Dirección

14 De Julio Nro. 609
Tandil
7000

Horario de Apertura

Martes 16:00 - 19:00
Jueves 16:00 - 19:00

Teléfono

+542494358883

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